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lunes, 30 de septiembre de 2019

EL SALTERIO DE BEA, UN ATENTADO DE ADULTERACIÓN DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS

Es propósito de este artículo tratar uno de los capítulos más oscuros de la historia reciente de la Iglesia antes del Vaticano II, como es la reforma del Salterio en 1942.
    
Durante los siglos XIX y XX, los avances en el estudio de las lenguas antiguas y el posicionamiento de la arqueología como ciencia abrían nuevos horizontes para comprender la historia de las civilizaciones y documentos antiguos. Hallazgos como el de la Piedra Roseta en Egipto y de las tablillas de barro cocido con escritura cuneiforme en Asiria, Babilonia y Persia daban nuevas luces a la historia del Cercano Oriente, aportando historicidad a los relatos históricos de la Biblia.
   
En otro arista, la predicación misionera estaba en un nuevo auge por causa de la conversión de las potencias europeas en imperios coloniales: sociedades misioneras protestantes y católicas impulsaban en sus miembros el estudio de las lenguas locales de los territorios desconocidos hasta entonces (selva amazónica, África subsahariana, Lejano Oriente, Australia y las islas de los Mares del Sur); y hasta se realizaron esfuerzos de traducción del Nuevo Testamento al hebreo, para uso de la predicación entre los judíos.
   
Pero, por otra parte, surgía en Europa, como consecuencia del inmanentismo y el libre examen protestante, el liberalismo, el racionalismo, y teorías que daban al traste con la inspiración divina de la Escritura. La Alta y Baja crítica (Método histórico-crítico y criticismo textual respectivamente), la negación del origen mosaico del Pentateuco por la división entre tradiciones yavista (de los tiempos de David y Salomón), elohísta (nacida en el Reino del Norte durante el cisma), deuteronomista (contemporánea a la conversión-reforma religiosa de Josías) y sacerdotal (durante la Cautividad babilónica), cambios en la datación de los libros sagrados, la Cuestión Sinóptica [que incluye teorías como el “Evangelio Q” (por Quelle, “fuente” en alemán), la fuente doble, triple ¡o cuádruple!; un Protoevangelio o la tradición oral], el rechazo de la coma joanina y la inverosimilitud de la identidad San Juan Evangelista/Apokaleta, eran de tráfico habitual entre los estudiosos protestantes de la época, y de varios teólogos católicos inficionados primero de racionalismo, luego liberalismo y después modernismo.
  
Ante estos errores, la Iglesia Católica, depositaria de la Revelación y Esposa Inmaculada de Cristo, se vio precisada a defender la incolumidad de la doctrina: Gregorio XVI en Mirári Vos comenzó la condena al liberalismo y en Inter Præcípuas Machinatiónes advirtió sobre las Sociedades Bíblicas Protestantes, Pío IX condenó el liberalismo teológico y convocó el Concilio Vaticano I reafirmando el primado jurisdiccional del Papado de Roma. Y como a la condena del error debe acompañar el estudio y la propaganda de la verdad, León XIII publica en 1893 la encíclica Providentíssimus Deus, donde aborda el estudio bíblico dando reglas precisas para su enseñanza, y en 1902, por la Letra Apostólica Vigilántiæ stúdiique funda la Pontificia Comisión Bíblica, cuyos decretos defendían la autenticidad, historicidad e interpretación de los libros sagrados. San Pío X, mediante la Carta Apostólica Vínea elécta del 7 de Mayo de 1909, funda en Roma el Pontificio Instituto Bíblico, confiándolo a la Compañía de Jesús.
  
También para esa época nacieron la Escuela Práctica de Estudios Bíblicos (actual Escuela Bíblica y Arqueológica Francesa de Jerusalén), fundada en 1890 por el dominico Marie-Joseph Lagrange (como él aplicaba el método histórico-crítico –la Alta Crítica, condenada posteriormente mediante la encíclica Spíritus Paráclitus del Papa Benedicto XV–, fue sospechado de modernismo y su escuela cerró durante un tiempo) y en 1924 el Stúdium Bíblicum Franciscánum (actual Facultad de Ciencias Bíblicas y Arqueológicas del Colegio Antoniano) en Jerusalén, que mantuvo relaciones con su homónimo en China (fundado en Pekín en 1945 por fray Gabriel María Allegra, trasladado tres años después a Hong Kong, y que tradujo la biblia al chino).
   
Regresando con Roma, a partir de 1915 y hasta 1940, la Pontificia Comisión Bíblica comienza a alentar el estudio y las investigaciones en el tema bíblico, particularmente sobre los idiomas originales; y el 30 de Noviembre de 1943, Pío XII publica la encíclica Divíno Afflánte Spíritu, que alentó la traducción al vernáculo de la Biblia desde los idiomas originales (ejemplo de este nuevo estilo, en lengua española, son las versiones Nácar-Colunga y Straubinger) y no desde la Vulgata (como sucede con las versiones de Mons. Scío de San Miguel y la de Torres Amat), a la par que rehabilitaba la Alta y Baja Crítica en los estudios bíblicos. Es en este contexto que nace una nueva versión latina de los Salmos, que a partir de 1945 suscitarán polémica, toda vez que ese año Pío XII empleará dicha nueva versión en el Divino Oficio y en los Propios de Misa que nacerían después. Por primera vez en mucho tiempo (desconocemos si ya antes se había hecho, y de ser así, estamos prestos a darle el crédito), presentamos el Motu Próprio que dio génesis al problema, traducido al español:
MOTU PRÓPRIO «In Cotidiánis Précibus», SOBRE EL USO DE LA NUEVA TRADUCCIÓN LATINA DE LOS SALMOS PARA REZAR EL DIVINO OFICIO.
  
1. En las oraciones diarias, con las que los sacerdotes celebran la majestad y la bondad de Dios altísimo, y le recomiendan las necesidades de sí mismos, de toda la Iglesia y de toda la tierra, toman un lugar especial los cantos que el Santo profeta David y otros autores sagrados compusieron bajo la inspiración del Espíritu de Dios, y la Iglesia, siguiendo el ejemplo del divino Salvador y sus Apóstoles, desde el comienzo ha usado continuamente en sus santas celebraciones.
  
2. Estos salmos los ha recibido la Iglesia latina de los fieles de lengua griega; han sido traducidos casi verbalmente del griego al latín. A lo largo del tiempo, varias veces, especialmente por parte de San Jerónimo, el mejor maestro de la Iglesia que explica las Sagradas Escrituras, han sido cuidadosamente corregidos y pulidos. Pero los errores conocidos de la propia traducción griega, por los cuales el significado y el poder del texto original no se ocultan, no han sido eliminados por estas mejoras de tal manera que los sagrados salmos puedan ser fácilmente comprendidos por todos y en todas partes. Y todos saben que el mismo San Jerónimo no estaba muy satisfecho con la vieja traducción latina «diligentísimamente corregida» que dio a sus compañeros, pero con un cuidado aún mayor tradujo al latín los salmos de la misma «verdad hebrea» (San Jerónimo, Præfátium in librum Psalmórum juxta Hebrǽam veritátem, en Patrología Latina XXVIII, col. 1125 ss). Esta nueva traducción del Santo Doctor, sin embargo, no ha pasado al uso de la Iglesia. Por otra parte, la edición mejorada de la antigua traducción latina, llamada Psaltérium Gallicánum, se extendió tanto que nuestro predecesor, San Pío V, pensó que debía retomarla en el Breviario Romano y, por lo tanto, la introdujo de manera casi universal para su uso.
  
3. La ininteligibilidad y la inexactitud de muchos lugares en esta traducción latina no fueron eliminados de ninguna manera por San Jerónimo (su único objetivo era mejorar el texto latino según los manuscritos griegos más puros), y se hicieron aún más evidentes en tiempos más recientes, gracias a que aumentó considerablemente el conocimiento de las lenguas antiguas, especialmente del hebreo, al no poco progreso de los trabajos de traducción, examinando más de cerca las leyes métricas y rítmicas de las lenguas orientales, y con mayor observancia de las reglas de la llamada «crítica textual». Además, muchas traducciones que se hicieron del texto original a las lenguas vernáculas, con aprobación del gobierno eclesiástico de muchas naciones, mostraron cada vez más claramente cómo estos cánticos sobresalían en sus expresiones originales por su gran transparencia, su belleza poética y profundidad doctrinal.
  
4. No es de extrañar que no pocos sacerdotes, que desean rezar las Oraciones de la Hora no solo con gran devoción sino también con más comprensión, hayan elogiado el deseo loable de poseer tal traducción latina en la lectura diaria de los salmos, en la cual el pensamiento, entendido bajo la inspiración del Espíritu Santo, aparezca de manera más inteligible, se expresen más plenamente los sentimientos piadosos del Perfecto Salmista y al mismo tiempo sean más evidentes la belleza de la expresión y el sentido de las palabras. Estas aspiraciones y deseos, expresados repetidamente en los libros de eminentes eruditos y en las revistas, Nos han sido dados a conocer también por muchos sacerdotes y obispos, e incluso por algunos cardenales de la Santa Iglesia Romana.
  
5. Nos, nuevamente, debido a la gran veneración que tenemos por las palabras de la Divina Escritura, resolvimos esforzarnos para que los creyentes sean más y más conscientes del significado de los Libros Sagrados, inspirados por el Espíritu Santo y dados a expresión por la pluma del autor sagrado, como no hace mucho hemos explicado en la encíclica Divíno Afflánte Spíritu.
  
6. Por eso Nos, aunque no desestimamos las dificultades de esta empresa, y somos conscientes de la estrecha relación entre la llamada Vulgata y los escritos de los Santos Padres y las explicaciones de los Doctores, y que a través de siglos de uso en la Iglesia ha obtenido una autoridad muy alta, hemos decidido satisfacer estos deseos piadosos y, por lo tanto, hemos ordenado preparar una nueva traducción latina de los salmos, que siga al texto original de manera cercana y fiel, teniendo en cuenta tanto como sea posible la antigua y venerable Vulgata y otras traducciones antiguas, sopesando cuidadosamente las diferentes lecturas de acuerdo con las reglas de la crítica.
  
7. Después de todo, sabemos muy bien que el texto hebreo no nos viene libre de errores y de ambigüedad y, por lo tanto, debe compararse con otros textos que de antiguo hemos recibido, para encontrar una forma de expresión más precisa y correcta con la mayor diligencia e imparcialidad posible. Incluso ocurre que el significado de las palabras, aun después de usar todas las herramientas de crítica y lingüística, no está claro y debería dejarse más tarde para examinar el asunto con mayor claridad, después de un esfuerzo puesto en práctica. De ninguna manera, sin embargo, dudamos que con el uso diligente de todas las herramientas de la ciencia moderna, ya se pueda dar una traducción hoy que refleje el significado y la fuerza interior de los salmos tan claramente que los sacerdotes, rezando el Breviario, puedan entender fácilmente lo que el Espíritu Santo quiso decir por la boca del Salmista, y de esta forma, con estas divinas palabras, alcanzar efectivamente una verdadera y sincera devoción.
  
Por lo tanto, ahora que la tan deseada nueva traducción por parte de los profesores de nuestro Pontificio Instituto Bíblico se ha realizado con el celo y diligencia apropiados, la ofrecemos con benevolencia paterna a todos los que obligatoriamente rezan diariamente las Horas y, después de una cuidadosa consideración, les permitimos por propia iniciativa que, si así lo desean, puedan usar esta traducción tanto de forma privada como pública, tan pronto como sea adaptado al Salterio del Breviario, publicado por la librería del Vaticano.
  
8. En esto, nuestra ansiedad pastoral y nuestro afecto paternal hacia los hombres y mujeres devotos de Dios, confiamos en que, de ahora en adelante, la oración del Oficio divino traerá cada vez más luz, misericordia y consuelo. De esta manera, puede llegar a ser más y más apropiada en estos tiempos tan difíciles, para que la Iglesia siga los ejemplos de santidad que brillan tan brillantemente en los Salmos, y que se sientan motivados a encontrar en ellos aquellos sentimientos de amor divino, determinados para nutrir y animar el coraje y la penitencia piadosa, que el Espíritu Santo nos amonesta al leer los salmos.
  
9. Lo que hemos promulgado, decidido y determinado por esta carta, por nuestra propia iniciativa, tiene plena fuerza legal, sin que obsten las disposiciones contrarias, incluso aquellas que merecen una mención especial.
  
Dado en Roma, junto a San Pedro, el 24 de marzo de 1945, año séptimo de nuestro pontificado. PAPA PÍO XII.
  
Tres meses después, se publicó un decreto aprobando el nuevo salterio, que fue comentado por el padre Gregorio Martínez de Antoñana CMF (Fuente: Boletín diocesano, Obispado de Vitoria, 2 de Febrero de 1946):
SACRA CONGREGÁTIO RÍTUUM
Approbátio novo Psaltério
Decrétum.
  
Sanctíssimi Dómini Nostri Pii Papæ XII jussu Pontifícium Institútum Bíblicum novam libri Psalmórum versionem ex hebráico origináli textu confécit, eámque idem Summus Póntifex Motu próprio «In cotidiánis précibus» die 24 Mártii 1945 probávit; paternáque volúntate concéssit «ut eádem sive in priváta sive in pública recitatióne, si libúerit, (sacerdótes) utántur, postquam ad Psaltérii Breviárii Románi accommodáta, ab offícina Librária Vaticána in lucem edíta fúerit»; quam accommodatiónem eídem Institúto absolvéndam commísit. Cum autem hunc Sanctitátis Suæ mandáto diligénti labóre obtemperátum sit, Sacra hæc Congregátio præséntem novam Ordinárii, Psaltérii et Commúnis Sanctórum juxta ritum Breviárii Romani editionem accuráte a se revísam, Constitutióni «Divíno Afflátu» Pii X in ómnibus confórmem declárat, et uti týpicam appróbat; eámque ab ómnibus, quos obligátio tenet Horas Canónicas recitándi vel concinéndi, adhíberi posse decérnit.
  
Contráriis non obstántibus quibuscúmque.
 
Romæ, die 29 Júnii 1945, in festo Apostolórum Petri et Pauli.
CARÓLUS Card. SALOTTI, Præféctus.
  
L. S.
Alfónsus Carinci SDB, Secretárius.

TRADUCCIÓN
SAGRADA CONGREGACIÓN DE RITOS
Aprobación del nuevo Salterio
Decretum.
  
Por orden de Nuestro Santísimo Señor Pío, Papa XII, el Pontificio Instituto Bíblico culminó una nueva versión del libro de los Salmos hecha del texto original hebreo, y el mismo Sumo Pontífice la aprobó por el Motu próprio «In cotidiánis précibus» el día 24 de Marzo de 1945; y con paterna voluntad concedió «que, si así lo desean, (los sacerdotes) puedan usar esta traducción tanto de forma privada como pública, tan pronto como sea adaptado al Salterio del Breviario, publicado por la librería del Vaticano»; cuya acomodación completa fue encargada al mismo Instituto. Por otra parte, por ser obedecido con diligente labor este mandato de Su Santidad, esta Sagrada Congregación valora la presente nueva edición del Ordinario, Salterio y Común de los Santos bajo el rito del Breviario Romano cuidadosamente revisada, la declara conforme en todo a la Constitución «Divíno Afflátu» de Pío X y aprueba su uso típico; e invita a todos quienes tienen como obligación recitar o cantar las Horas Canónicas, poder decidirse a ello.
  
No obstando nada en contrario.
 
Roma, 29 de Junio de 1945, en la fiesta de los Apóstoles Pedro y Pablo.
CARLOS Card. SALOTTI, Prefecto.
  
L. S.
  
Alfonso Carinci SDB, Secretario.
ANOTACIONES
El presente Decreto aprueba y promulga la acomodación de la nueva Versión latina de los Salmos, que el Papa había sancionado ya con su Motu propio «in cotidianis», como ya comentamos en estas páginas.
  1. El Salterio aprobado, impreso en la Tipografía Vaticana, lleva este título: «Psalterium Breviarii Romani cum excerptis e Communi Sanctorum, secumdum novam textibus primigeniis ínterpretationem latinam Pii Papae XII auctoritate editum». Es un volumen en 8.2, de 432 páginas, en el. cual pueden distinguirse tres partes: el Ordinario del Oficio Divino (págs. 1-56), el Salterio propiamente tal (págs. 57-263) y los extractos o Excerpta del Común de Santos, que en paginación distinta llenan 151 páginas, más los índices.
  2. El Ordinario reproduce textual e íntegramente el ya conocido del Breviario actual, con las únicas variantes introducidas en el salmo 94 del invitatorio y en los cánticos Benedíctus, Magníficat y Nunc dimíttis, las de estos tres últimos ligerísimas.
     
    También hay una pequeña variante en el invitatorio del Tiempo de Pasión, para que concuerde con el salmo 94 del que está tomado.
  3. El Salterio, parte principal, reproduce la nueva versión latina, dis­puestos los salmos por los días de la semana conforme a la distribución introducida por Pío X.
     
    Al hacerlo se han introducido algunas pequeñas correcciones en el texto de la versión publicado en la primera edición, «sive quod menda quǽdam vel quæ minus corrécta, sive quod pro vocábulis quibúsdam, quae ad recitándas Preces Horárias parum apta censéntur, ália substitúta sunt», según declaran los editores en la segunda edición de aquélla (pág. IV).
     
    Ejemplo de lo último es la restitución de las palabras «Éuge, éuge» en el salmo 39, que en la versión habían sustituido por «Vah! vah!».
       
    Comparando la nueva distribución del Salterio con la anterior convienen enteramente en cuanto al orden y a la división de algunos salmos en partes o secciones. En cambio, no conviene en la división de versículos, la cual no se acomoda—como en el Salterio anterior— a la numeral usada en las Biblias, sino que corresponde a la consignada en la nueva versión. Por la misma razón tampoco concuerda la colocación de los asteriscos, pues en el nuevo Salterio, se ha atendido principalmente a los miembros o esticos de que consta cada verso. Una novedad tipográfica se ha introducido en el nuevo Salterio, y es la colocación de una pequeña raya para indicar la división de las estrofas —esto es, de las divisiones rítmicas, literarias y lógicas— de que consta cada salmo: con ella será más hacedero recordar y seguir la marcha y sucesión de los pensamientos y afectos que se desarrollan en los salmos.
     
    Contra lo que muchos preveían, la nueva acomodación del Salterio no ha introducido modificación alguna en las antífonas salteríales, ni en los versos finales de los nocturnos, aun en aquellos casos en que la nueva versión da un sentido diverso del que enuncia o supone la antífona; así, v. gr., en el salmo 111 de las vísperas del domingo y en otros. Parece que la razón de esto hay que buscarla en el grave trastorno que cualquier variante en este punto hubiera causado en la parte musical del Oficio Divino, ya que habría sido preciso corregir, cambiar o suprimir la melodía en muchas antífonas, con la consiguiente repercusión en los libros litúrgicos musicales. En cambio, por la razón antes apuntada, ha modificado el invitatorio de las dominicas de Septuagésima, Sexagésima y Quincuagésima, y los do algunas ferias.
  4. La tercera parte, titulada Excerpta o Communi Sanctorum, reproduce el Común de los Santos con el texto de la nueva versión, pero omitiendo las lecciones, los responsorios y las oraciones de cada Común. Es la parte menos práctica y necesaria, ya porque la omisión de esos elementos obliga al manejo simultáneo del Breviario y del Salterio, ya porque los Salmos de los varios Comunes se rezan pocas veces durante el año. Aparte de los Comunes propiamente tales» trae en la misma forma lo referente al Oficio de Santa María in sabbato, al Oficio Parvo de la Virgen y al Oficio Común de Difuntos; este último íntegramente, con las lecciones, y responsorios y oraciones.

Fuera de lo indicado, el nuevo Salterio no introduce ninguna modifi­cación en las rúbricas del Breviario Romano.
  
Gregorio Martínez de Antoñana, C. M. F.
Con todo, la Santa Sede manifestó que el Nuevo Salterio era sólo para el Breviario. Al ser consultada en 1947, respondió que no podía ser usado en la Misa.
  
LATÍN [Acta Apostólicæ Sedis LIX (1947), pág. 508]
PONTIFÍCIA COMMÍSSIO DE RE BÍBLICA
DÚBIA: «De usu novi Psaltérii Latíni extra horas canónicas»
  
Cum quǽsitum fúerit utrum nova Psalmórum convérsio ex primigéniis téxtibus facta, quæ secúndum lítteras Apostólicas Motu próprio datas die 24 Mártii 1945 in cotidiánis précibus sive horis canónicis adhíberi potest, in ceteris litúrgicis précibus ac cæremóniis lícite adhibeátur.
  
Summus Póntifex Pius Papa XII, in audiéntia die 22 Octóbris 1947 infrascrípto benígne concéssa, affirmatíve respóndit, eámdem facultátem extendéndo ad omnes preces tam litúrgicas quam extralitúrgicas, dummódo de íntegris psalmis extra Missam recitándis vel cantándis agátur.
   
22 Octóbris 1947
  
Jacóbus M. Vosté, O.P.
Consúltor ab Actis
   
TRADUCCIÓN
PONTIFICIA COMISIÓN BÍBLICA
DECRETO: «Del uso del Nuevo Salterio Latino fuera de las Horas Canónicas»
  
Se ha preguntado si la nueva traducción de los Salmos hecha de los textos originales que, según la Letra Apostólica dada Motu próprio del 24 de Marzo de 1945, se puede usar en las oraciones cotidianas y en las horas canónicas, puede lícitamente ser utilizada en otras oraciones y ceremonias litúrgicas.
  
El Sumo Pontífice Pío, Papa XII, en la audiencia benignamente concedida al suscrito Reverendísimo Secretario consultor el día 22 de Octubre de 1947, ha respondido afirmativamente, extendiendo la misma facultad a todas las oraciones, tanto litúrgicas como extralitúrgicas, pero sólo de salmos enteros para recitarse o cantarse fuera de la Misa.
  
22 de Octubre de 1947
   
Santiago María Vosté, O.P.
Secretario consultor
  
Jakub Pavlík en su tesis Žaltář římského oficiav proměnách 20. století (Cambios en los Oficios en el Salterio romano en el siglo XX) plantea que en esa época se imprimió el Salterio de Bea como volumen separado para usar junto con el breviario. El decreto de 1947 reseñado y traducido ut supra concede su uso en cualquier oración, salvo en la Misa. Apenas desde 1949 el salterio de Bea fue incluido en la edítio nova týpica de los breviarios como la versión del salterio por defecto (y a menudo la única de facto), así que quienes querían usar la versión de la Vulgata tenían que usar el antiguo breviario o adquirir un volumen suplementario con el Salterio Galicano. Sólo el salmo 94 «Veníte, exsultémus Dómino» fue dado en las dos versiones, con la rúbrica explicatoria de que «en el canto solemne, sea usada la versión tradicional». Con todo, el decreto que aprueba el suplemento dice que la nueva versión del salterio no es obligatoria todavía (nondum). De hecho, NUNCA SE TOMÓ tal decisión. Incluso durante el Vaticano II, muy pocos vota enviados a la Comisión preparatoria pedían que el salterio piano fuera obligatorio «al menos en la recitación privada y en el coro, cuando el Divino Oficio es celebrado sin canto», otros sólo pedían una versión obligatoria del Salterio, sin especificar cuál. Esto prueba que no había una versión obligatoria del Salterio, y a veces la ambigüedad era la norma.
     
A la sazón, el Pontificio Instituto Bíblico era dirigido por el jesuita alemán Augustin Bea (o mejor, BEHAYIM/בְּחַיִּים), quien sería creado cardenal por Juan XXIII bis el 14 de Diciembre de 1959 y consagrado obispo el 19 de Abril de 1962. Bea era el confesor de Pío XII, y durante su enfermedad el único que podía conversar habitualmente con él, valiéndose de tal influencia para que se aprobara muchas iniciativas modernistas como la Semana Santa de 1955 y la introducción del vernáculo en varias liturgias (por algo el derecho seglar prohíbe, so pena de nulidad, designar como heredero, legatario y/o albacea fiduciario al confesor durante la última enfermedad o en la época de otorgar testamento, toda vez que se teme cooptación de voluntad por el testador).
 
Siguiendo el Texto Masorético hebreo, en el Salterio de Bea los salmos fueron cambiados radicalmente de la versión tradicional (Salterio Galicano) que seguía la Septuaginta, quedando así inteligibles para Cicerón, pero punto menos que irreconocible para San Agustín. A efectos de ilustración, analicemos el primer verso de los Salmos:
  • Hebreo (transliteración): אַשְׁרֵי הָאִישׁ אֲשֶׁר לֹא הָלַךְ בַּעֲצַת רְשָׁעִים וּבְדֶרֶךְ חַטָּאִים לֹא עָמָד וּבְמוֹשַׁב לֵצִים לֹא יָשָׁב. (’Ashre ha’ish, ’asher lo’ halakh ba‘ätsat resha‘ïm uvedérekh jata’im lo ‘äamad; uvemoshav letsim, lo’ yashav).
  • Septuaginta griega: Μακάριος ἀνήρ, ὃς οὐκ ἐπορεύθη ἐν βουλῇ ἀσεβῶν, καὶ ἐν ὁδῷ ἁμαρτωλῶν οὐκ ἔστη, καὶ ἐπὶ καθέδραν λοιμῶν οὐκ ἐκάθισεν.
  • Salterio Galicano (Vulgata Latina): Beátus vir qui non ábiit in consílio impiórum, et in via peccatórum non stetit, et in cáthedra pestiléntiæ non sedit.
Salvo la palabra pestiléntiæ, que es la traducción libre que el autor del Salterio Galicano hace del griego λοιμῶν (de los pestilentes), y a su vez es una versión libre del hebreo לֵצִים (letsim, de escarnecedores) esta traducción sigue literalmente la Septuaginta, que a su vez sigue el original hebreo. En cuanto a la palabra en cuestión, San Jerónimo en su revisión vierte como cáthedra derisórium; variante que tiene en cuenta Mons. Félix Torres Amat cuando tradujo el salmo al español:
Dichoso aquel varón que no se deja llevar de los consejos de los malos, ni se detiene en el camino de los pecadores, ni se asienta en la cátedra pestilencial de los libertinos.
y en la nota al pie sobre este verso se lee:
Según el hebreo puede traducirse: ni toma asiento entre corrompidos mofadores; o en cátedra de pestilencia.

Veamos, pues, el Salterio de Bea: Beátus vir qui non séquitur consílium impiórum, et in viam peccatórum non ingréditur, et in convéntu protervórum non sedet.

Séquitur consílium e in viam peccatórum non ingreditur expresan la misma idea como ábiit in consílio e in via peccatórum non stetit, sólo que en una forma más clásica del latín. Y el cambio del tiempo perfecto al presente que se hizo es desafortunado, toda vez que el tiempo perfecto del latín y el hebreo (al igual que el aoristo griego) pueden representar la idea de un recurrir constantemente o una noción general (el tiempo gnómico o intemporal), que es claramente la intención de San David Profeta, autor/compilador del Salterio. El préstamo griego καθέδραν (del que deriva nuestra Cátedra) es sustituido por el latín convéntu, que equivale al hebreo moshav (מוֹשַׁב, sentarse juntos). Un ejemplo más elocuente de la clasicización/paganización del vocabulario, לֵצִים es traducido como protervórum (de los impúdicos). El adjetivo protérvus y sus derivados aparece ocho veces más frecuentemente en las obras de Ovidio, y cinco veces más en las de Horacio, que en las traducciones bíblicas de San Jerónimo. Sobre todo, donde el resultado final de la Septuaginta, el latín antiguo y la obra jeronimiana es en su mayoría muy literal y hebraica, la versión de Bea es una muy adecuada paráfrasis muy latina, apta para estudiosos mas no para almas orantes.

Un antecedente de cambios en pos de un latín más clásico paganizante podemos encontrarlo en la reforma que hiciera entre 1629 y 1631 el papa Urbano VIII sobre el Breviario, reforma que se mostró incompleta y desafortunada. Inicialmente la revisión era sobre las lecciones y homilías, pero Urbano VIII quería, como humanista que él era, que los himnos se acercaran un poco al latín de los tiempos de Augusto César tanto en el léxico como en la métrica, lo que logró a costa de su entonabilidad, y en parte a esta causa (y también por conservar sus usos litúrgicos, amenazados por una simplificación de índole jesuítica –por cierto, desde su fundación, los jesuitas no tienen obligación de coro–), los dominicos, benedictinos, cistercienses, carmelitas de antigua observancia y cartujos nunca los adoptaron.

Ahora, si el criterio de los reformadores previos al Vaticano II era el arqueologismo, la comisión dirigida por Bea cometió un error garrafal: El Texto Masorético (TM o 𝕸) en el que se basaron para traducir los Salmos fue compuesto entre los siglos VI y XI después de Cristo (y ni aún así se logró unificar la versión hasta fines del siglo XIX, porque hubo tres escuelas diferentes: la de Babilonia, la de Jerusalén y la de Tiberíades; y mucho menos el Talmud siguió la versión canónica de la Torá), mientras que la Septuaginta (LXX) fue traducida entre el siglo III y el año 123 antes de Cristo (en el caso de los Salmos, se postula que fueron traducidos al griego en torno al año 185 a.C., más de mil años antes del primer manuscrito plenamente masorético conocido). Ni siquiera podían invocar los Rollos del Mar Muerto, simplemente porque fueron descubiertos en el complejo de Qumram en 1947; y los documentos que respaldan a la Septuaginta, aunque minoría, son más antiguos que los que respaldan el texto hebreo.
  
Veamos un poco el origen de la Septuaginta, la traducción al griego de las Escrituras Hebreas:
Hubo un incidente que involucró al rey Ptolomeo de Egipto, que reunió a setenta y dos ancianos de los Sabios de Israel, y los puso en setenta y dos cámaras separadas, y no les reveló para qué propósito los congregó, para que no coordinaran sus respuestas. Él entró y se acercó a todos y cada uno, y le dijo a cada uno de ellos: “Escribe para mí una traducción de la Torá de Moisés tu maestro”. El Santo, bendito sea, derramó en el corazón de cada uno de ellos sabiduría y todos tuvieron un mismo entendimiento (Talmud de Babilonia, tratado Meguilá 9a, 11).
Flavio Josefo, el gran historiador judío, cuenta que
una vez que la Ley fue copiada y la ejecución de la traducción alcanzó su término al cabo de 72 días, Demetrio, luego de reunir a todos los judíos en el lugar en que habían sido traducidas las propias Leyes, se las leyó en voz alta, en presencia de los propios traductores. Y la multitud expresó su reconocimiento a los ancianos que les habían hecho comprender la Ley . . . en vista de que la traducción había sido ejecutada de una forma cabal y perfecta, pidieron que quedara en el estado en que se encontraba y no se modificara . . . esta disposición que tomaron fue sensata, para que el texto que una vez que había sido considerado reunir perfectas condiciones permaneciera inmutable para siempre”. (Antigüedades judías, libro XII, cap. 2, sección 13)
  
Ítem, la Septuaginta era más exacta en su lenguaje que el mismo texto masorético, con todo y tener este último un margen casi ínfimo de errores de transcripción respecto del original (garantizado por leyes estrictísimas tanto en la transcripción –una errata en una sola letra invalidaba todo el rollo de la Torá– como en la interpretación –todo manuscrito que difiriese de la interpretación rabínica debía ser destruido–). Un ejemplo de esta situación es el conocido pasaje de Isaías 7, 14, que en el hebreo original tiene la palabra almah (עַלְמָה), que puede traducirse como virgen o mujer joven (esta última acepción es traducida en griego como neanis νεᾶνις), mientras que el griego tiene la palabra parthenos (παρθένος), que inequívocamente traduce virgen, lo que ratifica el sentido original del texto profético.

Finalmente, en el aspecto evangelizador, San Pablo, cuando cita pasajes del Antiguo Testamento en sus catorce cartas, lo hace sobre la Septuaginta y no sobre el texto hebreo (que conocía por sus estudios en Jerusalén a los pies de Gamaliel).
  
Alguno dirá que como lo aprobó Pío XII, es vinculante so pena de cisma. Sí, el Salterio de Bea fue proclamado por autoridad legítima (Papa Pío XII) mediante procedimiento válido (Carta Motu Próprio, publicada en latín en las páginas 65-67 del tomo XXV de las Actas de la Sede Apostólica), pero es un decreto ineficaz dado que muy pocos sacerdotes lo acogieron (no perdamos de vista que era FACULTATIVO el usarlo, y muchas comunidades monásticas y canónicas lo hallaron inadaptable al canto gregoriano; ¡HASTA RONCALLI, CON TODO Y MODERNISTA COMO FUE, LO DETESTABA Y NO LO PERMITÍA EN NINGUNA CEREMONIA DONDE ÉL ESTUVIERA PRESENTE!); y por la influencia que tuvo el modernista Bea en la nueva traduccción, el Salterio traducido a su instancia SE DEBE EVITAR AL MENOS COMO SOSPECHOSO. Muestra de ello es que ni la Neovulgata conciliar tuvo en cuenta el Salterio de Bea.

Por otra parte, las contradicciones de un mismo papa, o de éste con el Magisterio precedente, son prueba de que la Infalibilidad Pontificia sólo opera cuando el Papa se pronuncia ex cáthedra y para defender la Verdad. Y que la indefinición doctrinal por un Papa es peligrosa, está demostrado por el caso del Papa Inocencio III. Inocencio III, con todo y su caridad y celo por la Iglesia, no mantuvo sólidamente la necesidad del bautismo de agua, y esto en la hora de la muerte le causó gran problema, pues sólo la intercesión de la Virgen María (a quien le tenía gran devoción) pudo salvarle del Infierno que merecía por varios pecados cometidos (uno de ellos quizá ese):
“En De Gemítu Colúmbæ –El gemido de la paloma–, San Roberto Belarmino († 1600) nos habla de una persona que se le aparece a Santa Lutgarda toda vestida en llamas y con mucho dolor. Cuando Santa Lutgarda le preguntó quién era, él le contestó: ‘Soy [el Papa] Inocencio III, que debía haber sido condenado al fuego eterno del Infierno por varios pecados graves, si la Madre de Dios no hubiera intercedido por mí en mi agonía y obtenido la gracia del arrepentimiento. Ahora estoy destinado a sufrir en el Purgatorio hasta el fin del mundo, a menos que me ayudes. Una vez más la Madre de Misericordia me ha permitido venir a pedirte oraciones” (Fray Christopher Rengers OFM, The 33 Doctors of the Church –Los 33 Doctores de la Iglesia–, pág. 504).
El pasaje aludido es este:
Para este tiempo, el Señor Papa Inocencio III, que migró de esta vida poco después de celebrado el [IV] Concilio Lateranense, se apareció visiblemente a Lutgarda. Ella al verlo rodeado por ingentes llamas, le preguntó quién era, y respondióle que era el Papa Inocencio; y gimiendo le pregunta: ¿Por qué el Padre común de todos está atormentado así en tanto dolor? Le respondió: Por tres causas estoy padeciendo, que justísimamente me hubieran causado el suplicio eterno, pero por la intercesión de la piadosísima Madre de Dios, cuyo Monasterio construí, me arrepentí en la agonía, y evité la muerte eterna, pero debo padecer estas penas atrocísimas hasta el fin del mundo. Por eso he venido a ti, para pedirte sufragios, para que la Madre de misericordia interceda por mí ante su Hijo. Dicho esto, inmediatamente desapareció. Lutgarda llamó a sus hermanas, indicándoles que le socorrieran en su necesidad. Lutgarda nos reveló las tres causas, pero por respeto a tan magno pontífice no las damos a conocer. (TOMÁS DE CANTIMPRATO, Vida de Santa Lutgarda, libro II, visión del 16 de Julio de 1215. En SAN ROBERTO BELARMINO, De Gemítu Colúmbæ, sive de Bono lacrymárum, libro II, cap. IX, págs. 273-274.)

DISGRESIÓN: SAN PÍO X Y LA REFORMA DEL BREVIARIO
El Papa San Pío X publicó la Encíclica Divíno Afflátu, por medio de la cual se realizó una gran reforma en el Breviario y el Misal. Sobre el Breviario, realizó una nueva distribución de los Salmos correspondiente a las horas canónicas, y rescató el Propio del Tiempo, que para la época estaba poco menos que sobrando, ante la profusión de oficios propios de los Santos no solamente en el Calendario General Romano, sino también en los de las diócesis y órdenes religiosas.

Ante este cambio, algunos tradicionalistas actualmente han dado en afirmar que San Pío X contravino a su antecesor San Pío V al modificar el Breviario, haciéndolo quedar como antipapa igual en todo a Montini (incluso citando un “Juramento Papal de coronación” ¡QUE NO SE HACE DESDE HACE MIL AÑOS!). Hemos de responder que una cosa es reformar la distribución de los Salmos para facilitar su lectura y canto por quienes están obligados a rezar las Horas o que lo practican como propia devoción (algo que San Pío X legítimamente podía hacer), y otra muy distinta es suprimir Horas e incorporar himnos de origen popular o demasiado erudito en aras de imitar a los herejes protestantes, como hicieron Montini y Bugnini.
  
JORGE RONDÓN SANTOS
30 de Septiembre de 2019
Fiesta de San Jerónimo, Cardenal-Presbítero, Confesor y Doctor de la Iglesia. Tránsito de Santa Teresita del Niño Jesús y de la Santa Faz OCD, y de San Francisco de Borja SJ.

4 comentarios:

  1. Esa disgresión habría que tirarsela en la cara al wanderer que vive criticando al vaticano primero y a los verdaderos papas y porque no también al de nacionalismo católico san Juan Bautista que hasta se atreve a criticar a León XIII por el raliement, uf ellos se creerán que hubiesen hecho todo perfecto, pero nada dicen del desastre que hizo k wojtyla.

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  2. Muchas gracias queridos correligionarios. Llevaba mucho tiempo en busca de la traducción de este importante Motu propio. Aunque soy fiel partidario del Salterío de Pio XII, comparto sus puntos de vista y temores a su uso, por lo que respeto su punto de vista, a falta de Magisterio pontificio dirimente de esta cuestión que no debe en modo alguno dividir ni separar a los tradicionalistas. Yo siguo todo lo habido hasta la muerte aciaga de Pio XII.

    Por aquí también se han pasado enlaces comentando el decreto por notorios sacerdotes de aquel entonces y el breve y conciso Decreto de la Sagrada Congregación de Ritos que no estaría mal tampoco traducir (también enlazado el año pasado a colación de todo esto).

    Dios les de fuerza y salud pra continuar tan campantemente en la lucha por Cristo Rey.

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  3. https://summa.upsa.es/high.raw?id=0000004243&name=00000001.original.pdf

    Aqui les dejo un comentario de la época en castellano muy fecundo y ortodoxo hecho por un sacerdote bastante erudito, a la sazón censor de la Academia litúrgica de Roma. Empieza en p. 148.

    Sólo quisiera que todos lo leyeran y no caigamos en reduccionismos pues bien podría decirse que la comunión frecuente de S.Pio X es un paso previo a la comunión sin confesar o en la mano odierna de la secta conciliar. Es de sabios distinguir, sigamos todos profundizando y rezando mucho.

    In Christo.

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  4. http://www.unavoce.ru/pdf/FIUV_PP/FIUV_PP5_VulgateFinal.pdf

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