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lunes, 14 de octubre de 2019

MONTINI ABROGÓ LA MISA TRADICIONAL (ASÍ NO LO ADMITAN LOS ACUERDISTAS)

Tomado de L’OSSERVATORE ROMANO. Este artículo del presbítero monfortiano Corrado Maggione muestra a las claras que Montini estaba consciente de la obra de demolición litúrgica que nació en torno al Vaticano II y que -contrario a los ralliés-, la liturgia antigua fue proscrita por el mismo Montini, que consideró en rebelión a los que la seguían.
PABLO VI Y LA LITURGIA: LA OBRA REFORMADORA MONTINIANA
 
   
Al delinear el perfil litúrgico del Papa san Pablo VI, conviene hablar de todo el arco de su existencia. Importante fue el período de su formación, en los años en que el movimiento litúrgico despertaba nuevas sensibilidades y adquisiciones en el campo teológico-litúrgico, con resultados también célebres.
  
Joven sacerdote, a partir de 1930, promovió sobre las páginas de “Azione Fucina” una crónica litúrgica que atestigua la sintonía con el fermento litúrgico que prometía salir a la luz en el tejido eclesial; son preciosas también las Cartas que Montini escribió como sustituto de la Secretaría de Estado en ocasión de las Semanas litúrgicas nacionales italianas. De tal fermento fue después intérprete en los años de episcopado en Milán, del cual es célebre la Carta pastoral que escribió en 1958 sobre La educación litúrgica, queriendo comunicar a los fieles la convicción de la «estupenda fuerza formadora de la Liturgia».
  
Esta experiencia la llevó al Vaticano II, como bien manifiesta el discurso que el cardenal Montini pronunció en el Concilio el 22 de octubre de 1962, en el cual recordaba la diferencia entre la esséntia «quæ ómnino deféndi debet atque servári» (que todos deben defender y conservar) y la forma de la liturgia, «scílicet modo, quo celebrátio divinórum mysteriórum quasi vestítur» (esto es, el modo en que la celebración de los divinos misterios se viste), observando que la forma «mutári potest, prudénter tam sapiénterque et ad aptióres ratiónes revocari» (puede cambiar, prudente y sabiamente, y por razones apropiadas revocarse), con el único fin —que era el del esquema en discusión entre los Padres— no de atravesar el «cultus cathólici patrimónium divínum et a majóribus accéptum» (patrimonio divino y recibido de los mayores del culto católico) sino de volverlo «magis comprehensíbile et utílius homínibus nostræ ætátis» (más comprehensible y útil a los hombres de nuestra edad); y llegaba a formular un principio de innegable relevancia: «Litúrgia nempe pro homínibus est institúta, non hómines pro Litúrgia» (La Liturgia fue instituida para los hombres, no los hombres para la Liturgia). He aquí el hilo rojo que ha guiado la visión montiniana de liturgia, comprendida cual mediación a través de la cual la vida divina se reversa en los corazones de los creyentes, edificando al Pueblo de Dios, la Iglesia. Este es el punto fundamental del nexo entre Pablo VI y la liturgia: en su pensamiento como en su obra, la reforma litúrgica post-conciliar, en obediencia a Sacrosánctum Concílium, no era finalizada simplemente con la revisión de la forma celebrativa, sino en la renovación de la Iglesia, realidad-misterio sobre el cual el Papa se había afirmado en su encíclica programática, la Ecclésiam suam.
  
Con la solicitud del Pastor, Pablo VI ha querido explicar e ilustrar, en varios modos y ocasiones, en el curso de los años, tanto a los laicos como al clero, los motivos de la reforma litúrgica, su alcance y extensión que andaba asumiendo, ayuando a encontrar todo lo positivo sin callar las resistencias que se oponían al cambio como de las fugas fuera de la pista. Hay documentos elocuentes y sus actos pontificios y los numerosos discursos pronunciados, especialmente las audiencias generales de los miércoles como en los Consistorios.
    
Si el inicio y los principios de la reforma litúrgica venían de la Sacrosánctum Concilium, fue Pablo VI quien ordenó y guió la progresiva actuación, en dos fases: la preparación de la reforma y las primeras realizaciones de 1963 a 1969 y, luego, desde 1969 la edición de los libros litúrgicos reformados
  
Luego del importante discurso de promulgación de la Sacrosánctum Concílium en la clausura de la segunda sesión del Concilio, el 4 de diciembre de 1963, con el Motu proprio Sacram litúrgiam (25 de enero de 1964), Pablo VI instituía el Consílium ad exsequéndam Constitutiónem de Sacra Litúrgia, organismo compuesto por Obispos y expertos de todo el mundo, con el fin de dar concreción a los principios indicados por los Padres conciliares y de las votaciones realizadas. Presidido por el cardenal Giacomo Lercaro y teniendo como secretario al padre Annibale Bugnini, el Consílium ha trabajado alacremente, en directa sintonía con Pablo VI; lo atestiguan los cuatro importantes discursos que el Papa dirigió al mismo Consílium en ocasión de sus reuniones, además de la constante información y directa supervisión de sus labores. En el Consílium, estaba subsumida la Sacra Congregátio pro Cultu Divíno, instituida por Pablo VI el 9 de mayo de 1969: con tal organismo, encuadrado ahora en la Curia Romana, la Sede Apostólica ha publicado las ediciones típicas de los renovados libros litúrgicos y los documentos que han disciplinado su uso y la vida litúrgica (Decretos, Instrucciones, Notificaciones, Declaraciones). 
   
Al tomar decisiones relevantes y vinculantes en materia de celebraciones litúrgicas, Pablo VI adoptó pronunciamientos magisteriales adecuados, entre las cuales cinco Constituciones apostólicas. Con la Constitución Pontificális Románi recognítio (28 de junio de 1968), aprobaba el Rito de las sacras Órdenes del Diaconado, Presbiterado y Episcopado, preparado por el Consílium y oído el parecer de los Obispos de varias partes del mundo. Con la Constitución Missále Románum (3 de abril de 1969) venía promulgado el Misal renovado por decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II; en ella, recordando que el Concilio «ha puesto los fundamentos para la revisión general del Misal Romano: en efecto, ha establecido (...) se revise el Ordinario de la Misa, de modo que se manifieste con mayor claridad el sentido propio de cada una de las partes y su mutua conexión, y se haga más fácil la piadosa y activa participación de los fíeles (cfr Sacrosánctum Concílium 50)», el Papa indicaba y motivaba los cambios más relevantes aportados en este libro litúrgico, como la Plegaria eucarística, el Rito de la Misa y el Leccionario. Luego con la Constitución Láudis cánticum (1 de noviembre de 1970) era promulgado el Oficio Divino renovado por decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II; en ella Pablo VI ilustraba la obra de revisión realizada para la Liturgia de las Horas. Con la Costituzione Divínæ consórtium natúræ (15 de agosto de 1971), Pablo VI promulgaba el Rito de la Confirmación, estableciendo y declarando los elementos relativos al rito esencial del sacramento, e indicando que desde el 1 de enero de 1973 «deberá ser usado solamente el nuevo Ritual». Finalmente, con la Constitución apostólica Sacram unctiónem infirmórum (30 de noviembre de 1972), aprobaba el Rito de la Unción de los Enfermos, estableciendo y declarando los elementos relativos al rito esencial del Sacramento; estableciendo también que desde el 1 de enero de 1974, «deberá ser usado solamente el nuevo Ritual».
  
Aparte del ya citado Motu proprio Sacram litúrgiam, con el cual se entraba en vigor algunas prescripciones de la Sacrosánctum Concílium, Pablo VI interviene con otros pronunciamentos en forma de Motu proprio en materia litúrgica. Con Peculiáre jus (9 de febrero de 1966) fueron dadas normas acerca del uso del altar papal en las Patriarcales Basílicas Romanas. Con Sacrum diaconátus (18 de junio de 1967) fueron impartidas normas para el restablecimiento del diaconado permanente en la Iglesia latina. Con Pontificális Domus (28 de marzo de 1968) fueron dadas normas, entre otras, sobre la Capilla Pontificia, o sea, las personas que participan en las celebraciones litúrgicas presididas por el Papa o desarrolladas en su presencia. También el Pontificália insígnia (21 de junio de 1968) había revisado el ámbito celebrativo. Con Mystérii Paschális (14 de febrero de 1969), Pablo VI disciplinaba las normas generales sobre el Año litúrgico y el Calendario Romano. Finalmente, con Ministéria quǽdam (15 de agosto de 1972), era reformada en la Iglesia latina la disciplina respecto a la tonsura, a las órdenes menores y al subdiaconados, ahora denominados “ministerios” del Lector y del Acólito, confiados también a los laicos y no más reservados a los candidatos al sacramento del Orden.
  
Como es sabido, el nombre de Pablo VI permanecerá perennemente ligado a los libros litúrgicos del Rito Romano, custodios y expresión del misterio de la Iglesia en oración. En tal sentido la obra litúrgica paulina es verdaderamente grande. Basta recordar cuáles libros llevan en la portada el dicho “ex decréto Sacrosáncti Œcuménici Concílii Vaticáni II instaurátum auctoritáte Pauli pp. VI promulgátum”: De ordinatióne Diáconi, Presbýteri et Epíscopi (15.8.1968); Ordo celebrándi matrimónium (19.3.1969); Calendárium Románum (21.3.1969); Ordo Missæ cum Institútio generális Missális Románi (6.4.1969); Ordo Baptísmi parvulórum (15.5.1969); Ordo lectiónum Missæ (25.5.1969); Ordo Exsequiárum (15.8.1969); Ordo Professiónis Religiósæ (2.2.1970); Missále Románum (26.3.1970, edítio áltera 1975); Ordo Consecratiónis Vírginum (31.5.1970); Lectionárium Missális Romani (30.9.1970); Ordo benedictiónis Abbátis et Abbatíssæ (9.11.1970); Ordo benedicéndi ólea cathecumenórum et infirmórum et conficéndi chrisma (3.12.1970); Litúrgia Horárum (11.4.1971); Ordo Confirmatiónis (22.8.1971); Ordo Initiatiónis Christiánæ adultórum (6.1.1972); Ordo Cantus Missæ (24.6.1972); Graduále Simplex (edítio áltera 1975); De institutióne Lectórum et Acolythórum (3.12.1972); Ordo Unctiónis Infirmórum eórumque pastorális curæ (7.12.1972); De Sacra Communióne et de Cultu Mystérii Eucharístici extra Missæ (21.6.1973); Ordo Pœniténtiæ (2.12.1973); Ordo dedicatiónis ecclésiæ et altáris (29.5.1977). 
  
Estos Órdines fueron renovados y publicados por autoridad apostólica de Pablo VI. Lo recordaba él mismo en estos términos en la audiencia general del 19 de noviembre de 1969: «La reforma que está para ser divulgada corresponde a un mandato autorizado de la Iglesia; es un acto de obediencia; es un hecho de coherencia de la Iglesia consigo misma; es un paso adelante de su tradición auténtica; es una demostración de fidelidad y de vitalidad, a la cual todos deben prontamente adherir. No es un arbitrio. No es un experimento caduco o facultativo. No es una improvisación de algún diletante» (Insegnamenti di Paolo VI, VII [1969], 1122).
  
Que el Santo Papa había seguido personalmente los trabajos de revisión de la lex orándi del Misal Romano, lo afirman ejemplarmente dos escritos. El primero es un autógrafo concerniente al Ordo Missæ: «Miércoles, 6 de noviembr de 1968 – horas 19-20:30. Habíamos leído nuevamente, con el Rev. P. Annibale Bugnini, el nuevo “Ordo Missæ”, realizado por el “Consílium ad exsequéndam Constitutiónem de Sacra Litúrgia”, seguido a las observaciones hechas por nosotros, por la Curia Romana, de la Sagrada Congregación de Ritos, por los participantes en la XI sesión plenaria del “Consílium” mismo, y por otros eclesiásticos y fieles; y luego de atenta consideración de las distintas modificaciones propuestas, de las cuales muchas fueron acogidas, hemos dado al nuevo “Ordo Missæ” nuestra aprobación, in Dómino. Paulus PP. VI». El segundo concierne al Leccionario del Misal: «No es posible, en el brevísimo espacio de tiempo que nos es indicado, tomar una adecuada y completa visión de este nuevo y amplio “Ordo Lectiónum Missæ”. Pero fundados en la confianza de las personas expertas y piadosas, que lo han preparado con largo estudio, y sobre lo debido a la sagrada Congregación para el Culto Divino, que lo ha examinado y compuesto con tanta pericia y solicitud, lo aprobamos voluntariamente, in nómine Dómini. En la Fiesta de San Juan Bautista, 24 de Junio de 1969 Paulus PP. VI» (los autógrafos fueron publicados en «L’Osservatore Romano» del 6 de abril de 2019, pág. 7).
  
Con la misma autoridad apostólica, él confirma la bondad de la reforma litúrgica en el discurso al Consistorio del 24 de mayo de 1976: «Es en el nombre de la Tradición que nosotros demandamos a todos nuestros hijos, a todas las comunidades católicas, de celebrar dignamente y con fervor la Liturgia renovada. La adopción del nuevo “Ordo Missæ” no es dejada precisamente al abritrio de los sacerdotes y los fieles: y la Instrucción del 14 de junio de 1971 ha previsto la celebración de la Misa en la antigua forma, con la autorización del Ordinario, solo para sacerdotes ancianos o enfermos, que ofrecen el Divino Sacrificio sine pópulo. El nuevo Ordo fue promulgado para que sustituyese al antiguo, luego de madura deliberación, según las instancias del Concilio Vaticano II. No diversamente nuestro santo Predecesor Pío V había hecho obligatorio el Misal reformado bajo su autoridad, luego del Concilio Tridentino. Exigimos la misma disponibilidad, con la misma autoridad suprema que nos viene de Cristo Jesús, a todas las otras reformas litúrgicas, pastorales, maduradas en estos años en aplicación a los decretos conciliares. Cada iniciativa que mire obstaculizarla no puede arrogarse la prerrogativa de rendir un servicio a la Iglesia: en efecto le causan a ella grave daño» (Insegnamenti di Paolo VI, XIV [1976], 389). 
  
Y todavía, a los Cardenales reunidos en el Consistorio del 27 de junio de 1977 se expresa en modo claro sobre la aplicación de la reforma litúrgica: «Ha venido el momento, ahora, de dejar caer definitivamente los fermentos disgregadores, igualmente perniciosos en un sentido y en el otro, y de aplicar integralmente en sus justos criterios inspiradores, la reforma por Nos aprobada en aplicación a los votos del Concilio. A los contestadores que, en nombre de una mal comprendida libertad creativa, han llevado tanto daño a la Iglesia con sus improvisaciones, banalidades, ligerezas —e incluso con algunas deplorables profanaciones—, Nos les pedimos severamente atenerse a la norma establecida: si esta no fuese respetada, podría llevarse por medio la esencia misma del dogma para no decir de la disciplina eclesiástica, según la áurea norma: “lex orándi, lex credéndi”. Pedimos fidelidad absoluta para salvaguardar la “régula fídei”. [...] Pero con derecho igual advertimos a aquellos que contestan y se rigidizan en su rechazo bajo el pretexto de la tradición, a fin de que escuchen como es su estricto deber, la voz del Sucesor de Pedro y de los obispos, reconozcan el valor positivo de las modificaciones “accidentales” introducidas en los sacros ritos (que representan verdadera continuidad, incluso frecuente reevocación de lo antiguo en la adaptación al nuevo), y no se obstinen en una clausura preconcebida, que no puede ser absolutamente aprobada» (Insegnamenti di Paolo VI, XV [1977], 663).
  
En el Pensamiento en la muerte, Pablo VI se despide de la escena de este mundo confesando haber siempre amado la Iglesia, suprema confianza que él tuvo el coraje de decir abiertamente. La renovación litúrgica fue uno de los modos concretos con que Pablo VI ha amado a una Iglesia que quería tomase consciencia de sí misma y que fuese instrumento de anuncio del Evangelio, que da a Dios el primer puesto pero no olvida la humanidad de hoy, sabiendo que la «Liturgia es para los hombres». En esta “pasión” vivida por la Iglesia que es también el sufrimiento causado por cuantos, por razones opuestas, contestaban abiertamente la “su” reforma litúrgica, ofendiendo la voz del Sucesor de Pedro y causando daño a la Iglesia, tanto en nombre de una mal comprendida lubertad creativa como en nombre de una mal comprendida fidelidad a la tradición. Al llevar adelante la reforma de la liturgia, de tan amplias proporciones, ha dado prueba de la sabiduría y de la determinación del Pastor que no busca el propio interés sino el de toda la grey que el Señor le ha confiado. Lo ha recordado el Papa Francisco en la homilía de canonización el pasado 14 de octubre: «Pablo VI, aun en medio de dificultades e incomprensiones, testimonió de una manera apasionada la belleza y la alegría de seguir totalmente a Jesús. También hoy nos exhorta, junto con el Concilio del que fue sabio timonel, a vivir nuestra vocación común: la vocación universal a la santidad». Sabemos que la vocación a la santidad y la respuesta a ella pasan a través de la liturgia de la Iglesia.
  
Por Corrado Maggioni, SMM.

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