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lunes, 1 de agosto de 2022

LA LIBERTAD RELIGIOSA, ARGUMENTO Ad hóminem, NO UN PRINCIPIO

«Nosotros podemos, pues, emplear la libertad de cultos como argumento ad hóminem contra aquellos que, mientras proclaman la libertad de cultos, persiguen a la Iglesia (Estados laicos y socializantes), o impiden directa o indirectamente su culto (Estados comunistas, islámicos, etc.). Este argumento ad hóminem es correcto y la Iglesia no lo desdeña, sino que lo usa para defender eficazmente su derecho a la libertad. Pero no se sigue de esto que la libertad de cultos en sí misma pueda defenderse absolutamente por los católicos, porque de suyo es absurda e impía, pues la verdad y el error no pueden tener los mismos derechos. Ni tampoco se puede decir falsedad para defender la verdad, así como no se puede hacer el mal para que venga el bien. Por eso dice San Pablo en Romanos III, 7: “Pero si la fidelidad o verdad de Dios (añadirá alguno), con ocasión de mi infidelidad o malicia se ha manifestado más gloriosa, ¿por qué razón todavía soy yo condenado como pecador? ¿Y por qué (como con una insigne calumnia esparcen algunos que nosotros decimos) no hemos de hacer nosotros un mal, a fin de que de él resulte un bien? Los que dicen esto son justamente condenados”» (Padre RÉGINALD GARRIGOU-LAGRANGE OP, De Revelatióne, tomo II, libro segundo, cap. X “Del oficio de recibir la Divina Revelación”, art. 4.º, respuesta a la objeción 8.ª. París, Pierre Lethielleux éditions, 1926, págs. 315-316. Traducción propia; texto bíblico de la versión de Mons. Félix Torres Amat).
    
«Según el Vaticano II, la persona humana tendría derecho, en nombre de su dignidad, a no ser impedida en el ejercicio de su culto religioso, sea cual fuere, en privado o en público, salvo si esto perjudicara la tranquilidad y la moralidad pública (cf. Declaración “Dignitátis Humánæ” sobre la libertad religiosa, N.º 2). Convendréis conmigo que la moralidad pública del Estado “pluralista” promovida por el Concilio, no molesta mucho esta libertad; tampoco la corrompida sociedad liberal limitaría el derecho a la libertad del “concubinato”, si, en nombre de la dignidad humana, fuera dicho indistintamente de los amancebados y de los casados. Así pues, ¡musulmanes! ¡Rezad tranquilamente en nuestras calles cristianas, construid vuestras mezquitas y minaretes junto a los campanarios de nuestras iglesias, la Iglesia del Vaticano II os asegura que no debemos impedíroslo; lo mismo para vosotros budistas, hinduistas…! Mediante esto, nosotros los católicos os pediremos la libertad religiosa en vuestros países, en nombre de la libertad que os acordamos en los nuestros… Podremos así defender nuestros derechos religiosos frente a los regímenes comunistas, en nombre de un principio declarado por una asamblea religiosa tan solemne, y ya reconocida por la ONU y la Francmasonería… Es, por otra parte, la reflexión que me hizo el Papa Juan Pablo II en la audiencia que me concedió el 18 de noviembre de 1978: “Fíjese (me dijo), la libertad religiosa nos fue muy útil contra el comunismo en Polonia”. Yo tenía ganas de contestarle: “Muy útil puede ser, como argumento ad hóminem, ya que los regímenes comunistas tienen la libertad de cultos inscripta en sus Constituciones (junto al derecho a la propaganda anti-religiosa), pero no como principio doctrinal de la Iglesia Católica”» (Arzobispo MARCEL LEFEBVRE, Le destronaron. Del liberalismo a la apostasía: El drama conciliar, cuarta parte “Una revolución en tiara y capa”, cap. XXVIII: “La libertad religiosa del Vaticano II”. Écone, 1987).

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+Jorge de la Compasión (Autor del blog)

Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)