Noticia tomada de GLORIA NEWS. Comentario propio.
El perro faldero de Francisco Bergoglio, Víctor Manuel “Tucho” Fernández Martinelli, publicó el 18 de Diciembre la declaración “Fidúcia súpplicans” sobre el “Significado pastoral de las bendiciones” co-firmada por Bergoglio. Tucho ha sido acusado por la religiosa argentina Lucía Caram de ser un homosexual practicante.
Afirma estar ofreciendo una «ampliación y enriquecimiento» del entendimiento “católico” de las bendiciones. Sin embargo, en su lugar, presenta un absurdo que sarcásticamente llama «un desarrollo real».
Para engañar a su audiencia, primero copió unas pocas líneas del Catecismo wojtyliano. Fernández afirma correctamente que todas las relaciones sexuales sólo encuentran su significado natural, apropiado y plenamente humano en un matrimonio entre un hombre y una mujer, abierto a la procreación de hijos.
«La enseñanza de la Iglesia sobre este punto sigue siendo firme», dice. Sin embargo, sugiere que un rito litúrgico de “bendición” homosexual –la “bendición” del pecado mortal– es posible. Sólo no debe contradecir la verdad antes mencionada o crear confusión, que es precisamente el caso.
Tucho cree que la Iglesia puede “bendecir” el pecado mortal siempre que los involucrados en él estén de acuerdo en que su concubinato no es matrimonio o implica «una práctica sexual extramarital».
Pero luego continúa diciendo que «la prudencia y sabiduría pastoral» (sic) permiten que un sacerdote «se una a la oración de aquellas personas que, aunque en una unión [gravemente pecaminosa] que de ninguna manera puede compararse con el matrimonio, desean confiarse al Señor y a su misericordia».
De esta manera, Tucho se le ocurre «la posibilidad de bendecir parejas en situación irregular [= “casados civilmente”] o formadas por personas del mismo sexo».
Insiste en que la forma de estas “bendiciones” sacrílegas no debe definirse oficialmente, «para evitar la confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio». En la práctica, por lo tanto, se utilizarán las mismas formas que para el “sacramento del Matrimonio” en el Novus Ordo.
COMENTARIO: Minutos después de salir la declaración, el presbítero jesuita estadounidense James “Jim” Martin publicó lo siguiente en su cuenta de Twitter:
«La nueva declaración vaticana “Fidúcia súpplicans” es el mayor paso hacia adelante en el ministerio eclesial para las personas LGBTI, y reconoce el profundo deseo de la presencia de Dios en las relaciones amorosas de muchas parejascatólicashomosexuales. Esto también marca una nueva separación de la conclusión “Dios no bendice ni puede bendecir el pecado” de hace dos años. La declaración abre la puerta a bendiciones no litúrgicas para parejas del mismo sexo, algo que anteriormente estaba fuera de los límites de losobispos, sacerdotes y diáconos. Junto con muchossacerdotes, yo estaré encantado de bendecir a mis amigos en uniones homosexuales».
Añadiendo la siguiente aclaratoria dos horas después:
«Relacionado: Declaración vaticana sobre las bendiciones a parejas homosexuales: Cuidado con la respuesta “Nada ha cambiado” a la noticia de hoy. Es un cambio importante. Resumiendo: hasta ayer, comosacerdote, tenía totalmente prohibido bendecir a las parejas homosexuales. Hoy, con algunas limitaciones, puedo hacerlo».
Bien, a partir de este punto, sucederán dos cosas:
- Los “expositores papales” (traducción aproximada del inglés “Popesplainers” intentarán “explicar” el nuevo documento y por qué no es tan malo.
- Los neoconservadores y semitradis condenarán el nuevo documento, y “explicarán” por qué no se puede TODAVÍA ser sedevacantista.
Pero tomando algo de humor y visto que no hay fórmula específica, alguno habrá que emplee la siguiente, que se cuenta fue usada por Pío IX un día que unos clérigos anglicanos le pidieron la bendición: «Ab illo bene ✠ dicáris, in cujus honóre cremáberis. Amen».
Ya en serio, otra prueba más de que la del Vaticano II NO ES LA IGLESIA CATÓLICA.
Tulio, ¿vos vas a bendecir a Matías y su pareja ahora que salió ese decreto (que lleva la firma de tu Papa Francisco y por tanto estás obligado a obedecerlo como acto magisterial)?
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