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jueves, 8 de febrero de 2024

GREGORIO DE VALENCIA CONTRA LOS QUE AFIRMAN QUE UN “PAPA HEREJE” PUEDE IMPONER ERRORES A LA IGLESIA

Traducción del artículo publicado en WM REVIEW.
   
¿UN “PAPA HEREJE” PODRÍA IMPONER ERRORES A LA IGLESIA? LA RESPUESTA DE GREGORIO DE VALENCIA SJ
«Depende mucho de la naturaleza de la cuestión de fe que el papa decida».
       
Gregorio de Valencia (iglesia de San Miguel y San Julián, Valladolid).
   
RESUMEN: El texto aborda cómo el teólogo español del siglo XVII Gregorio de Valencia explora la posibilidad de un papa imponiendo errores en materias de Fe a la Iglesia, y qué implicaciones tendría tanto para el pretendido papa como para la Iglesia.
    
NOTAS DEL EDITOR
«Pero aun cuando nosotros mismos, o un ángel del cielo, si posible fuese, os predique un evangelio diferente del que nosotros os hemos anunciado, sea anatema. Os lo he dicho ya, y os lo repito: Cualquiera que os anuncie un evangelio diferente del que habéis recibido, sea anatema» (Gálatas 1, 8-9).
En Casti Connúbii, enseñó Pío XI:
«Es muy impropio de todo verdadero cristiano confiar con tanta osadía en el poder de su inteligencia, que únicamente preste asentimiento a lo que conoce por razones internas» (n. 39)
En este texto, Pío XI está abordando la tendencia de aquellos que niegan el asentimiento a la doctrina eclesiástica sobre la fe hasta que su juicio privado haya sido satisfecho en cuanto a la verdad intrínseca de su proposición.
    
Aun así, algunos defensores del Vaticano II son llevados por textos como el de Pío XI a creer que es ilegítimo e incluso imposible concluir que haya una contradicción entre una enseñanza definitiva anterior y una enseñanza reciente con visos de infalibilidad.
     
Esto es muy diferente al tema tratado por Pío XI. Involucra el mismo fundamento básico del pensamiento, a saber, el principio de no contradicción, y nuestro deber de evitar el tercer pecado contra el Espíritu Santo, “Impugnar la verdad conocida”.
   
Pero ¿cómo, en la epistemología de los católicos, puede ser legítimo considerar o notar (siquiera concluir o discutir) que el Vaticano II enseñó algo erróneo, nuevo, o contrario a la enseñanza definitiva anterior?
   
Además, cuando el Romano Pontífice, o un Concilio Ecuménico confirmado por el Romano Pontífice, proclama un juicio definitivo concerniente a la fe o la moral para toda la Iglesia, este juicio es infalible.

No hay una forma de palabras por la cual el papa o el concilio deban ser a fin de hacer tal juicio, y la presencia de un juicio puede ser conocida por su naturaleza como una declaración categórica y definitiva, imponiendo una doctrina a toda la Iglesia y poniendo fin a cualquier disputa.

De hecho, esto parece ser cómo el decreto del Vaticano II Dignitátis Humánæ presentó su enseñanza sobre la libertad religiosa. ¿Sería tal enseñanza, presentada como un juicio definitivo y por ende asistido con el carisma de la infalibilidad, impedirnos notar que contradice el magisterio preconciliar?

Esto es un interrogante.

A continuación el texto de Gregorio de Valencia, un teólogo jesuita del siglo XVII (al cual el Papa Clemente VIII llamó Doctor doctórum, “Doctor de doctores”), aborda este preciso tema y da su solución. Él provee algunas distinciones que son necesarias para una epistemología robusta del período pos-Vaticano II.

Las conclusiones del texto de Gregorio de Valencia son:
a) Somos capaces de reconocer los errores que contradicen la enseñanza de la Iglesia
b) Si un presunto papa impone un error manifiestamente en contra de la fe establecida de la Iglesia, entonces este error sería reconocible, y el presunto papa se mostraría a sí mismo como que es un hereje manifiesto y por tanto no tiene autoridad (es decir, no es papa)
c) Si un presunto papa trata de imponer un error sobre una materia controvertida u oscura, y la cual no está manifiestamente en contra de la fe establecida de la Iglesia, entonces el error no sería reconocible; y la Iglesia sería compelida a caer en el error, lo cual es imposible.
En otras palabras: es legítimo reconocer una contradicción entre la fe establecida y una enseñanza aparentemente “actual”. Gregorio de Valencia nos enseña que un hombre que atenta imponer tal contradicción en la Iglesia es evidentemente un hereje manifiesto, y por tanto (dice) no es papa.
   
********************
   
GREGORIO DE VALENCIA SJ. Comentarios teológicos, Comentario sobre la parte II-IIæ, disputa 1.ª, cuestión 1.ª, punto 7.º (Traducción inglesa a partir de la traducción alemana de Johannes Rothkranz. Encabezados entre corchetes, propios de WM REVIEW).
   
Columna 305 (encabezado): Se rechaza lo que puede objetarse contra la autoridad infalible del papa, §40.

Columna 310-311 (Objeción tercera):
TERCERO, tal vez puede considerarse que algunos escritores católicos han negado que lo que decida el papa debe ser infaliblemente verdad. En esa medida, pues, lo que podemos afirmar sobre la infalibilidad de la autoridad papal no es cierto.
   
RESPONDO: Lo que los autores en cuestión querían [decir] es que no lo han (me parece) dejado suficientemente claro. Por tanto, no es sorprendente, aunque no es suficientemente cierto, que ellos hayan errado contra la fe.

[Imponer herejía sobre la Iglesia contra la fe establecida muestra que el “papa” es un hereje y ha perdido el cargo:]
Por eso ellos simplemente querían [decir] que el papa podía errar como una persona privada, o incluso imponer algún error manifiesto en la fe aclamada por él en una manera perversa sobre la Iglesia misma, contra la fe establecida en la misma Iglesia, luego ellos dicen que es algo no enteramente imposible.
   
Porque, como hemos visto antes, muchos admiten que el papa puede caer privadamente en herejía (v. g., Melchor Cano [1]); y que, además, él también puede –en vano– imponer [esto es, tratar de imponer] a los demás su manifiesta herejía privada, esto es admitido incluso por graves autores. Como [por ejemplo, Juan de] Torquemada, [17.ª] forma de condenar a alguien de herejía [2], y Silvestre Mazzolini dice lo mismo en la “Summa” [3].

De hecho, esto no implicaría peligro alguno para la Iglesia, porque ella estaría obligada, puesto que ella reconoce que tal papa ha perdido su autoridad por herejía manifiesta y enseñar contra la fe establecida en la Iglesia, no escucharlo como pastor, sino huir de él como un lobo manifiesto.

NOTA DEL EDITOR: En otras palabras, si un pretendido papa atenta imponer un error manifiesto en la fe a toda la Iglesia, él muestra ser un hereje manifiesto y por tanto no es el papa. Se espera del resto de la Iglesia que sea capaz de reconocer esta contradicción y sostener el resultado con suficiente claridad, y concluir en consecuencia.
   
Por tanto, un pretendido papa imponiendo (o definiendo) errores con las indicaciones de infalibilidad, contra la enseñanza definitiva anterior, no conduce a la Iglesia a un impase en el cual seamos compelidos a aceptar un error contra la doctrina anterior. En cambio, esta situación contiene dentro de sí la indicación que el hombre no tiene autoridad, debido a su herejía manifiesta.

[Es imposible imponer un error a la Iglesia en una materia controvertida:]
Pero si algunos autores [dicen] que el papa como persona pública puede realmente definir un error contra la fe en materias que de otra manera son controversiales, esto es, no suficiente y expresamente establecidas y decididas en la Iglesia, entonces ellos están gravemente equivocados en una cuestión de fe.
   
Porque toda la Iglesia podría entonces (de hecho, sería incluso obligada a) reconocer como su pastor al papa que enseña sobre una materia controversial y que no es aún conocido por una herejía evidente, y por tanto a escucharlo plenamente.

Así, si el último pudiera errar, toda la Iglesia podría, y de hecho debería errar, lo que es una herejía inadmisible, como [previamente] se ha discutido suficientemente arriba.

NOTA DEL EDITOR: En otras palabras, un pretendido papa imponiendo (definiendo) errores con las indicaciones de infalibilidad, en materias en las cuales la enseñanza verdadera o anterior no es clara por alguna razón, conllevaría a que la Iglesia sea incapaz de reconocer la contradicción con suficiente claridad y certeza, y así caería en el error.
   
Esto es imposible, porque conduciría a la Iglesia a un impase en el cual ella estaría obligada a aceptar un error contra la fe.
   
[Cuestiones que son controversiales tanto entre los católicos como entre los herejes:]
Y por tanto, uno debe reconocer de esto que depende mucho de la naturaleza de la cuestión de fe que el papa decida.
  
Porque o una controversia existe o puede existir incluso entre los mismos ortodoxos; o solo es controversial entre los herejes, por supuesto, pero es cierta entre los mismos ortodoxos.
    
Si una cuestión es o puede ser controversial entre todos, incluyendo los ortodoxos, no puede ser el caso que el papa quiera que una de las dos opiniones [opuestas] sea aceptada por toda la Iglesia e incluso estar equivocado en esta materia.
    
Porque lógicamente, toda la Iglesia podría entonces (de hecho, tendría que) errar, puesto que no podría apoyarse en un juicio anterior para aceptar la doctrina ya presentada [previamente] por su pastor en esta cuestión.
    
[Cuestiones que ya están definidas por la Iglesia, pero que son controversiales entre los herejes:]
Pero si una cuestión es controversial solo frente a los herejes, y por el contrario ya está definida en la Iglesia, se debe hacer una distinción adicional.
   
Porque o una controversia particular sobre eso se suscita nuevamente por los herejes, tanto que surge una incomodidad particular surge en la Iglesia y es apropiado que pueda reunirse por una definición más clara del papa para fortalecer a los fieles en la fe; o finalmente no surja ninguna controversia particular sobre la materia en cuestión.
   
Si tal controversia no se suscita nuevamente, entonces, sin embargo, lo que algunos (como hemos dicho antes) admiten no ser improbable que suceda, a saber, que pueda haber un papa que como persona privada haya caído en una herejía condenada por la Iglesia quisiera también imponerla sin éxito sobre la Iglesia, algo que no involucraría peligro alguno para la misma Iglesia, como se ha explicado antes.
   
Pero si surgiera una nueva controversia sobre la materia de fe en cuestión, entonces en ninguna manera sucedería que el papa quisiera una opinión herética sobre esta materia para ser aceptada por toda la Iglesia: al contrario, simple y absolutamente decidiría infaliblemente esta controversia de fe y no presentaría a los fieles como de fe nada sino la opinión verdadera, ya previamente definida en la Iglesia.
   
Porque esta es enteramente la fuerza y propósito de estas promesas que Cristo dio o a San Pedro y sus sucesores o a la misma Iglesia, que en las controversias que pudieran surgir, el pastor supremo de la Iglesia siempre confirmaría infaliblemente en la fe a los fieles. aun si [ya] hubiesen juicios previos en la Iglesia para la verdad en cuestión.

Objeción quinta (Columna 312-313)
QUINTO, puede objetarse que así como el papa pueda (al menos en opinión de muchos) adhiere, como persona privada, a cualquier error manifiesto contra la fe, así también a un error contra la fe, pero no manifiesto.

Y nuevamente, así como él (así como Torquemada y Silvestre admiten en los pasajes un poco citados antes) puede libremente imponer libremente su error manifiesto privado en la Iglesia, así también parece ser capaz de imponerla algún error no manifiesto con la misma libertad. Puede suceder en algún caso que él define un error en una materia que aún es controversial y no suficientemente establecida entre los católicos.
   
Y esto a su vez es confirmado por esta materia [esto es, por lo siguiente]. Por lo que pudiera ocurrir que en el momento cuando el papa sea hallado con un error no revelado, podría al mismo tiempo ser necesario para decidir una controversia en la Iglesia concerniente a la materia de este error. En este caso, parece, que el papa definiría su opinión errónea.
   
RESPONDO a este argumento que la fidelidad de Dios, por la cual Él se obliga por promesa a impedir un error general de la Iglesia, se opone a un papa, que sosteniendo un error que no es manifiesto, desee obligar a la Iglesia a aceptarla.
   
Porque la Iglesia estaría obligada a aceptar tal error si la materia fuera obviamente controversial; y así estaría obligada a errar, lo cual es completamente absurdo.
   
Pero esta fidelidad de Dios no se opone en la misma manera a un papa que ya es abiertamente herético y por tanto, de hecho o en el juicio de los fieles, ya no [es el papa] quien desea imponer un error obvio a la Iglesia.
    
Porque, como hemos dicho antes, tal atentado de un papa no amenazaría a toda la Iglesia con un error, puesto que ella inmediatamente reconocería que realmente él no es más el papa y su pastor al cual debe escuchar, sino un obvio lobo que debería ser tenido aparte del rebaño.
   
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ALGUNAS PREGUNTAS ADICIONALES PARA CONSIDERAR:
Este texto está abordando la imposición de errores en la fe a la Iglesia por un juicio definitivo.
  1. ¿Esto aplica a la proposición de errores, incluso en una forma no definitiva?
  2. ¿Se aplica a errores impuestos que no son herejías, esto es, errores de algún grado menor, que no están directamente contra una materia de fe?
LECTURAS ADICIONALES:
   
NOTAS
[1] Leer “De locis theologicis” de Melchor Cano OP, libro VI, capítulo último, sobre el 11.º argumento.
[2] “De Ecclésia”, libro II, capítulo CXII, sobre el 7.º argumento, y libro IV, part 2, cap. XVI.
[3] En la palabra “Opínio”, in fine.

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+Jorge de la Compasión (Autor del blog)

Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)