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sábado, 17 de julio de 2021

NEWMAN Y EL DEBER DE RESISTIR A LOS MALOS PAPAS

«El Cardenal Juan de Torquemada dice: “Aunque claramente se sigue por la circunstancia que el Papa puede errar a veces, y ordenar cosas que no se deben hacer, que no estamos para ser obedientes simplemente a él en todas las cosas, eso no muestra que no debe ser obedecido por todos cuando sus mandatos son buenos. Para saber en qué casos debe ser obedecido y en cuáles no… dice en el cap. V de los Hechos de los Apóstoles: ‘se debe obedecer a Dios antes que a los hombres’. Por tanto, cuando el Papa ordene algo contra la Sagrada Escritura, o los artículos de fe, o la verdad de los Sacramentos, o los mandamientos de la ley natural o divina, él no debe ser obedecido, sino que tales órdenes deben ser pasadas por alto (despiciéndus) (Summa de Ecclésia, págs. 47-48); San Roberto Belarmino, hablando sobre resistir al Papa, dice: “Para resistir y para defenderse a sí mismo, no se requiere ninguna autoridad… luego como es lícito resistir al Papa si asalta a una persona, así también es lícito resistirlo si asalta a las almas o turba el Estado (Turbánti Rempúblicam), y más si intenta destruir la Iglesia. Es lícito resistirlo, afirmo, no haciendo lo que manda e impidiendo la ejecución de su voluntad” (De Románo Pontífice, libro II, cap. XXIX).
   
El arzobispo Francis Patrick Eustace Kenrick escribe: “Su poder le fue conferido para edificar, no para destruir. Si él lo usa por amor al dominio (quod absit!), difícilmente encontrará pueblos que le sean obedientes”. (Theología Morális, tomo I, pág. 158)».
   
JOHN HENRY NEWMAN CO. Carta al Duque de Norfolk, 22 de Diciembre de 1874, sección IV “Lealtad dividida”. Traducción propia.
   
COMENTARIO: Newman, en esta carta a Henry Fitzalan-Howard, XV Duque de Norfolk (descendiente de recusantes*) con que refuta las acusaciones del primer ministro William Ewart Gladstone, anglicano, que decía que los católicos eran esclavos mentales del Papa, está refiriéndose a órdenes malas y actos injustos, o como diría San Roberto Belarmino citando al cardenal Tomás de Vío Cayetano en el capítulo XXVII de su obra Comparatióne Auctoritátis Papæ et Concílii, “faltas menores” (crimínibus minóribus) que “no igualan” (cetera non sunt pária) a la herejía, que est majus crimen, subjéctum mutávit christianitátis státum, en cuyo caso se aplica lo dicho por Belarmino en el capítulo siguiente:
«Un papa que es manifiestamente herético cesa automáticamente (per se) de ser papa y cabeza, así como cesa de ser cristiano y miembro de la Iglesia. Es por eso que puede ser juzgado y condenado por la Iglesia. Es la enseñanza de los antiguos padres que enseñan que los herejes manifiestos pierden inmediatamente toda jurisdicción».
Refutando así, por un lado, a Torquemada y a Cayetano (que postulaban que el Papa herético podía ser depuesto por el Concilio general), como a la postura de “Reconocer y resistir”.
   
* “Recusante” era el término con el que se denominaba a los católicos en Inglaterra por rechazar (en inglés “recusancy”, del latín “recusáre”) asistir a los servicios de la iglesia anglicana. Los recusantes ayudaron a conservar la fe Católica en Inglaterra, Escocia y Gales, y fundaron el Colegio Inglés de Douay (Francia), cuna de la traducción bíblica Douay-Rheims.

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+Jorge de la Compasión (Autor del blog)

Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)