«[…] Oposición. El poder civil, es verdad, limita estos derechos, pero por condiciones especiales de hecho, pero el derecho no es el hecho. El derecho de la libertad de conciencia y de cultos reside en la conciencia de todo hombre, y reclama ser reconocido cual es ante Dios.
Respuesta. Dios lo ha negado, en la Ley antigua y en la nueva, y la razón es clara. El hombre no es el Creador, sino la creatura de Dios. Ahora bien, la dependencia y el obsequio de la creatura hacia su Creador se dice Religión, por la voz latina que significa “vínculo”. El ejercicio de la Religión se llama Culto. La Religión, por tanto, y el Culto de un ser finito, mortal y dependiente, a un Ser Infinito, Eterno y absoluto Señor, debe ser proporcionado y acepto a Este. Ahora, ¿qué hombre estará seguro que aquel tal culto o religión escogida o inventada por él, agrada a Dios y es digna de Dios? ¿Quién osará, p. ej., ofrecerle sangre humana e inocente e con soberbia cerviz afirmar: “Este es mi culto, yo lo elegí libremente, y sé que honra sumamente al Altísimo?
- Pero, responderéis, es imposible tener certeza de una religión y de un culto que plazcan a Dios.
Y he aquí, replicamos, la necesidad denla Revelación. De hecho, Dios en el pasado nos habló últimamente por su Verbo hecho hombre como nosotros; y nos ha dado un Código de leyes suaves y endulzadas por su gracia, por las cuales estamos seguros del modo con que podemos agradarle. Este Código es el Evangelio. Fuera de las Santas Leyes del Evangelio, pues, no hay libertad de elección y salvación.
Si por tanto, hay la ley de Dios ya pronunciada, que establece, p. ej., que el modo por el cual los pecadores pueden reconciliarse con Dios es humillarse y decir sus culpas a los pies de un Ministro suyo, nadie es libre de elegir otro modo, o de inventar otros más ásperos y duros, para evitar sus tremendos castigos.
Dedúcese de esto, que ante Dios el hombre no tiene verdadera libertad de conciencia, libertad de culto y libertad de pensamiento, como hoy se entiende, esto es, facultad de elegirse una religión y un culto como él quiera; sino solo la libertad de los hijos de Dios, como dice San Pablo, esto es, de dejar el error y las seducciones del siglo para correr libremente al Cielo. Afirmar, pues, que el hombre tiene derecho ante Dios de pensar y de creer en religión como él quiera, es un error.
[…] Incluso si pensáis alguna herejía, pero no la pronunciáis, la Inquisición no os infligirá ninguna pena por ello, pero seréis reos ante Dios. Tenéis el libre arbitrio de convertiros en ateos, apóstatas y perjuros a los juramentos dados: la culpa será vuestra. Nadie debe ser salvo a la fuerza. Pero no tenéis sin embargo el derecho de apestar las almas ajenas con vuestros escándalos, y vituperar abiertamente las santas leyes impuestas por Cristo Dio. ¿Os habéis declarado públicamente rebeldes y obstinados en el error? Y ahora el tribunal religioso ejecutará sus leyes por el honor de Dios, por vuestra enmienda, y por la salvación de toda la ciudadanía cristiana, porque es necesario segregar la oveja apestada de la grey electa del Señor».
BIENAVENTURADO BARTOLO LONGO. Santo Domenico e l’inquisizione al tribunale della ragione e della storia/Santo Domingo y la Inquisición, ante el tribunal de la razón y de la historia. Valle de Pompeya, edición propia del autor, págs. 122-123
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Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)