El “monseñor” Gilles Wach Guillot, cofundador y prior general del Instituto Cristo Rey y Sumo Sacerdote, ha sido socio del Club Rotario de Valdisieve (Florencia, Italia) durante años, reveló el sitio Médias Presse.
Citando publicaciones oficiales del Club Rotario, se destaca que el hijo de Jacques Wach y Simone Guillot es socio honorario por lo menos desde 2012, y que la organización había sido recibida en las instalaciones del seminario San Felipe Neri del ICRSS en Gricigliano, aún en fecha tan reciente como Noviembre de 2024 (como muestra la foto que encabeza este artículo).
Cargando más las tintas, el sitio web del Club Rotario de Valdisieve reseña el nombre del canónigo Gilles Wach entre los cumpleañeros del mes de Noviembre:
En Diciembre de 1950, la Suprema y Sagrada Congregación del Santo Oficio (cuyo prefecto era el Papa Pío XII) emitió un decreto prohibiendo a los clérigos y religiosos inscribirse en el Club Rotario (fundado en Estados Unidos en 1905 y con origen protestante) o asistir a sus reuniones, mientras que a los laicos se les recordaba la advertencia del canon 684 pío-benedictino respecto de las asociaciones sospechosas.
LATÍN (Fuente: Acta Apostólicæ Sedis 43 (1951), pág. 91):
SUPRÉMA SACRA CONGREGÁTIO SANCTI OFFÍCIIDECRÉTUMFéria IV, die 20 Decémbris 1950Quǽsitum est ab hac Supréma Sacra Congregatióne utrum líceat cathólicis nomen dare Associatióni, quæ vulgo nuncupátur «Rotary Club».Emminentíssimi ac Reverendíssimi Dómini Cardináles, rebus fídei ac morum tutándis præpósiti, præhabíto RR. DD. Consultórum voto, in Plenário Conséssu Fériæ IV, diei 20 Decémbris 1950, respondéndum decrevérunt:«Cléricis non lícere nomen dare Associatióni “Rotary Club” vel ejúsdem cœ́tibus interésse; láicos vero hortándos esse ut servent præscríptum can. 684 C. J. C.».
Et die 26 ejúsdem mensis et anni, Sanctíssimus D. N. Pius divína Providéntia Papa XII in audiéntia Excellentíssimo ac Reverendíssimo Dómino Adsessóri S. Offícii impertíta, relátam Sibi Emminentissimórum Patrum resolutiónem adprobávit átque publicári jussit.Datum Romæ, ex Ǽdibus Sancti Offícii, die 11 Januárii 1951.MARÍNUS MARÁNI, Suprémæ S. Congr. S. Offícii Notárius
TRADUCCIÓN
SUPREMA Y SAGRADA CONGREGACIÓN DEL SANTO OFICIODECRETOMiércoles 20 de Diciembre de 1950.Se ha preguntado a esta Suprema y Sagrada Congregación si es lícito a los católicos dar su nombre a la asociación que popularmente se llama “Club Rotario”.
Los Eminentísimos y Reverendísimos Señores Cardenales, puestos para tutelar la Fe y las Costumbres, habiendo recibido el voto de los Reverendos Señores Consultores, en la reunión plenaria del día miércoles 20 de Diciembre de 1950, respondieron decretando:
«No es lícito que los clérigos den su nombre a la asociación “Club Rotario” o asistir a sus reuniones; y se exhorta a los laicos que observen lo prescrito en el canon 684 C. J. C.».
Y el día 26 del mismo mes y año, en la audiencia concedida al Eminentísimo Padre Asesor del Santo Oficio, el Santísimo Padre Pío, por la divina Providencia Papa XII, aprobó la decisión de los Eminentísimos Padres y ordenó que sea publicada.
Dado en Roma, en la sede del Santo Oficio, a 11 de Enero de 1951.MARINO MARANI, Notario de la Suprema y Sagrada Congregación del Santo Oficio
Las razones: su estricta neutralidad religiosa la hace susceptible de indiferentismo y favorecer la independencia respecto de la enseñanza de la Iglesia, y la infiltración de elementos masónicos y anticlericales.
Recordándole la fórmula de Jean-François Paul de Gondi, Cardenal de Retz († 1679): «Solo se escapa de la ambigüedad a costa de uno mismo», Médias Presse cuestiona entonces: Wach
«¿consideraba que el Santo Oficio de Pío XII fue erróneo en 1951? Y, si no es así, ¿por qué sigue aceptando ser nombrado socio honorario de los Rotarios hoy en día? ¿O acaso considera ahora que el Santo Oficio de Pío XII fue excesivamente celoso en 1951?».






No hay comentarios:
Publicar un comentario
Preferiblemente, los comentarios deberán relacionarse con el artículo. De otro modo, se publicará en función de la pertinencia del contenido.
Los administradores se reservan el derecho de publicación y respuesta, y renuncian a TODA responsabilidad civil, administrativa, penal y canónica por el contenido de los comentarios que no sean de su autoría. La blasfemia está estrictamente prohibida, y los insultos a la administración constituyen causal de no publicación.
Comentar aquí significa aceptar las condiciones anteriores. De lo contrario, ABSTENERSE.