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jueves, 14 de agosto de 2025

BOULENGER CONTRA LA NEOFSSPX

Reflexión por João Christian Franco. Traducción propia.

CAE LA FARSA TRADICIONALISTA DE LA FSSPX Y CONGÉNERES
.
BOULENGER: Según la opinión general de los teólogos, un Papa verdadero no puede ser hereje NI como DOCTOR PRIVADO, ¡mucho menos como doctor público y pastor supremo de toda la Iglesia!
   
Yo lamento mucho a toda esa gente engañada de esas sectas seudotradicionalistas: FSSPX, FSSP, IBP, Montfort, TFP, IPCO, etc. Se están envenenando con el GALICANISMO creyendo que es Catolicismo. Están siendo corrompidos por sectas tóxicas y dañinas, infectadas de galicanismo y jansenismo creyendo piadosamente que se trata de catolicismo puro e íntegro.
  
Se engañan con los ornamentos tradicionales, el latín, el rito católico de la misa, los velos, los cantos gregorianos, que no son la esencia del Catolicismo. Se engañan con elementos que son ACCIDENTALES en el Catolicismo, al tiempo que están siendo privados de la esencia INFALIBILISTA del verdadero Catolicismo y de la sana y católica doctrina del Papado.
   
Sugiero a todos que dejen de oír a los INTERMEDIARIOS, gurúes y referencias de esas sectas, y vayan directo al Magisterio de los Papas y a los teólogos AUTORIZADOS anteriores al Vaticano II y verán que están siendo engañados y que están adhiriendo a todo aquello que la Iglesia combatió y condenó en el siglo XIX y a comienzo del siglo XX: ¡el nefasto GALICANISMO!
   
Veamos:
   
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Siguen las palabras del Manual de Apologética de Boulenger, un manual verdaderamente católico y tradicional:
  

«(2) Ex Cáthedra (lat. de la cátedra). — Esta expresión usada desde mucho tiempo para designar el magisterio infalible del Papa, y consagrada por la definición del Concilio Vaticano, tiene por base el hecho de que la cátedra o silla desde la cual el Obispo instruía primitivamente al pueblo simboliza a la vez la autoridad episcopal y su misma enseñanza. La Cátedra de Pedro, la Sede apostólica, la Santa Sede, son, pues, expresiones idénticas que designan la autoridad doctoral del Papa. Semejante expresión se halla ya en la Santa Escritura. Nuestro Señor dice (Mat. XXIII, 2): que “los Escribas y Fariseos están sentados en la  cátedra de Moisés”, para indicar que, en la religión judía, ellos eran los representantes de Moisés y los que tenían el derecho de enseñar.
  
(3) Los teólogos van más lejos y se preguntan si el Papa, en cuanto es doctor privado, puede caer en la herejía y adherirse a ella consciente y obstinadamente. La opinión general es que accidentalmente y por ignorancia puede errar sobre la fe, pero en virtud de la divina Providencia, no suponen que puede perseverar en su error y que pueda llegar a ser hereje formal. Mas si tal cosa sucediera, ellos creen que un Papa, por el mero hecho de caer formalmente hereje, ya no sería miembro de la Iglesia, a fortiori, ya no podría ser su cabeza. Sería, en este caso, declarado desposeído de su dignidad por el cusrpo de los obispos, y, según [Aurelio] Palmieri, sería el mismo Dios quien le despojaría de su jurisdicción suprema» [Canónigo Dr. AUGUSTO BOULENGER. Manual de Apologética, 1.ª ed. española a partir de la 5.ª ed. francesa (Canónigo Joaquín Sendra Pastor, trad.) Barcelona, Imprenta Políglota, pág. 424, nota al pie].
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Conclusiones y verdades para destacar:
  1. No debemos entender por “ex cáthedra” solamente el Magisterio Extraordinario/Solemne del Papa, sino sino todo el magisterio del Papa en cuanto doctor público y oficial de la Iglesia.
  2. “Ex Cáthedra” es el magisterio infalible del Papa, el cual también puede ser expresado en el magisterio ordinario.
  3. ¿Hay algún magisterio del Papa en cuanto doctor público que no sea necesariamente infalible? Sí. Aun así, si bien no sea infalible, ESTO NO QUIERE DECIR QUE ESTE SEA HERÉTICO. Infalible o inerrante, indefectibilidad positiva o negativa, irreformable o reformable, no importa, pues el hecho es que NUNCA UN PAPA PUEDE, COMO PERSONA PÚBLICA, PROPONER DOCTRINAS O DISPOSICIONES HERÉTICAS, o proponer o disponer HEREJÍAS YA CONDENADAS POR LA IGLESIA, como las de la libertad religiosa, el ecumenismo, etc.
  4. De Roncalli a Prévost, todos los falsos Papas del Vaticano II han, como persona pública y no privada, como “DOCTOR PÚBLICO Y OFICIAL” y no como doctor particular, propuesto e impuesto a toda la Iglesia herejías y errores ya condenados, e incluso los han propuesto o impuesto por todos los medios y expedientes posibles: homilías, concilio, sínodos, catecismo, código de derecho canónico, liturgia, documentos, encíclicas, alocuciones, etc.
  5. Todos los “tradicionalistas” —léase: GALICANOS— asumen una CONCEPCIÓN MINIMALISTA y FALSA de “EX CÁTHEDRA”, como si se relacionase solamente con el Magisterio Extraordinario y Solemne.
  6. Siempre que un Papa enseña, esa enseñanza es, necesariamente, ex cáthedra.
  7. Siempre que un Papa se expresa como doctor público y oficial, como persona pública, está expresándose “ex cáthedra”.
  8. Por consiguiente, se excluyen los casos en que un Papa habla como doctor privado, como persona o creyente particular, lo que no es el caso de estos falsos papas conciliabulares, puesto que ellos se valieron de medios ordinarios y extraordinarios (como un concilio) a fin de enseñar y oficializar herejías condenadas.
  9. La opinión general de los teólogos AUTORIZADOS (no se habla aquí de los “teólogos” desautorizados de la FSSPX y similares), es la de que un Papa, COMO DOCTOR PRIVADO o PARTICULAR, puede errar, ACCIDENTALMENTE y POR IGNORANCIA, aunque NO PODRÍA PERSEVERAR EN EL ERROR.
  10. En el caso que perseverase en el error —repito: COMO DOCTOR PARTICULAR, puesto que como DOCTOR OFICIAL Y PÚBLICO ESTA HIPÓTESIS ESTÁ DESCARTADA—, esto bastaría para que dejase de ser miembro de la Iglesia y, más aún, su jefe.
  11. En esta hipótesis, los obispos podrían reunirse para entonces declararlo privado de dignidad —una declaración, que destacándose, SERÍA MERAMENTE DECLARATIBA y NO CONSTITUTIVA, puesto que un Papa no puede ser juzgado por nadie, a menos que haya dejado de ser Papa por el propio Dios por herejía flagrante, pública o notoria.
  12. Es el mismo Dios quien le quita la jurisdicción suprema a un Papa. Y aquí se habla de un Papa verdadero, válida y canónicamente elegido, en una hipótesis (¿absurda?) de que este intentase perseverar en un error contra la fe en cuanto doctor particular.
  13. Los falsos Papas conciliabulares (De Roncalli a Prévost) han:
    1. Pecado contra la fe de forma perseverante, obstinada, recalcitrante y renitente;
    2. Promovido, promulgado, aprobado y enseñado, por todos los medios y expedientes disponibles, herejías ya condenadas por la Iglesia;
    3. La herejía obstinada e permanente de estos falsos Papas no se restringe a una única herejía o error, sino a varias; o sea, se tratan de múltiples herejías que reverberan en apostasía y en la edificación de toda una falsa religión en cuanto se condena, proscribe y destruye toda la Religión Católica;
    4. Las herejías perseveradas y obstinadas de los falsos papas no se restringen a un momento, acto, caso específico o a un único “papa”, sino a 7 falsos papas;
    5. Las herejías perseveradas y obstinadas de los falsos papas ¡ya llevan más de 60 años!;
    6. Las herejías de los falsos papas no son solo perseveradas y obstinadas, sino, mucho peor, ¡son radicalizadas, profundizadas, llevadas a las últimas consecuencias, agravadas, INVETERADAS y empeoradas!

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+Jorge de la Compasión (Autor del blog)

Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)