Desde Radio Cristiandad
Armenia, Bulgaria, Chipre, Grecia, Lituania, Malta, Mónaco, San Marino, Rumania y Rusia piden participar en el segundo juicio en el Tribunal Europeo de DD.HH. Es sobre la sentencia que prohibía el crucifijo en las aulas de las escuelas italianas.
Por primera vez en la historia del  Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), diez Estados miembros,  entre ellos Rusia, se han declarado como “amicus curiae” (es decir,  tercera parte) ante la sentencia dictada contra el Estado italiano que  prohíbe el crucifijo en las aulas de las escuelas y que será analizada  por la Gran Sala de ese Tribunal el 30 de junio.
El Tribunal comunicó este martes al  Centro Europeo para el Derecho y la Justicia (European Centre For Law  And Justice, ECLJ), la lista de los miembros que han salido en defensa  de Italia: Armenia, Bulgaria, Chipre, Grecia, Lituania, Malta, Mónaco,  San Marino, Rumania, y la Federación Rusa.
Estos diez Estados, que forman parte de  las 47 naciones del Consejo de Europa, han pedido formalmente al  Tribunal presentarse oficialmente como “tercera parte” cuando el caso se  presente ante la Cámara. La condición de “tercera parte” permite a los  Estados convertirse oficialmente en parte de un caso y presentar al  Tribunal sus observaciones escritas y orales.
Todos intervienen en apoyo al Estado  italiano que trata de anular la sentencia del mes de noviembre pasado  que prohíbe los crucifijos en las aulas de clase. Al mismo tiempo, doce  organizaciones no gubernamentales (ONG’S) han sido admitidas por el  Tribunal como “tercera parte”. Ningún Estado u ONG ha intervenido en  apoyo de esa sentencia.
Además de esos diez Estados miembros,  otros Estados se han pronunciado contra la sentencia del 3 de noviembre  de 2009, como es el caso de Austria o Polonia, que emitieron  pronunciamientos políticos el 19 de noviembre y el 3 de diciembre de  2009 respectivamente.
“Se trata de un precedente importante  para la vida del Tribunal, pues en general los Estados miembros se  abstienen de intervenir o intervienen sólo cuando el caso afecta a un  ciudadano de su Estado”, explica a la agencia Zenit Gregor Puppinck,  director del Centro Europeo para el Derecho y la Justicia.
“El ‘caso del Crucifijo’ es único y no  tiene precedentes. Diez Estados han decidido explicar a la Corte cuál es  el límite de su jurisdicción, cuál es el límite de su capacidad para  crear nuevos ‘derechos’ contra la voluntad de los Estados miembros.  Puede verse en todo esto un contra-balance de su poder”, añade Puppinck  en declaraciones a Zenit.
No tiene precedentes esta alianza entre  países católicos y ortodoxos frente a la ideología liberal y secular.  Unen fuerzas para proteger su herencia religiosa y su libertad y poder  reafirmar el derecho de los símbolos cristianos de estar presentes en el  espacio público de sus respectivos países.
El juicio
El caso Lautsi, o “caso del Crucifijo”  fue remitido a la Gran Cámara del tribunal después de que el Gobierno  italiano apelara, el pasado 28 de enero, contra la sentencia emitida por  la Sección Segunda del Tribunal el 3 de noviembre de 2009.
En esta primera decisión, el tribunal  dictaminó que la presencia del crucifijo en las aulas es “contraria al  derecho de los padres a educar a sus hijos en la línea de sus propias  convicciones y al derecho de los niños a la libertad religiosa”, porque  los alumnos italianos se sentirían “educados en un entorno escolar  marcado por una determinada religión”.
El tribunal continuó afirmando que la  presencia del crucifijo podría ser “emocionalmente perturbadora” para el  hijo de la señora Lautsi (la demandante), y, lo más importante, que su  exhibición no podría “fomentar el pensamiento crítico en los alumnos” ni  “servir al pluralismo educativo” esencial para preservar una “sociedad  democrática”.
El tribunal concluyó que eso había sido  una violación del artículo 2 del Protocolo número 1 (Derecho a la  educación), así como del artículo 9 (libertad religiosa) de la  Convención.
Esta decisión ha sido duramente  criticada por expertos políticos y juristas de varios Estados europeos  como una imposición del “laicismo”. En concreto, se ha reafirmado que la  Convención Europea de Derechos Humanos nunca ha requerido que el Estado  deba “observar la neutralidad confesional en el contexto de la  educación pública” o de cualquier otro sector público.
De hecho, varios Estados miembros del  Consejo de Europa son “Estados confesionales” con una religión oficial o  un reconocimiento de Dios en sus leyes y constituciones.
Al conceder el pasado 2 de marzo la  remisión ante la Gran Cámara de la decisión de noviembre, el tribunal ha  reconocido que la decisión de noviembre plantea graves problemas  legales y debe ser reconsiderada por la formación del tribunal.
El pasado 29 de abril, el Gobierno  italiano presentó su memorándum al Tribunal explicando que los jueces de  Estrasburgo no tienen competencias para imponer el laicismo a un país,  en particular a Italia, nación caracterizada por su mayoritaria práctica  religiosa e identidad católica.
La decisión del tribunal, tras la  audiencia pública de la Gran Sala que se celebrará el 30 de junio, será  publicada a finales de año.
Fuente: Zenit y ReligionenLibertad.com
 
 
 
 

 
 
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Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)