Traducción del artículo publicado el lunes 22 de Julio de 2019 por Francesco Boezi en ILGIORNALE.IT, y en RADIO SPADA el jueves 25 del mismo mes. Dedicado a quienes todavía contraponen Francisco a Benedicto.
La voz es de aquellos que pueden aclarar mejor la relación sostenida, desde antiguo, entre el papa reinante y el emérito: un sacerdote argentino ha referido cómo Benedicto XVI había pedido a Jorge Mario Bergoglio la disponibilidad para recibir el encargo de secretario de Estado, esto es, de “ministro de Exteriores” del Vaticano.
El encargo que después asumió el cardenal Tarcisio Bertone con 
Joseph Ratzinger y el cardenal Pietro Parolin, años después, con la llegada del papa Francisco.
Siempre
 según la versión del clérigo sudamericano, el entonces arzobispo de 
Buenos Aires, en la época, ha preferido declinar. Estábamos en los
albores del pontificado del teólogo tedesco. El 
arzobispo de Buenos
 Aires, según algunas reconstrucciones periodísticas sobre el Cónclave 
que eligió al ex-prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 
ya había tenido forma de confrontarse con el que habría devenido el 
sucesor del Papa Juan Pablo II: algunos cardenales –sostienen algunas 
fuentes, como el conocido “diario secreto” de un purpurado–
habían ya optado por votar al argentino, pero, precisamente la voluntad 
estrecha de aquél que después elegiría llamarse Francisco, esto es, la 
de evitar el impase debido al truncado porcentaje de los dos tercios de 
las preferencias, había desbloqueado las operaciones de voto, 
consintiendo en alguna forma que Joseph Ratzinger se sentara en el solio
 de San Pedro.
Luego, Benedicto XVI habría identificado en Jorge Mario 
Bergoglio la figura eclesiástica más adecuada para modificar profundamente algunos mecanismos eclesiásticos.
Los párrafos de la narración del consagrado argentino son profundizadas también en Crux,
 donde
 se lee: “El pobre Benedicto intentó enfrentarlo (refiriéndose a la
 necesidad impelente de una reforma, N. de R.) y, para hacerlo, se 
acercó a Bergoglio para nombrarlo como su Secretario de Estado, pero 
Jorge le dijo que no”. El nombre del sacerdote narrante es Fernando 
Pedro Miguens Dedyn [nacido el 30 de julio de 1944, ordenado en Madrid el 31 de agosto de 1969, e incardinado en la diócesis de San Miguel tras abandonar el Opus Dei, donde fue rector del seminario local, N. del T.],
 que después ha continuado así: “Benedicto quería elegir a alguien 
que tuviera las uñas de un ‘guitarrista’ para que esta persona pudiera 
enfrentar la reforma”. Lo que también puede ser interpretado así: el 
actual papa 
emérito consideraba que Jorge Mario Bergoglio podía dar la sterzata 
necesaria a la Iglesia católica. ¿Pero por qué el hombre que después devendría en pontífice,
 ahora casi quince años ha, escogió, en el caso de que la narrativa de 
Miguens resultase verdadera, no transferirse a Roma par a
coadyuvar a Benedicto XVI?
Sobre
 esta pregunta, con toda probabilidad, se consentrarán los esfuerzos 
para verificar, desde un punto de vista periodístico, la veridicidad del
 cuadro presentado.
COMENTARIO DE JORGE RONDÓN SANTOS: Esto se sumaría a lo dicho por el vaticanista Sandro Magister en su artículo “Bergoglio in pole position”
 (L’Espresso, n. 49 del 28 de noviembre-5 de diciembre de 2002, 
republicado en Settimo Cielo con el título “Jorge Mario Bergoglio, 
professione servo dei servi di Dio”), que «en el Sínodo de los Obispos 
del otoño del 2001, le pidieron a Bergoglio, de buenas a primeras, tomar
 el puesto del relator en el programa, que había abandonado la sesión. 
Lo realizó con maestría, al punto que al final del sínodo, al momento de
 nombrar los 12 miembros del consejo de secretaría, lo eligieron con la 
mayor votación; y alguien, en el Vaticano, pensó en llamarlo a dirigir 
un importante dicasterio, a lo que repuso: “Por caridad, en la Curia me 
muero”», declinando el ofrecimiento.

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios deberán relacionarse con el artículo. Los administradores se reservan el derecho de publicación, y renuncian a TODA responsabilidad civil, administrativa, penal y canónica por el contenido de los comentarios que no sean de su autoría. La blasfemia está estrictamente prohibida, y los insultos a la administración constituyen causal de no publicación.
Comentar aquí significa aceptar las condiciones anteriores. De lo contrario, ABSTENERSE.
+Jorge de la Compasión (Autor del blog)
Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)