Noticias tomadas de distintas fuentes.
1.º ARGENTINA: CONDENA CANÓNICA A PRESBÍTERO ABUSADOR CUYO CASO PRESCRIBIÓ EN LA JUSTICIA SEGLAR (¿Y EN LOS CASOS CONTRARIOS QUÉ?).
El Vaticano confirmó la culpabilidad del presbítero argentino Damián Rodríguez Alcobendas al rechazar el recurso de apelación contra la sentencia dictada en el proceso administrativo penal canónico iniciado en su contra por abusar sexualmente de un menor, informó la diócesis de San Isidro en un comunicado.
La decisión del Colegio para el Examen de los Recursos en Materia de Delitos Graves de la Santa Sede ratifica la prohibición perpetua para ejercer cualquier oficio eclesiástico o función directiva o administrativa en parroquias, seminarios o instituciones vinculadas. Tampoco podrá desempeñar funciones dependientes de autoridades eclesiásticas ni ejercer la docencia en áreas teológicas o pastorales. Asimismo, tiene prohibido recibir encargos de tutoría o asesoramiento de menores de edad en cualquier ámbito.
Adicionalmente, se le impuso una suspensión de ejercicio público del presbiterado por cinco años, so pena de reducción al estado laical.
Rodríguez Alcobendas, “instalado” presbítero en 1980 y conocido en la diócesis como “padre Damián”, estuvo durante años en la Parroquia Santa Rita, junto al Colegio Juan XXIII (donde el expresbítero Cristian Gramlich –parte de la comisión redactora del Misal de Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay– también cometió abusos a niños, como antes lo había hecho en el Colegio Carmen Arriola de Marín), y fue durante 15 años párroco de la Parroquia Sagrada Familia de Nordelta, una zona residencial acomodada del partido de Tigre, en el conurbano de Buenos Aires, y capellán en varios colegios católicos del complejo, como el colegio “Cardenal Pironio”. Durante la Semana Santa de 2020, “bendijo” las casas desde el platón de una camioneta 4×4 donde recorría las calles y solicitaba donaciones por transferencia electrónica.
Los hechos por los que fue condenado ocurrieron entre 2003 y 2004 y fueron denunciados en 2025, únicamente en el ámbito eclesiástico. La causa no prosperó en la justicia civil argentina debido a la prescripción del delito, pero sí avanzó en la vía canónica hasta llegar a la instancia de apelación ante la Santa Sede.
En 2025, ya envuelto en esa polémica, fue removido de la parroquia de Nordelta y nombrado capellán en la sede de Pacheco de la Congregación de las Hermanas Siervas de María.
A diferencia de ocho años antes (cuando el obispón José Vicente Ojea Quintana tuvo que pedir disculpas públicas y vender varias propiedades para resarcir a las víctimas del presbítero José Antonio Mercau, condenado a 14 años de prisión en 2011 –de los que solo cumplió cuatro por la ley del “2×1” vigente en la época– y laicizado en 2014 para evitar un juicio contra la diócesis), el comunicado no fue leído por las parroquias sanisidrenses.
Otros presbíteros y obispones convictos por la justicia seglar, como Julio César Grassi Arzúa o Gustavo Óscar Zanchetta, sin embargo, no han sido procesados por el derecho canónico.
2.º ITALIA: PRESCRIPCIÓN SEGLAR Y CANÓNICA A PRESBÍTERO DENUNCIADO DE ACTOS ABUSIVOS.
El 1 de Marzo, la asociación italiana Rete L’Abuso informó que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe del Vaticano había confirmado que se aplicaría la prescripción en el caso del presbítero italiano Valentino Salvoldi, de la diócesis de Bérgamo.
“Instalado” presbítero el 18 de Marzo de 1970 Salvoldi sirvió como misionero “Donum fídei” en varios países africanos y se presentó como profesor de filosofía y teología moral involucrado en la formación del clero.
Describiéndose a sí mismo como un “mendigo de amor”, promovió una espiritualidad centrada en el afecto, el cuerpo y la cercanía física, posicionándose a menudo como crítico de lo que consideraba una Iglesia “rígida”.
Salvoldi ha sido acusado por al menos 21 individuos —todos hombres e incluso menores en ese momento— de abuso sexual presuntamente cometido durante campamentos juveniles y retiros espirituales entre los años 1990 y principios de los 2000.
Las alegaciones describen un patrón de besos prolongados, contacto físico inapropiado, compartir camas y prácticas espirituales manipuladoras presentadas como “expresiones de afecto y educación religiosa” para un grupo élite. Salvoldi ha negado cualquier irregularidad, describiendo sus acciones como gestos de ternura dentro de un contexto pastoral.
El 3 de Septiembre de 2024, la fiscal adjunta de Údine Elena Torresin cerró la investigación penal porque los presuntos delitos habían excedido el plazo legal para el enjuiciamiento. No hubo juicio ni valoración de pruebas. Solo un acto administrativo en que simplemente se dijo que pasó del tiempo.
El Dicasterio también se negó a levantar la prescripción especial (a diferencia del caso ordinario de cinco años previsto en el canon 1362 wojtiliano, el Motu proprio “Sacramentórum sanctitátis tutéla” prevé en su artículo 7.º, parágrafo 1.º un período de prescripción de 20 años desde que la víctima de abuso cumpla 18 años) en 2025, terminando efectivamente los procedimientos internos de la Iglesia, que iniciaron después de la decisión seglar.
Por consiguiente, no se celebrará ni un juicio civil ni uno canónico. Este resultado está en conflicto con las repetidas declaraciones del Vaticano con respecto a la “tolerancia cero” y la posibilidad de renunciar a la prescripción en casos de abuso (posibilidad prevista en el artículo 8.º parágrafo 3.º del motu anterior citado).
3.º ESPAÑA: PRESBÍTERO TUITERO “SACERDOS MARIÆ” FUE CAPELLÁN HOSPITALARIO A PESAR DE HABÉRSELE HALLADO PORNOGRAFÍA INFANTIL EN SU ORDENADOR HACE 16 AÑOS (Y LA ARCHIDIÓCESIS DE VALENCIA SE INDIGNA PORQUE SE REVELA ESA CIRCUNSTANCIA).
El presbítero español Francisco de Borja Escrivá Muñoz, conocido en redes sociales como “Sacerdos Mariæ”, había sido nombrado capellán hospitalario por el arzobispón de Valencia Enrique Benavente a sabiendas de que fue procesado penalmente por posesión y distribución de pornografía infantil, informó Infovaticana el 26 de Febrero.
“Instalado” presbítero el 24 de Junio de 2004, Escrivá Muñoz había sido enviado como vicario parroquial de San Jaime Apóstol de Algemesí (Valencia), donde “le cayó la ley” en el marco de la “Operación Telémaco”, siendo acusado por el Juzgado de Instrucción N.º 3 de Cangas (Pontevedra, Galicia) de posesión y distribución de pornografía infantil según el artículo 189.5 del Código penal español.
El presbítero fue declarado culpable por el Juzgado penal de primera instancia de Valencia toda vez que se acreditó la posesión del material gráfico descargado desde la dirección IP de la parroquia, y que el hecho que estuviese almacenado y clasificado en una carpeta específica de su ordenador era indicio de una conducta activa de gestión y conservación del contenido más allá de la simple descarga automática desde una red P2P como sostenía la defensa.
Aun así, la Audiencia Provincial revocó la sentencia de primera instancia en 2018, aduciendo que si bien el contenido descargado era de menores desnudos, no se presentaba en dicho contenido la comisión de actos de naturaleza sexual, por lo que faltaba la configuración objetiva del tipo penal en cuestión, declarando inocente a Escrivá Muñoz.
A la vista de esta providencia, la Archidiócesis de Valencia (in illo témpore dirigida por el neoconservador Antonio Cañizares Llovera) decidió restablecer en sus funciones ministeriales a Escribá Muñoz. No solo eso, sino que su sucesor Enrique Benavent Vidal lo autorizó para participar en nombre de su iglesia en debates por redes sociales, como lo hace bajo los alias de “Sacerdos in æternum” o “Sacerdos Mariæ”, y hasta Julio de 2025, fungió como capellán hospitalario, de lo cual presumió en una publicación de su cuenta en Twitter enlazando a un artículo de prensa del diario El Debate. Actualmente, ejerce como vicedirector de la Delegación de Espiritualidad y conciliario de la Adoración Nocturna Femenina en la archidiócesis.
La Archidiócesis valentina no solo salió en defensa de Escrivá Muñoz basándose en la sentencia de segunda instancia de la Audiencia Provincial, sino que informalmente manifestó malestar porque salió a la luz mediante Infovaticana, no obstante que el medio les ofreció tanto al presbítero como a la archidiócesis la oportunidad de dar su versión de los hechos en un tiempo razonable, como demanda la caridad cristiana y la ética profesional.
La archidiócesis prefirió que prevaleciera su imagen pública que las víctimas o el prójimo escandalizado. «Por encima de las víctimas está el bien de la Iglesia», dijo literalmente un funcionario eclesiástico español en el Vaticano. Pero Dios, «ante quién no hay nada oculto, sino que todas las cosas están patentes» (Hebr. IV, 16), tendrán que dar cuentas.






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+Jorge de la Compasión (Autor del blog)
Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)