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jueves, 15 de junio de 2023

ENCÍCLICA “Mirári vos” CONTRA EL LIBERALISMO E INDIFERENTISMO

Tras la “Restauración borbónica” y la progresiva separación Iglesia-Estado en el siglo XIX, algunos católicos (especialmente en Francia) consideraron que el liberalismo era la mejor forma de conservar la independencia de la Iglesia. En tal sentido y contexto, Hugo Felicidad de Lamennais, Enrique Lacordaire OP y Carlos de Montalembert, fundadores del periódico L’Avenir, viajaron de París a Roma para pedir audiencia con Gregorio XVI, el cual si bien los recibió, no dijo nada al respecto y sí invitó al cardenal Bartolomé Pacca, crítico del periódico.
    
Gregorio redactó la encíclica “Mirári vos” condenando el liberalismo que proponía la separación Iglesia-Estado, el indiferentismo religioso y la “libertad de imprenta” en cuanto propagadora de los errores, teorías que Lamennais defendía en L’Avenir. en la encíclica, 

ENCICLICA DEL SUMO PONTÍFICE GREGORIO XVI “Mirári vos”, CONTRA EL LIBERALISMO E INDIFERENTISMO
    

A todos los Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos del mundo católico.

Papa Gregorio XVI. 
Venerables Hermanos, Salud y Bendición Apostólica.

Admirados tal vez estáis, Venerables Hermanos, porque desde que sobre Nuestra pequeñez pesa la carga de toda la Iglesia, todavía no os hemos dirigido Nuestras Cartas según Nos reclamaban así el amor que os tenemos como una costumbre que viene ya de los primeros siglos. Ardiente era, en verdad, el deseo de abriros inmediatamente Nuestro corazón, y, al comunicaros Nuestro mismo espíritu, haceros oír aquella misma voz con la que, en la persona del beato Pedro, se Nos mandó confirmar a nuestros hermanos [cf. San Lucas XXII, 32].

Pero bien conocida os es la tempestad de tantos desastres y dolores que, desde el primer tiempo de nuestro Pontificado, Nos lanzó de repente a alta mar; en la cual, de no haber hecho prodigios la diestra del Señor, Nos hubiereis visto sumergidos a causa de la más negra conspiración de los malvados. Nuestro ánimo rehuye el renovar nuestros justos dolores aun sólo por el recuerdo de tantos peligros; preferimos, pues, bendecir al Padre de toda consolación que, humillando a los perversos, Nos libró de un inminente peligro y, calmando una tan horrenda tormenta, Nos permitió respirar. Al momento Nos propusimos daros consejos para sanar las llagas de Israel, pero el gran número de cuidados que pesó sobre Nos para lograr el restablecimiento del orden público, fue causa de nueva tardanza para nuestro propósito.

La insolencia de los facciosos, que intentaron levantar otra vez bandera de rebelión, fue nueva causa de silencio. Y Nos, aunque con grandísima tristeza, nos vimos obligados a reprimir con mano dura [1 Corintios IV, 21] la obstinación de aquellos hombres cuyo furor, lejos de mitigarse por una impunidad prolongada y por nuestra benigna indulgencia, se exaltó mucho más aún; y desde entonces, como bien podéis colegir, Nuestra preocupación cotidiana fue cada vez más laboriosa.

Mas habiendo tomado ya posesión del Pontificado en la Basílica de Letrán, según la costumbre establecida por Nuestros mayores, lo que habíamos retrasado por las causas predichas, sin dar lugar a más dilaciones, Nos apresuramos a dirigiros la presente Carta, testimonio de Nuestro afecto para con vosotros, en este gratísimo día en que celebramos la solemne fiesta de la gloriosa Asunción de la Santísima Virgen, para que Aquella misma, que Nos fue patrona y salvadora en las mayores calamidades, Nos sea propicia al escribiros, iluminando Nuestra mente con celestial inspiración para daros los consejos que más saludables puedan ser para la grey cristiana.

Los males actuales
2. Tristes, en verdad, y con muy apenado ánimo Nos dirigimos a vosotros, a quienes vemos llenos de angustia al considerar los peligros de los tiempos que corren para la religión que tanto amáis. Verdaderamente, pudiéramos decir que ésta es la hora del poder de las tinieblas para cribar, como trigo, a los hijos de elección [San Lucas XXII, 53]. Sí; «la tierra está en duelo y perece, inficionada por la corrupción de sus habitantes, porque han violado las leyes, han alterado el derecho, han roto la alianza eterna» [Isaías XXIV, 5]. Nos referimos, Venerables Hermanos, a las cosas que veis con vuestros mismos ojos y que todos lloramos con las mismas lágrimas. Es el triunfo de una malicia sin freno, de una ciencia sin pudor, de una disolución sin límite. Se desprecia la santidad de las cosas sagradas; y la majestad del divino culto, que es tan poderosa como necesaria, es censurada, profanada y escarnecida: De ahí que se corrompa la santa doctrina y que se diseminen con audacia errores de todo género. Ni las leyes sagradas, ni los derechos, ni las instituciones, ni las santas enseńanzas están a salvo de los ataques de las lenguas malvadas.

Se combate tenazmente a la Sede de Pedro, en la que puso Cristo el fundamento de la Iglesia, y se quebrantan y se rompen por momentos los vínculos de la unidad. Se impugna la autoridad divina de la Iglesia y, conculcados sus derechos, se la somete a razones terrenas, y, con suma injusticia, la hacen objeto del odio de los pueblos reduciéndola a torpe servidumbre. Se niega la obediencia debida a los Obispos, se les desconocen sus derechos. Universidades y escuelas resuenan con el clamoroso estruendo de nuevas opiniones, que no ya ocultamente y con subterfugios, sino con cruda y nefaria guerra impugnan abiertamente la fe católica. Corrompidos los corazones de los jóvenes por la doctrina y ejemplos de los maestros, crecieron sin medida el daño de la religión y la perversidad de costumbres. De aquí que roto el freno de la religión santísima, por la que solamente subsisten los reinos y se confirma el vigor de toda potestad, vemos avanzar progresivamente la ruina del orden público, la caída de los príncipes, y la destrucción de todo poder legítimo. Debemos buscar el origen de tantas calamidades en la conspiración de aquellas sociedades a las que, como a una inmensa sentina, ha venido a parar cuanto de sacrílego, subversivo y blasfemo habían acumulado la herejía y las más perversas sectas de todos los tiempos.

Los Obispos y la Cátedra de Pedro
3. Estos males, Venerables Hermanos, y muchos otros más, quizá más graves, enumerar los cuales ahora sería muy largo, pero que perfectamente conocéis vosotros, Nos obligan a sentir un dolor amargo y constante, ya que, constituidos en la Cátedra del Príncipe de los Apóstoles, preciso es que el celo de la casa de Dios Nos consuma como a nadie. Y, al reconocer que se ha llegado a tal punto que ya no Nos basta el deplorar tantos males, sino que hemos de esforzarnos por remediarlos con todas nuestras fuerzas, acudimos a la ayuda de vuestra fe e invocamos vuestra solicitud por la salvación de la grey católica, Venerables Hermanos, porque vuestra bien conocida virtud y religiosidad, así como vuestra singular prudencia y constante vigilancia, Nos dan nuevo ánimo, Nos consuelan y aun Nos recrean en medio de estos tiempos tan tristes como desgarradores.

Deber Nuestro es alzar la voz y poner todos los medios para que ni el selvático jabalí destruya la vińa, ni los rapaces lobos sacrifiquen el rebaño. A Nos pertenece el conducir las ovejas tan sólo a pastos saludables, sin mancha de peligro alguno. No permita Dios, carísimos Hermanos, que en medio de males tan grandes y entre tamaños peligros, falten los pastores a su deber y que, llenos de miedo, abandonen a sus ovejas, o que, despreocupados del cuidado de su grey, se entreguen a un perezoso descanso. Defendamos, pues, con plena unidad del mismo espíritu, la causa que nos es común, o mejor dicho, la causa de Dios, y mancomunemos vigilancia y esfuerzos en la lucha contra el enemigo común, en beneficio del pueblo cristiano.

4. Bien cumpliréis vuestro deber si, como lo exige vuestro oficio, vigiláis tanto sobre vosotros como sobre vuestra doctrina, teniendo presente siempre, que «toda la Iglesia sufre con cualquier novedad» [1], y que, según consejo del pontífice San Agatón, «nada debe quitarse de cuanto ha sido definido, nada mudarse, nada añadirse, sino que debe conservarse puro tanto en la palabra como en el sentido» [2]. Firme e inconmovible se mantendrá así la unidad, arraigada como en su fundamento en la Cátedra de Pedro para que «todos encuentren baluarte, seguridad, puerto tranquilo y tesoro de innumerables bienes allí mismo donde las Iglesias todas tienen la fuente de todos sus derechos» [3]. Para reprimir, pues, la audacia de aquellos que, ora intenten infringir los derechos de esta Sede, ora romper la unión de las Iglesias con la misma, en la que solamente se apoyan y vigorizan, es preciso inculcar un profundo sentimiento de sincera confianza y veneración hacia ella, clamando con San Cipriano, que «en vano alardea de estar en la Iglesia el que abandona la Cátedra de Pedro, sobre la cual está fundada la Iglesia» [4].
    
5. Debéis, pues, trabajar y vigilar asiduamente para guardar el depósito de la fe, precisamente en medio de esa conspiración de impíos, cuyos esfuerzos para saquearlo y arruinarlo contemplamos con dolor. Tengan todos presente que el juzgar de la sana doctrina, que los pueblos han de creer, y el régimen y administración de la Iglesia universal toca al Romano Pontífice, «a quien Cristo le dio plena potestad de apacentar, regir y gobernar la Iglesia universal», según enseñaron los Padres del Concilio de Florencia [5]. Por lo tanto, cada Obispo debe adherirse fielmente a la Cátedra de Pedro, guardar santa y religiosamente el depósito de la santa fe y gobernar el rebaño de Dios que le haya sido encomendado. Los presbíteros estén sujetos a los Obispos, considerándolos, según aconseja San Jerónimo, como «padre de sus almas» [6]; y jamás olviden que aun la legislación más antigua les prohibe desempeñar ministerio alguno, enseñar y predicar «sin licencia del Obispo, a cuyo cuidado se ha encomendado el pueblo, y a quien se pedirá razón de las almas» [7]. Finalmente téngase como cierto e inmutable que todos cuantos intenten algo contra este orden establecido perturban, bajo su responsabilidad, el estado de la Iglesia.

Disciplina de la Iglesia, inmutable
6. Reprobable, sería, en verdad, y muy ajeno a la veneración con que deben recibirse las leyes de la Iglesia, condenar por un afán caprichoso de opiniones cualesquiera, la disciplina por ella sancionada y que abarca la administración de las cosas sagradas, la regla de las costumbres, y los derechos de la Iglesia y de sus ministros, o censurarla como opuesta a determinados principios del derecho natural o presentarla como defectuosa o imperfecta, y sometida al poder civil.

En efecto, constando, según el testimonio de los Padres de Trento [8], que «la Iglesia recibió su doctrina de Cristo Jesús y de sus Apóstoles, que es enseñada por el Espíritu Santo, que sin cesar la sugiere toda verdad», es completamente absurdo e injurioso en alto grado el decir que sea necesaria cierta «restauración y regeneración» para volverla a su incolumidad primitiva, dándola nuevo vigor, como si pudiera ni pensarse siquiera que la Iglesia está sujeta a defecto, a ignorancia o a cualesquier otras imperfecciones. Con cuyo intento pretenden los novadores «echar los fundamentos de una institución humana moderna», para así lograr aquello que tanto horrorizaba a San Cipriano, esto es, que la Iglesia, que es cosa divina, «se haga cosa humana» [9]. Piensen pues, los que tal pretenden que sólo al Romano Pontífice, como atestigua San León, «ha sido confiada la constitución de los cánones»; y que a él solo compete, y no a otro, juzgar acerca de los antiguos decretos, o como dice San Gelasio: «Pesar los decretos de los cánones, medir los preceptos de sus antecesores para atemperar, después de un maduro examen, los que hubieran de ser modificados, atendiendo a los tiempos y al interés de las Iglesias» [10].

Celibato clerical
7. Queremos ahora Nos excitar vuestro gran celo por la religión contra la vergonzosa liga que, en dańo del celibato clerical, sabéis cómo crece por momentos, porque hacen coro a los falsos filósofos de nuestro siglo algunos eclesiásticos que, olvidando su dignidad y estado y arrastrados por ansia de placer, a tal licencia han llegado que en algunos lugares se atreven a pedir, tan pública como repetidamente, a los Príncipes que supriman semejante imposición disciplinaria. Rubor causa el hablar tan largamente de intentos tan torpes; y fiados en vuestra piedad, os recomendamos que pongáis todo vuestro empeño en guardar, reivindicar y defender íntegra e inquebrantable, según está mandado en los cánones, esa ley tan importante, contra la que se dirigen de todas partes los dardos de los libertinos.

Matrimonio cristiano
8. Aquella santa unión de los cristianos, llamada por el Apóstol «sacramento grande en Cristo y en la Iglesia» [Hebreos XIII, 4; y Efesios V, 32], reclama también toda nuestra solicitud, por parte de todos, para impedir que, por ideas poco exactas, se diga o se intente algo contra la santidad, o contra la indisolubilidad del vínculo conyugal. Esto mismo ya os lo recordó Nuestro predecesor Pío VIII, de s. m., con no poca insistencia, en sus Cartas. Pero aun continúan aumentando los ataques adversarios. Se debe, pues, enseñar a los pueblos que el matrimonio, una vez constituido legítimamente, no puede ya disolverse, y que los unidos por el matrimonio forman, por voluntad de Dios, una perpetua sociedad con vínculos tan estrechos que sólo la muerte los puede disolver. Tengan presente los fieles que el matrimonio es cosa sagrada, y que por ello está sujeto a la Iglesia; tengan ante sus ojos las leyes que sobre él ha dictado la Iglesia; obedézcanlas santa y escrupulosamente, pues de cumplirlas depende la eficacia, fuerza y justicia de la unión. No admitan en modo alguno lo que se oponga a los sagrados cánones o a los decretos de los Concilios y conozcan bien el mal resultado que necesariamente han de tener las uniones hechas contra la disciplina de la Iglesia, sin implorar la protección divina o por sola liviandad, cuando los esposos no piensan en el sacramento y en los misterios por él significados.

Indiferentismo religioso
9. Otra causa que ha producido muchos de los males que afligen a la Iglesia es el indiferentismo, o sea, aquella perversa teoría extendida por doquier, merced a los engaños de los impíos, y que enseña que puede conseguirse la vida eterna en cualquier religión, con tal que haya rectitud y honradez en las costumbres. Fácilmente en materia tan clara como evidente, podéis extirpar de vuestra grey error tan execrable. Si dice el Apóstol que hay «un solo Dios, una sola fe, un solo bautismo» [Efesios IV, 5], entiendan, por lo tanto, los que piensan que por todas partes se va al puerto de salvación, que, según la sentencia del Salvador, están ellos contra Cristo, pues no están con Cristo [San Lucas XI, 23] y que los que no recolectan con Cristo, esparcen miserablemente, por lo cual «es indudable que perecerán eternamente los que no tengan fe católica y no la guardan íntegra y sin mancha» [11]; oigan a San Jerónimo que nos cuenta cómo, estando la Iglesia dividida en tres partes por el cisma, cuando alguno intentaba atraerle a su causa, decía siempre con entereza: «Si alguno está unido con la Cátedra de Pedro, yo estoy con él» [12]. No se hagan ilusiones porque están bautizados; a esto les responde San Agustín que «no pierde su forma el sarmiento cuando está separado de la vid; pero, ¿de qué le sirve tal forma, si ya no vive de la raíz?» [13].
  
Libertad de conciencia
10. De esa cenagosa fuente del indiferentismo mana aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, la libertad de conciencia. Este pestilente error se abre paso, escudado en la inmoderada libertad de opiniones que, para ruina de la sociedad religiosa y de la civil, se extiende cada día más por todas partes, llegando la impudencia de algunos a asegurar que de ella se sigue gran provecho para la causa de la religión. «Y qué peor muerte para el alma que la libertad del error!», decía San Agustín [14]. Y ciertamente que, roto el freno que contiene a los hombres en los caminos de la verdad, e inclinándose precipitadamente al mal por su naturaleza corrompida, consideramos ya abierto «aquel abismo» [Apocalipsis IX, 3] del que, según vio San Juan, subía un humo que oscurecía el sol y arrojaba langostas que devastaban la tierra. De aquí la inconstancia en los ánimos, la corrupción de la juventud, el desprecio –por parte del pueblo– de las cosas santas y de las leyes e instituciones más respetables; en una palabra, la mayor y más mortífera peste para la sociedad, porque, aun la más antigua experiencia enseña cómo los Estados, que más florecieron por su riqueza, poder y gloria, sucumbieron por el solo mal de una inmoderada libertad de opiniones, libertad en la oratoria y ansia de novedades.

Libertad de imprenta
11. Aquí corresponde hablar de aquella horrible y nunca bastante execrada y detestable libertad de la prensa, si por tal se entiende el derecho de dar a la luz pública toda clase de escritos; libertad la cual tienen algunos el atrevimiento de pedir y promover con gran clamoreo. Nos horrorizamos, Venerables Hermanos, al considerar cuánta extravagancia de doctrinas, o mejor, cuán estupenda monstruosidad de errores se difunden y siembran en todas partes por medio de innumerable muchedumbre de libros, opúsculos y escritos pequeños en verdad por razón del tamaño, pero grandes por su enormísima maldad, de los cuales vemos no sin muchas lágrimas que sale la maldición y que inunda toda la faz de la tierra. Hay, sin embargo, ¡oh dolor!, quienes llevan su osadía a tal grado que aseguran, con insistencia, que este aluvión de errores esparcido por todas partes está compensado por algún que otro libro, que en medio de tantos errores se publica para defender la causa de la religión. Es de todo punto ilícito, condenado además por todo derecho, hacer un mal cierto y mayor a sabiendas, porque haya esperanza de un pequeño bien que de aquel resulte. ¿Por ventura dirá alguno que se pueden y deben esparcir libremente activos venenos, venderlos públicamente y darlos a beber, porque alguna vez ocurre que el que los usa haya sido arrebatado a la muerte?
    
12. Enteramente distinta fue siempre la disciplina de la Iglesia en perseguir la publicación de los malos libros, ya desde el tiempo de los Apóstoles: ellos mismos quemaron públicamente un gran número de libros [Hechos XIX, 19]. Basta leer las leyes que sobre este punto dio el Concilio V de Letrán y la Constitución que fue publicada después por León X, de f. r., a fin de «impedir que lo inventado para el aumento de la fe y propagación de las buenas artes, se emplee con una finalidad contraria, ocasionando dańo a los fieles» [15]. A esto atendieron los Padres de Trento, que, para poner remedio a tanto mal, publicaron el salubérrimo decreto para hacer un Indice de todos aquellos libros, que, por su mala doctrina, deben ser prohibidos [16]. «Hay que luchar valientemente, dice Nuestro predecesor Clemente XIII, de p. m., hay que luchar con todas nuestras fuerzas, según lo exige asunto tan grave, para exterminar la mortífera plaga de tales libros; pues existirá materia para el error, mientras no perezcan en el fuego esos instrumentos de maldad» [17]. Colijan, por tanto, de la constante solicitud que mostró siempre esta Sede Apostólica en condenar los libros sospechosos y dańinos, arrancándolos de sus manos, cuán enteramente falsa, temeraria, injuriosa a la Santa Sede y fecunda en gravísimos males para el pueblo cristiano es la doctrina de quienes, no contentos con rechazar tal censura de libros como demasiado grave y onerosa, llegan al extremo de afirmar que se opone a los principios de la recta justicia, y niegan a la Iglesia el derecho de decretarla y ejercitarla.

Rebeldía contra el poder
13. Sabiendo Nos que se han divulgado, en escritos que corren por todas partes, ciertas doctrinas que niegan la fidelidad y sumisión debidas a los príncipes, que por doquier encienden la antorcha de la rebelión, se ha de trabajar para que los pueblos no se aparten, engańados, del camino del bien. Sepan todos que, como dice el Apóstol, «toda potestad viene de Dios y todas las cosas son ordenadas por el mismo Dios. Así, pues, el que resiste a la potestad, resiste a la ordenación de Dios, y los que resisten se condenan a sí mismos» [Romanos XIII, 2]. Por ello, tanto las leyes divinas como las humanas se levantan contra quienes se empeńan, con vergonzosas conspiraciones tan traidoras como sediciosas, en negar la fidelidad a los príncipes y aun en destronarles.
   
14. Por aquella razón, y por no mancharse con crimen tan grande, consta cómo los primitivos cristianos, aun en medio de las terribles persecuciones contra ellos levantadas, se distinguieron por su celo en obedecer a los emperadores y en luchar por la integridad del imperio, como lo probaron ya en el fiel y pronto cumplimiento de todo cuanto se les mandaba (no oponiéndose a su fe de cristianos), ya en el derramar su sangre en las batallas peleando contra los enemigos del imperio. «Los soldados cristianos, dice San Agustín, sirvieron fielmente a los emperadores infieles; mas cuando se trataba de la causa de Cristo, no reconocieron otro emperador que al de los cielos. Distinguían al Señor eterno del señor temporal; y, no obstante, por el primero obedecían al segundo» [18]. Así ciertamente lo entendía el glorioso mártir San Mauricio, invicto jefe de la legión Tebea, cuando, según refiere Euquerio, dijo a su emperador: «Somos, oh emperador, soldados tuyos, pero también siervos que con libertad confesamos a Dios; vamos a morir y no nos rebelamos; en las manos tenemos nuestras armas y no resistimos porque preferimos morir mucho mejor que ser asesinos» [19]. Y esta fidelidad de los primeros cristianos hacia los príncipes brilla aún con mayor fulgor, cuando se piensa que, además de la razón, según ya hizo observar Tertuliano, «no faltaban a los cristianos ni la fuerza del número ni el esfuerzo de la valentía, si hubiesen querido mostrarse como enemigos: Somos de ayer, y ocupamos ya todas vuestras casas, ciudades, islas, castros, municipios, asambleas, hasta los mismos campamentos, las tribus y las decurias, los palacios, el senado, el foro… ¿De qué guerra y de qué lucha no seríamos capaces, y dispuestos a ello aun con menores fuerzas, los que tan gozosamente morimos, a no ser porque según nuestra doctrina es más lícito morir que matar? Si tan gran masa de hombres nos retirásemos, abandonándoos, a algún rincón remoto del orbe, vuestro imperio se llenaría de vergüenza ante la pérdida de tantos y tan buenos ciudadanos, y os veriais castigados hasta con la destitución. No hay duda de que os espantaríais de vuestra propia soledad…; no encontraríais a quien mandar, tendríais más enemigos que ciudadanos; mas ahora, por lo contrario, debéis a la multitud de los cristianos el tener menos enemigos» [20].

15. Estos hermosos ejemplos de inquebrantable sumisión a los príncipes, consecuencia de los santísimos preceptos de la religión cristiana, condenan la insolencia y gravedad de los que, agitados por torpe deseo de desenfrenada libertad, no se proponen otra cosa sino quebrar y aun aniquilar todos los derechos de los príncipes, mientras en realidad no tratan sino de esclavizar al pueblo con el mismo señuelo de la libertad. No otros eran los criminales delirios e intentos de los valdenses, beguardos, wiclefitas y otros hijos de Belial, que fueron plaga y deshonor del género humano, que, con tanta razón y tantas veces fueron anatematizados por la Sede Apostólica. Y todos esos malvados concentran todas sus fuerzas no por otra razón que para poder creerse triunfantes felicitándose con Lutero por considerarse «libres de todo vínculo»; y, para conseguirlo mejor y con mayor rapidez, se lanzan a las más criminales y audaces empresas.
   
16. Las mayores desgracias vendrían sobre la religión y sobre las naciones, si se cumplieran los deseos de quienes pretenden la separación de la Iglesia y el Estado, y que se rompiera la concordia entre el sacerdocio y el poder civil. Consta, en efecto, que los partidarios de una libertad desenfrenada se estremecen ante la concordia, que fue siempre tan favorable y tan saludable así para la religión como para los pueblos.
   
17. A otras muchas causas de no escasa gravedad que Nos preocupan y Nos llenan de dolor, deben añadirse ciertas asociaciones o reuniones, las cuales, confederándose con los sectarios de cualquier falsa religión o culto, simulando cierta piedad religiosa pero llenos, a la verdad, del deseo de novedades y de promover sediciones en todas partes, predican toda clase de libertades, promueven perturbaciones contra la Iglesia y el Estado; y tratan de destruir toda autoridad, por muy santa que sea.
    
Remedio, la palabra de Dios
18. Con el ánimo, pues, lleno de tristeza, pero enteramente confiados en Aquel que manda a los vientos y calma las tempestades, os escribimos Nos estas cosas, Venerables Hermanos, para que, armados con el escudo de la fe, peleéis valerosamente las batallas del Seńor. A vosotros os toca el mostraros como fuertes murallas, contra toda opinión altanera que se levante contra la ciencia del Señor. Desenvainad la espada espiritual, la palabra de Dios; reciban de vosotros el pan, los que han hambre de justicia. Elegidos para ser cultivadores diligentes en la viña del Señor, trabajad con empeño, todos juntos, en arrancar las malas raíces del campo que os ha sido encomendado, para que, sofocado todo germen de vicio, florezca allí mismo abundante la mies de las virtudes. Abrazad especialmente con paternal afecto a los que se dedican a la ciencia sagrada y a la filosofía, exhortadles y guiadles, no sea que, fiándose imprudentemente de sus fuerzas, se aparten del camino de la verdad y sigan la senda de los impíos. Entiendan que Dios es «guía de la sabiduría y reformador de los sabios» [Sabiduría VII, 15], y que es imposible que conozcamos a Dios sino por Dios, que por medio del Verbo enseña a los hombres a conocer a Dios [21]. Sólo los soberbios, o más bien los ignorantes, pretenden sujetar a criterio humano los misterios de la fe, que exceden a la capacidad humana, confiando solamente en la razón, que, por condición propia de la humana naturaleza, es débil y enfermiza.
    
Los gobernantes y la Iglesia
19. Que también los Príncipes, Nuestros muy amados hijos en Cristo, cooperen con su concurso y actividad para que se tornen realidad Nuestros deseos en pro de la Iglesia y del Estado. Piensen que se les ha dado la autoridad no sólo para el gobierno temporal, sino sobre todo para defender la Iglesia; y que todo cuanto por la Iglesia hagan, redundará en beneficio de su poder y de su tranquilidad; lleguen a persuadirse que han de estimar más la religión que su propio imperio, y que «su mayor gloria será, digamos con San León, cuando a su propia corona la mano del Señor venga a añadirles la corona de la fe». Han sido constituidos como padres y tutores de los pueblos; y darán a éstos una paz y una tranquilidad tan verdadera y constante como rica en beneficios, si ponen especial cuidado en conservar la religión de aquel Señor, que tiene escrito en la orla de su vestido: «Rey de los reyes y Seńor de los que dominan».
    
20. Y para que todo ello se realice próspera y felizmente, elevemos suplicantes nuestros ojos y manos hacia la Santísima Virgen María, que sola dio muerte a todas las herejías, que es Nuestra mayor confianza, y hasta toda la razón de Nuestra esperanza [22]. Que ella misma con su poderosa intercesión pida el éxito más feliz para Nuestros deseos, consejos y actuación en este peligro tan grave para el pueblo cristiano. Y con humildad supliquemos al Príncipe de los apóstoles Pedro y a su compañero de apostolado Pablo que todos estéis delante de la muralla, a fin de que no se ponga otro fundamento que el que ya se puso. Apoyados en tan dulce esperanza, confiamos que el autor y consumador de la fe, Cristo Jesús, a todos nos ha de consolar en estas tribulaciones tan grandes que han caído sobre nosotros; y en prenda del auxilio divino a vosotros, Venerables Hermanos, y a las ovejas que os están confiadas, de todo corazón, os damos la Bendición Apostólica.

Dado en Roma, en Santa María la Mayor, en el día de la Asunción de la bienaventurada Virgen María, 15 de agosto de 1832, año segundo de Nuestro Pontificado.

NOTAS
[1] San Celestino I, Epístola 21.
[2] Epístola al Emperador, en Labbé, tomo 2, pág. 235 (edición de Mansi).
[3] San Inocencio I, Epístola 2.
[4] San Cipriano de Cartago, De la unidad de la Iglesia Católica.
[5] Sesión XXV en la definición; en Labbé, tomo 18, col. 527 (edición veneciana).
[6] Epístola 2 a Nepote, a. 1, 24.
[7] Canon Apostólico 38; en Labbé, tomo 1, pág. 38 (edición de Mansi).
[8] Sesión 13, decreto sobre la Sagrada Eucaristía, en el proemio.
[9] Epístola 52 (edición de Balucio).
[10] Epístola a los obispos de Lucania.
[11] Símbolo de San Atanasio.
[12] San Jerónimo, Epístola 57.
[13] En el salmo contra la secta de Donato.
[14] Epístola 166.
[15] Actas del Concilio V Lateranense, sesión 10; y Alejandro VIII, Constitución “Inter multíplices”.
[16] Concilio de Trento, sesiones 18 y 25.
[17] Encíclica “Christiánæ reipúblicæ”, 25 de Noviembre de 1766, sobre los libros prohibidos.
[18] Comentario sobre el salmo 124, n. 7.
[19] San Euquerio, en Ruinart, Actas de los Santos Mártires, de San Mauricio y sus compañeros, n. 4.
[20] Apología, cap. 37.
[21] San Ireneo, libro 14, cap. 10.
[22] San Bernardo, Sermón de la Natividad de la Bienaventurada Virgen María, § 7.

viernes, 12 de mayo de 2023

EL CATECISMO HERÉTICO DE LA PSEUDOIGLESIA

Traducción del artículo publicado en INTROIBO AD ALTARE DEI.
   
EL CATECISMO HERÉTICO DE LA FALSA IGLESIA
   

La secta del Vaticano II es un catolicismo espurio, con una nueva doctrina, una nueva “misa”, unos nuevos “sacramentos”, un nuevo Rosario con “Misterios Illumináti”, y un nuevo Catecismo. La secta es lo contrario a la única Iglesia Verdadera. Si bien se ha escrito bastante sobre la “misa” y “sacramentos” del Nuevo Fraude, esta publicación se enfocará en el nuevo Catecismo de la Iglesia Católica. El Catecismo fue promulgado por Wotyła (Juan Pablo el Gran Apóstata) el 11 de Octubre de 1992, trigésimo aniversario de la apertura del Concilio Robado. La “Constitución Apostólica” wojtyliana Fídei Depósitum, por la cual fue promulgado, tuvo esto para decir:
«El Catecismo de la Iglesia católica, que aprobé el día 25 del pasado mes de Junio y que hoy dispongo publicar en virtud de mi autoridad apostólica, es una exposición de la fe de la Iglesia y de la doctrina católica, comprobada o iluminada por la sagrada Escritura, la Tradición apostólica y el Magisterio de la Iglesia. Yo lo considero un instrumento válido y legítimo al servicio de la comunión eclesial, y una regla segura para la enseñanza de la fe» (Ver www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/apost_constitutions/documents/hf_jp-ii_apc_19921011_fidei-depositum.html, parte IV; Énfasis mío). 
¿El Catecismo de la Iglesia Católica (CIC) enseña la Fe Católica, y es una «una regla segura para la enseñanza de la fe»? Este artículo presentará la enseñanza de la Única Iglesia Verdadera y la del CIC, dejando que el lector decida si es realmente «una exposición de la fe de la Iglesia».
    
LAS FALSAS SECTAS Y LA SALVACIÓN
   
CIC, 819: «Además, “muchos elementos de santificación y de verdad” (Lumen Géntium 8) existen fuera de los límites visibles de la Iglesia católica: “la palabra de Dios escrita, la vida de la gracia, la fe, la esperanza y la caridad y otros dones interiores del Espíritu Santo y los elementos visibles” (Unitátis Redintegrátio 3; cf. Lumen Géntium 15). El Espíritu de Cristo se sirve de estas Iglesias y comunidades eclesiales como medios de salvación cuya fuerza viene de la plenitud de gracia y de verdad que Cristo ha confiado a la Iglesia católica. Todos estos bienes provienen de Cristo y conducen a Él (cf. Unitátis Redintegrátio 3) y de por sí impelen a “la unidad católica” (Lumen Géntium 8)» (Énfasis mío). 

Papa León XIII:
«La Iglesia de Cristo es, pues, única y además, perpetua: quien se separa de ella, se aparta de la voluntad y de la orden de Jesucristo Nuestro Señor, deja el camino de salvación y corre a su pérdida. “Quien se separa de la Iglesia para unirse a una esposa adúltera, renuncia a las promesas hechas a la Iglesia. Quien abandone a la Iglesia de Cristo no logrará las recompensas de Cristo… Quien no guarda esta unidad, no guarda la ley de Dios, ni guarda la fe del Padre y del Hijo, ni guarda la vida ni la salud” [San Cipriano de Cartago, De la unidad de la Iglesia Católica, n.º 6]» (Encíclica Satis Cógnitum, pár. #5; Énfasis mío).

Papa Gregorio XVI:
«Otra causa que ha producido muchos de los males que afligen a la iglesia es el Indiferentismo, o sea, aquella perversa teoría extendida por doquier, merced a los engaños de los impíos, y que enseńa que puede conseguirse la vida eterna en cualquier religión, con tal que haya rectitud y honradez en las costumbres. Fácilmente en materia tan clara como evidente, podéis extirpar de vuestra grey error tan execrable. Si dice el Apóstol que “hay un solo Dios, una sola fe, un solo bautismo” (Efesios IV, 5), entiendan, por lo tanto, los que piensan que por todas partes se va al puerto de salvación, que, según la sentencia del Salvador “están ellos contra Cristo, pues no están con Cristo” (San Lucas XI, 23), y que los que no recolectan con Cristo, esparcen miserablemente, por lo cual “es indudable que perecerán eternamente los que no tengan fe católica y no la guardan íntegra y sin mancha” [Símbolo de San Atanasio]» (Encíclica Mirári Vos, pár. #13; Énfasis mío).

Papa Benedicto XV:
«La fe católica es de tal índole y naturaleza, que nada se le puede añadir ni quitar: o se profesa por entero o se rechaza por entero: “Esta es la fe católica; y quien no la creyere firme y fielmente no podrá salvarse” [Símbolo de San Atanasio]» (Encíclica Ad Beatíssimi Apostolórum príncipis, pár. #24; Énfasis mío). 

¿QUIÉN PERTENECE A LA IGLESIA CATÓLICA?
   
CIC, 838: «“La Iglesia se siente unida por muchas razones con todos los que se honran con el nombre de cristianos a causa del bautismo, aunque no profesan la fe en su integridad o no conserven la unidad de la comunión bajo el sucesor de Pedro” (Lumen Géntium 15). “Los que creen en Cristo y han recibido ritualmente el bautismo están en una cierta comunión, aunque no perfecta, con la Iglesia católica” (Unitátis Redintegrátio 3)» (Énfasis mío). 

Papa Pío XII:
«Pero entre los miembros de la Iglesia sólo se han de contar de hecho los que recibieron las aguas regeneradoras del bautismo, y, profesando la verdadera fe, no se hayan separado, miserablemente, ellos mismos, de la contextura del Cuerpo, ni hayan sido apartados de él por la legítima autoridad a causa de gravísimas culpas. “Porque todos nosotros –dice el Apóstol– somos bautizados en un mismo Espíritu para formar un solo Cuerpo, ya seamos judíos, ya gentiles, ya esclavos, ya libres” (1.ª Corintios XII, 13). Así que, como en la verdadera congregación de los fieles existe un solo Cuerpo, un solo Espíritu, un solo Señor y un solo bautismo, así no puede haber sino una sola fe (cf. Efesios IV, 5), y, por lo tanto, quien rehusare oír a la Iglesia, según el mandato del Señor, ha de ser tenido por gentil y publicano (cf. San Mateo XVIII, 17). Por lo cual, los que están separados entre sí por la fe o por la autoridad no pueden vivir en este único Cuerpo, ni tampoco, por lo tanto, de este su único Espíritu» (Encíclica Mýstici Córporis Christi, pár. #22; Énfasis mío). 

Papa León XIII:
«Penetrada plenamente de estos principios, y cuidadosa de su deber, la Iglesia nada ha deseado con tanto ardor ni procurado con tanto esfuerzo, como conservar del modo más perfecto la integridad de la fe. Por esto ha mirado como a rebeldes declarados y ha desterrado de su seno a todos los que no piensan como ella sobre cualquier punto de su doctrina. Los arrianos, los montanistas, los novacianos, los cuartodecimanos, los eutiquianos no abandonaron, seguramente, toda la doctrina católica, sino solamente tal o cual parte, y, sin embargo, ¿quién ignora que fueron declarados herejes y arrojados del seno de la Iglesia? Un juicio semejante ha condenado a todos los favorecedores de doctrinas erróneas que fueron apareciendo en las diferentes épocas de la historia. “Nada es más peligroso que esos heterodoxos que, conservando en lo demás la integridad de la doctrina, con una sola palabra, como gota de veneno, corrompen la pureza y sencillez de la fe que hemos recibido de la tradición dominical, después apostólica” [San Gregorio de Elvira, Tratado de la Fe ortodoxa contra los arrianos, cap. 1]» (Encíclica Satis Cógnitum, pár. #9; Énfasis mío).
   
¿LA IGLESIA ESTÁ “LESIONADA” Y CARECE DE UNIDAD POR LAS FALSAS SECTAS?
   
CIC, 817: «De hecho, “en esta una y única Iglesia de Dios, aparecieron ya desde los primeros tiempos algunas escisiones que el Apóstol reprueba severamente como condenables; y en siglos posteriores surgieron disensiones más amplias y comunidades no pequeñas se separaron de la comunión plena con la Iglesia católica y, a veces, no sin culpa de los hombres de ambas partes” (Unitátis Redintegrátio 3). Tales rupturas que lesionan la unidad del Cuerpo de Cristo (se distingue la herejía, la apostasía y el cisma [cf. Código Wojtyliano de Derecho Canónico, can. 751]) no se producen sin el pecado de los hombres (Énfasis mío). 

Papa Pío XI:
«Y aquí se Nos ofrece ocasión de exponer y refutar una falsa opinión de la cual parece depender toda esta cuestión, y en la cual tiene su origen la múltiple acción y confabulación el de los católicos que trabajan, como hemos dicho, por la unión de las iglesias cristianas. Los autores de este proyecto no dejan de repetir casi infinitas veces las palabras de Cristo: “Sean todos una misma cosa. Habrá un solo rebaño y un solo pastor” (San Juan XVII, 21; XIX, 16), mas de tal manera las entienden, que, según ellos, sólo significan un deseo y una aspiración de Jesucristo, deseo que todavía no se ha realizado. Opinan, pues, que la unidad de fe y de gobierno, nota distintiva de la verdadera y única Iglesia de Cristo, no ha existido casi nunca hasta ahora, y ni siquiera hoy existe: podrá, ciertamente, desearse, y tal vez algún día se consiga, mediante la concordante impulsión de las voluntades; pero en entre tanto, habrá que considerarla sólo como un ideal. Añaden que la Iglesia, de suyo o por su propia naturaleza, está dividida en partes, esto es, se halla compuesta de varias comunidades distintas, separadas todavía unas de otras, y coincidentes en algunos puntos de doctrina, aunque discrepantes en lo demás, y cada una con los mismos derechos exactamente que las otras; y que la Iglesia sólo fue única y una, a lo sumo desde la edad apostólica hasta tiempos de los primeros Concilios Ecuménicos» (Encíclica Mortálium Ánimos, pár. #7; Énfasis mío). 

Suprema y Sagrada Congregación del Santo Oficio, Instrucción “Ecclésia Cathólica” sobre el “Movimiento ecuménico”, 20 de Diciembre de 1949, # 2:
«Sin embargo, se evitará hablar sobre este aspecto [el retorno de los herejes/cismáticos a la Única Iglesia Verdadera] de tal manera que se imaginen que al volver a la Iglesia le aportan un elemento esencial que le faltaba. Hay que decir estas cosas con claridad y sin ambages, ante todo porque buscan la verdad, y también porque fuera de la verdad nunca podrá haber una unión verdadera» (Énfasis mío). 

¿ES BUENA LA LIBERTAD RELIGIOSA?
  
CIC, 2106: «“En materia religiosa, ni se obligue a nadie a actuar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella, pública o privadamente, solo o asociado con otros, dentro de los debidos límites” (Dignitátis Humánæ 2; cf. Gáudium et Spes 26). Este derecho se funda en la naturaleza misma de la persona humana, cuya dignidad le hace adherirse libremente a la verdad divina, que trasciende el orden temporal. Por eso, “permanece aún en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y adherirse a ella” (Dignitátis Humánæ 2)» (Énfasis mío). 

Papa Pío IX, Documento Sýllabus Errórum:
  • La proposición 77: «En esta nuestra edad no conviene ya que la Religión católica sea tenida como la única religión del Estado, con exclusión de otros cualesquiera cultos», CONDENADA (Alocución Nemo vestrum, 26 de Julio de 1855).
  • La proposición 78: «De aquí que laudablemente se ha establecido por la ley en algunos países católicos, que a los extranjeros que vayan allí, les sea lícito tener público ejercicio del culto propio de cada uno», CONDENADA (Alocución Acerbíssimum, 27 de Septiembre de 1852).
  • La proposición 79: «Es sin duda falso que la libertad civil de cualquiera culto, y lo mismo la amplia facultad concedida a todos de manifestar abiertamente y en público cualesquiera opiniones y pensamientos, conduzca a corromper más fácilmente las costumbres y los ánimos, y a propagar la peste del indiferentismo», CONDENADA (Alocución Núnquam fore, 15 de Diciembre de 1856).

¿CUÁLES SON LOS FINES PRIMARIO Y SECUNDARIO DEL MATRIMONIO?
   
CIC, 2201: «La comunidad conyugal está establecida sobre el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los esposos (primero) y a la procreación y educación de los hijos (segundo). El amor de los esposos (primero) y la generación de los hijos (segundo) establecen entre los miembros de una familia relaciones personales y responsabilidades primordiales» (Las palabras en paréntesis y el énfasis son míos).

Código Pío-Benedictino de Derecho Canónico,  canon 1013, § 1:
«El fin primario del matrimonio es la procreación y educación de la prole; el [fin] secundario es el apoyo mutuo y un remedio para la concupiscencia» (Énfasis mío). 

Papa Pío XI:
«El fin primario del matrimonio es la procreación y educación de la prole» (Encíclica Casti Conúbii, #17; Énfasis mío). 
  
CONCLUSIÓN
  
Esta ha sido una pequeña muestra de lo que el CIC, «un instrumento válido y legítimo al servicio de la comunión eclesial, y una regla segura para la enseñanza de la fe», tiene para decir sobre algunas materias, y lo que la Iglesia enseñó desde el 33 d.C. hasta 1958. Están en completa contradicción. Ambas no pueden ser verdaderas. Yo mantendré mis opiniones al mínimo, y os dejaré, mis queridos lectores, sacar vuestras propias conclusiones sobre la información de este artículo. 

miércoles, 24 de junio de 2015

CARTA ENCÍCLICA "Inter Præcípuas Machinatiónes", CONTRA LAS SOCIEDADES BÍBLICAS

Los herejes protestantes, con un fanatismo parangonable al de sus fundadores, se han embarcado en el plan de traducir y editar las Escrituras en idiomas vernáculos, y de este modo, ganar adeptos a sus errores (ya que predican que el hombre por sí solo puede interpretar la Escritura, despreciando la Tradición y el Magisterio Católico). Para ello, desde el siglo XIX han creado Sociedades Bíblicas en casi todos países, y en el siglo siguiente, institutos lingüísticos para estudiar los idiomas de las tribus menos conocidas y traducir la Biblia a ellos, alegando que la Iglesia Católica ha vedado la Revelación a los fieles (infame calumnia).
 
El peligro está en que como ellos sostienen el libre examen, crean a su paso tantas sectas como biblias reparten (además de que al traducir introducen errores y adulteraciones que favorecen sus desvaríos). Por eso, la Iglesia ha condenado las traducciones no autorizadas, al reconocer en ellas no sólo la herejía protestante, sino el racionalismo, el liberalismo y todos los errores modernos tan execrados. Pero también alienta a los Católicos a aceptar fiel e íntegramente la interpretación tradicional de la Revelación por parte del Magisterio auténtico. Ese es el propósito de la encíclica "Inter Præcípuas Machinatiónes", escrita por el Beatísimo Papa Gregorio XVI, a fin de reprobar las Sociedades Bíblicas, difusoras de herejía y subvertoras del orden social de las naciones. Y la publicamos en razón de la reciente visita del Antipapa Francisco Bergoglio a la perniciosa secta valdense, precursora de la rebelión del impío Marín Lutero
 

CARTA ENCÍCLICA "Inter Præcípuas Machinatiónes", CONTRA LAS SOCIEDADES BÍBLICAS
  
Papa Gregorio XVI
Siervo entre los Siervos de Dios
Para perpetua memoria
   
I. INTRODUCCIÓN
   
Entre las principales maquinaciones con que los acatólicos de diversas denominaciones se esfuerzan al presente en tender insidias a los cultores de la verdad católica y apartar sus ánimos de la santidad de la fe, no ocupan el último lugar las sociedades bíblicas a las que, instituidas primeramente en Inglaterra y difundidas desde allí ampliamente, vemos conspirar como un escuadrón en editar el mayor número posible de ejemplares en todas las lenguas vulgares de los libros de las Sagradas Escrituras y diseminarlos indistintamente entre los cristianos e infieles y atraerlos a su lectura sin someterse a ninguna guía. De este modo sucede lo que ya en sus tiempos lamentaba Jerónimo[1], que de la inteligencia de las Escrituras sin maestro, presumen hacer un arte común "la anciana locuaz, el viejo decrépito, el sofista charlatán y cualquier clase de hombres", con tal que sepan leer, y lo que ya sobrepasa el abuso y es casi inaudito, no excluyen de esta aptitud de interpretar, a las mismas multitudes de los infieles.
  
Pero no se os oculta, Venerables Hermanos, qué fines pretenden estas sociedades y a dónde se encaminan sus intentos. Bien conocéis el aviso de Pedro, Príncipe de los Apóstoles, quien después de alabar las cartas de Pablo, dice que "hay en ellas algunas cosas difíciles de entender que los indoctos e inconstantes tuercen lo mismo que las demás escrituras, para su propia perdición" y luego añade: "Vosotros pues, Hermanos, guardaos sabiamente, no sea que arrastrados por el error de los necios vengáis a decaer de vuestra firmeza" [2].
  
Cosa averiguada es para vosotros que ya desde la edad primera del nombre cristiano, fue traza propia de los herejes, repudiada la palabra divina recibida y la autoridad de la Iglesia, interpolar por su propia mano las Escrituras o pervertir la interpretación de su sentido. Y no ignoráis, finalmente, cuánta diligencia y sabiduría son menester para trasladar fielmente a otra lengua las palabras del Señor; de suerte que nada por ello resulta más fácil que el que en esas versiones, multiplicadas por medio de las sociedades bíblicas, se mezclen gravísimos errores por inadvertencia o mala fe de tantos intérpretes; errores, por cierto, que la misma multitud y variedad de aquellas versiones oculta durante largo tiempo para perdición de muchos. Poco o nada, en absoluto, sin embargo, les importa a tales sociedades bíblicas que los hombres que han de leer aquellas Biblias interpretadas en lengua vulgar caigan en estos o aquellos errores, con tal de que poco a poco se acostumbren a reivindicar para sí mismos el libre juicio sobre el sentido de las Escrituras, a despreciar las tradiciones divinas que tomadas de la doctrina de los Padres, son guardadas en la Iglesia Católica y a repudiar en fin el magisterio mismo de la Iglesia.
  
II. LA FIEL INTERPRETACIÓN DE LA SAGRADA ESCRITURA
  
Para lograr su fin, los tales socios bíblicos no cesan de calumniar a la Iglesia Santa y a esta Sede de Pedro como si se esforzara desde hace muchos siglos en apartar al pueblo fiel del conocimiento de las Sagradas Escrituras, siendo así que existen muchos y espléndidos testimonios del singular celo con que aún en los últimos tiempos, los Sumos Pontífices y los demás obispos católicos siguiendo su ejemplo, han procurado que los católicos se instruyeran más intensamente en la palabra de Dios escrita y transmitida por la tradición. A esto se refieren en primer lugar los decretos del Concilio Tridentino en que, no sólo se ordena a los obispos que procuren anunciar más frecuentemente por sus Diócesis las Sagradas Escrituras y la ley divina, sino que, ampliando lo establecido por el Concilio Lateranense[3] [4] se instituyó en cada iglesia Catedral una prebenda teologal la que debía otorgarse siempre a personas idóneas para exponer e interpretar las Escrituras[5]. Se trató luego muchas veces en sínodos provinciales[6] de esa prebenda teologal que debía constituirse según la norma de aquella sanción tridentina, y de las lecciones públicas del mismo canónico-teológico al clero y también al pueblo, y se trató también lo mismo en el Concilio Romano del año 1725[7] en el que Benedicto XIII de venerada memoria, predecesor nuestro, convocó no sólo a los sagrados obispos de la provincia Romana, sino también a muchos arzobispos y obispos y demás ordinarios de lugar, de ninguna manera sometidos a esta Santa Sede[8]. Y luego el mismo Sumo Pontífice instituyó para el mismo fin algunas cosas en la carta apostólica que dio nominalmente para Italia y las islas adyacentes[9]. Vosotros mismos, en fin, Venerables Hermanos, que tenéis la costumbre de enviar noticias en determinados tiempos a la Sede Apostólica acerca del estado de las cosas sagradas en cada diócesis[10], bien pudisteis advertir por las frecuentes respuestas de nuestra Congregación del Concilio a vuestros predecesores y a vosotros mismos, cómo la misma Santa Sede suele felicitar a los obispos si tienen teólogos prebendados que desempeñan bien su cargo; en las públicas lecciones de Sagradas Escrituras y nunca deja de excitar y ayudar sus pastorales cuidados si en alguna parte las cosas no sucedieren aún como es debido.
   
III. LA LECTURA DE LA SAGRADA ESCRITURA.
    
En lo que respecta a la Biblia: en lengua vulgar, hace muchos siglos que en diversos lugares es verdad, los obispos tuvieron que tener una mayor vigilancia al advertir que tales versiones se leían en reuniones secretas o eran difundidas empeñosamente por los herejes. A esto se refieren los avisos y precauciones tomadas por Inocencio III de gloriosa memoria, predecesor nuestro, acerca de las reuniones de laicos y mujeres con fines piadosos y para leer las Escrituras que se celebraban secretamente en la diócesis de Metz[11], así como las peculiares prohibiciones de Biblias vulgares que se encuentran publicadas ya sea en Francia poco después[12], ya sea en España[13] antes del siglo XVI. Pero fueron necesarias luego mayores providencias cuando los luteranos y calvinistas, osando atacar la inmutable doctrina de la fe con una casi increíble variedad de errores, todo lo intentaban para engañar la mente de los fieles con perversas explicaciones de las Sagradas Escrituras y, habiendo editado por medio de sus secuaces nuevas interpretaciones de ellas, eran favorecidos por el arte tipográfico recién inventado mediante la multiplicación de los ejemplares y su rápida divulgación. Por eso en las reglas que redactaron los Padres en el sínodo Tridentino y que aprobó nuestro predecesor Pío IV, de feliz memoria[14], y que fueron transcritas al comienzo del Índice de Libros Prohibidos, se encuentra establecido con sanción universal que no se permita la lectura de la Biblia en lengua vulgar, sino a quienes esa lectura se juzgue que habrá de reportarles acrecentamiento en la fe y la piedad[15]. A esta misma regla, restringida con una nueva cautela a causa de los perseverantes fraudes de los herejes, se le agregó por último de declaración autorizada por Benedicto XIV de que se permita la lectura de las versiones en lengua vulgar que "HAYAN SIDO APROBADAS POR LA SEDE APOSTÓLICA O QUE SE PUBLIQUEN CON ANOTACIONES TOMADAS DE LOS SANTOS PADRES DE LA IGLESIA O DE DOCTOS VARONES CATÓLICOS" [16].
    
No faltaron entre tanto los sectarios de la nueva escuela de Jansenio, que cambiando el estilo de Calvino y Lutero, osaron censurar estas disposiciones prudentísimas de la Iglesia y Sede Apostólica, como si la lectura de las Sagradas Escrituras fuese útil y necesaria en todo tiempo y en cualquier parte a todo género de fieles. Esta audacia de los jansenistas la encontramos reprendida con muy grave censura en los solemnes juicios que con aplauso de todo el orbe católico dieron contra sus doctrinas dos romanos pontífices de piadosa memoria, o sea Clemente XI en la Constitución Unigénitus del año 1713[17] y Pío VI en la Constitución Auctórem Fidei del año 1794[18].
  
IV. EL FRAUDE DE LOS HEREJES DESCUBIERTO POR LA SANTA SEDE
  
De modo que ya antes de que se creasen las sociedades bíblicas, los mencionados decretos de la Iglesia contra el fraude de los herejes, disimulado bajo aquel afán especioso de difundir las divinas escrituras para uso común, ya habían puesto sobre aviso a los fieles Nuestro predecesor Pío VI de gloriosa memoria, que vio estas mismas sociedades, nacidas en su tiempo, acrecentarse enormemente, no se abstuvo ciertamente de oponerse a sus conatos, ya sea por medio de sus nuncios apostólicos, ya por las cartas y decretos editados por diversas congregaciones de cardenales de la Santa Romana Iglesia[19], como asimismo por sus dos cartas remitidas una al Arzobispo Gniezno[20] y otra al Arzobispo de Mohilov[21]. Luego León XII, de feliz memoria, predecesor Nuestro, persiguió esas mismas maquinaciones de los socios bíblicos en su carta encíclica en viada a todos los obispos del orbe católico el 5 de mayo de 1824[22]; lo mismo hizo nuestro último antecesor Pío VIII, de feliz recordación, en la carta encíclica publicada el día 24 de mayo del año 1829. Nosotros por último, que con méritos muy inferiores le hemos sucedido en este lugar, no dejamos ciertamente de emplear con el mismo fin Nuestra solicitud apostólica y entre otras cosas procuramos que se recordasen a los fieles las reglas sanciona das en otros tiempos, acerca de las versiones vulgares de las Escrituras[23].
   
V. EL FRACASO DE LOS SECTARIOS
  
Tenemos motivos para felicitaros intensamente, Venerables Hermanos, ya que excitados por vuestra piedad y prudencia y confirmamos por las cartas de los mencionados predecesores nuestros, de ninguna manera descuidasteis avisar donde fue necesario a los católicos que se guardasen de las insidias que les preparaban los socios bíblicos. Por este celo de los obispos unido a la solicitud de esta Suprema Sede de Pedro, se obtuvo con la bendición del Señor que algunos hombres católicos incautos, que imprudentemente favorecían a las sociedades bíblicas, advirtiendo el fraude, se apartasen de ellas y que el resto del pueblo fiel permaneciese casi del todo inmune del contagio que de allí lo amenazaba.
  
Estos sectarios bíblicos tenían la plena certeza de que conseguirían gran alabanza llevando a los infieles a la lectura de los sagrados códices editados en su lengua que procuraban fuesen distribuidos en gran cantidad por sus tierras y hechos aceptar aun por quienes los rechazaban, por medio de los misioneros o propagandistas que para ello destinaban. Pero casi nada consiguieron al pretender propagar entre los hombres el nombre cristiano usando otros medios que los establecidos por Cristo, sino fue crear nuevos impedimentos a los sacerdotes católicos que enviados a esas mismas gentes por esta Santa Sede, no escatiman ningún sacrificio para lograr nuevos hijos a la Iglesia por medio de la predicación de la palabra de Dios y administración de los sacramentos, dispuestos aun a derramar su sangre entre los más crueles tormentos para la salvación de ellos y en testimonio de la fe.
  
VI. LA "FEDERACIÓN CRISTIANA"
   
Ahora pues entre aquellos sectarios fracasados así en sus esperanzas y que consideraban con ánimo entristecido la enorme suma de dinero hasta entonces gastada en la publicación y divulgación sin ningún fruto de sus biblias, se encontraron algunos que dispusieron sus maquinaciones con nueva organización para atacar con un primer golpe sobre todo los ánimos de los italianos y de los ciudadanos de nuestra propia ciudad. Es decir que según las noticias y documentos recién recibidos sabemos que muchos hombres de diversas sectas se reunieron el pasado año en Nueva York y el 6 de junio dieron comienzo a una nueva sociedad llamada "Federación Cristiana" y que se aumentará con más y más socios de todas las naciones o bien con sociedades constituidas para su ayuda, cuyo fin común sea infundir en los romanos y demás italianos la libertad religiosa o más bien el pernicioso indiferentismo en materia de religión. Afirman que desde hace muchos siglos tuvieron tanta influencia en todas partes las instituciones del pueblo romano e italiano, que no aconteció nada gran de en todo el orbe que no tuviese su principio en esta Alma Urbe, lo cual dicen que no deriva precisamente del hecho de estar constituida en ella por disposición del Señor la suprema Sede de Pedro, sino de ciertos remanentes de la antigua dominación romana que quedaron en el territorio usurpado, según ellos, por nuestros predecesores. Por lo cual siendo su finalidad dar a todos los pueblos la libertad de conciencia o más bien del error de la que, según entienden ellos, dimana, como de su fuente, la libertad política con incremento de la prosperidad pública; creen que nada lograrán si primero no obtienen algún éxito con el pueblo romano e italiano para poder luego usar intensamente su autoridad y sus talentos con los demás pueblos. Confían lograrlo fácilmente habiendo tantos italianos en todos los lugares de la tierra y que en no escaso número vuelven de allí a su patria de los cuales no pocos, ya porque espontáneamente se aficionaron a las novedades, o porque se han corrompido en sus costumbres o porque están oprimidos por la necesidad, serán atraídos a dar su nombre a la sociedad o bien a venderle su trabajo. Pretenden, pues traer aquí por medio de estos hombres buscados en todas partes, biblias en lengua vulgar, que sean pasadas subrepticiamente a mano de los fieles y distribuir al mismo tiempo otros libros pésimos y libelos compuestos por esos mismos italianos o traducidos de otros autores a la lengua patria para arrancar de la obediencia a la Iglesia y a esta Santa Sede la mente de los lectores; entre ellos señalan sobre todo la "Historia de la Reforma" escrita por Merle d'Aubigné y "Cosas memorables sobre la Reforma entre los italianos" de Juan Crie. Por lo demás lo que se puede esperar de todo este género de libros puede deducirse de los estatutos de la sociedad que, según dicen, prescriben que en ciertas peculiares reuniones destinadas a la elección de libros, no pueden juntarse jamás ni siquiera dos miembros de la misma secta religiosa.
  
VII. NUEVA CONDENACIÓN
   
Cuando por primera vez se nos dio noticia de estas cosas, no pudimos dejar de contristarnos profundamente considerando el peligro para la incolumidad de la santísima Religión que los sectarios preparaban, no por cierto en lugares remotos de la Religión, a la unidad católica. Puesto que si bien de ninguna manera hay que temer que falte nunca la Sede de Pedro en la que Cristo puso el inexpugnable fundamento de su Iglesia, NO NOS ES LÍCITO SIN EMBARGO CESAR EN LA DEFENSA DE SU AUTORIDAD, ADVIRTIÉNDOSENOS ADEMÁS, POR EL CARGO DEL SUPREMO APOSTOLADO, DE LA SEVERÍSIMA CUENTA QUE NOS EXIGIRÁ EL DIVINO PRÍNCIPE DE LOS PASTORES POR LA CIZAÑA QUE CRECIERE EN EL CAMPO DEL SEÑOR, SI ALGUNA HUBIESE SIDO "SEMBRADA POR EL HOMBRE ENEMIGO"[24] mientras nos otros dormíamos, y por la sangre de las ovejas a nosotros confiadas si con culpa nuestra por ello perecieren.
  
Por lo tanto tomando consejo de algunos Cardenales de la S. R. I. y considerando grave y maduramente todo el asunto, siguiendo también el parecer de ellos, determinamos enviaros esta carta, Venerables Hermanos, por la que CONDENAMOS DE NUEVO CON NUESTRA APOSTÓLICA AUTORIDAD A TODAS LAS SOCIEDADES BÍBLICAS YA REPROBADAS POR NUESTROS PREDECESORES, Y ASIMISMO CON LA AUTORIDAD DE NUESTRO SUPREMO APOSTOLADO CONDENAMOS NOMINALMENTE LA NUEVA SOCIEDAD DE LA FEDERACIÓN CRISTIANA CONSTITUIDA EN NUEVA YORK EL AÑO PASADO Y A TODAS LAS SOCIEDADES DEL MISMO GÉNERO, SI ES QUE ALGUNAS SE LE HAN AGREGADO O SE LE AGREGAREN EN EL FUTURO. Por tanto entiendan todos que serán reos de gravísimo crimen ante Dios y la Iglesia todos aquellos que dieren su nombre a alguna de esas sociedades o se atreviesen a poner a su servicio su actividad o a favorecerlas de cualquier manera. Confirmamos además e innovamos con la autoridad apostólica las prescripciones arriba mencionadas sobre la edición, divulgación, lectura y retención de libros de la Sagrada Escritura en lengua vulgar, y por lo que toca a las otras obras de cualquier escritor, queremos recordar a todos que deben seguir las reglas generales y decretos de Nuestros predecesores que precedan al Índice de libros prohibidos y por consiguiente, no sólo deben precaverse de los libros que nominalmente se citan en el mismo Índice, sino también de los otros a que se refieren las prescripciones generales aludidas.
  
VIII. EXHORTACIÓN A LOS OBISPOS
  
A vosotros pues, Venerables Hermanos, que habéis sido llamados a participar de nuestra solicitud, os recomendamos vehementemente en el Señor que anunciéis y expliquéis en su debido lugar y tiempo el criterio apostólico y estos mandatos nuestros a los pueblos fieles confiados a vuestro cuidado pastoral y que os esforcéis en apartar a los fieles de la predicha sociedad "Federación Cristiana" y de las demás que la auxilien, como asimismo de las otras sociedades bíblicas y de toda comunicación con ellos. Según esto, será preocupación vuestra arrancar de mano de vuestros fieles, tanto las biblias traducidas en lengua vulgar que hayan sido impresas contra las sanciones supradichas de los Romanos Pontífices, como otros cualesquiera libros prohibidos y condenados y proveer que los fieles avisados por vuestra autoridad "sean enseñados qué alimento deban considerar saludable para ellos y cuál pernicioso y mortífero"[25]. Mientras tanto insistid cada día más, Venerables Hermanos, en la predicación de la palabra de Dios, tanto por vosotros mismos como por cada uno de los que tienen cura de almas en cada diócesis y por lo demás varones eclesiásticos idóneos para este cargo, y vigilad más intensamente sobre todo a quienes están destinados a tener públicas lecciones de Sagrada Escritura, para que desempeñen su oficio al alcance del auditorio y BAJO NINGÚN PRETEXTO SE ATREVAN JAMÁS A INTERPRETAR O EXPLICAR LAS MISMAS CONTRA LA TRADICIÓN DE LOS PADRES O FUERA DEL SENTIDO DE LA IGLESIA CATÓLICA. Por último, como es propio del buen pastor no sólo defender y nutrir las ovejas que lo siguen, sino también buscar y traer de nuevo al redil a las que se fueron lejos, así debe ser ocupación vuestra y Nuestra procurar con todo empeño que cuantos han sido seducidos por tales sectarios y propagadores de libros perniciosos, conozcan con la gracia de Dios la gravedad de su pecado y procuren expiar lo con los remedios de una saludable penitencia; ni siquiera han de ser rechazados de este celo de la solicitud sacerdotal los mismos seductores de ellos y principales maestros de la impiedad, pues si bien es mayor su iniquidad, no debemos, abstenernos de procurar intensamente su salvación por las vías y modos que estén a nuestro alcance.
   
Por lo demás, Venerables Hermanos, pedimos una vigilancia peculiar y más atenta contra las insidias y maquinaciones de la Federación Cristiana, en primer lugar a aquellos de vuestro orden que rigen las iglesias situadas en Italia o en otros lugares frecuentados por los italianos, máxime en las regiones limítrofes de Italia o donde quiera que haya emporios y puertos de los que frecuentemente se viaja a Italia. Ya que los sectarios se han propuesto llevar a término allí sus resoluciones, conviene que sobre todo los obispos de esos lugares colaboren con Nosotros con animoso y constante celo en disiparon la ayuda del Señor sus planes.
  
IX. CONCLUSIÓN Y EXHORTACIÓN FINAL
  
No dudamos que estos Nuestros cuidados y vuestros serán ayudados por las autoridades civiles sobre todo por los potentísimos Príncipes de Italia, tanto por su singular celo por la conservación de la Religión católica, como por que de ninguna manera escapa a su prudencia que interesa también mucho a la causa pública que fracasen los mencionados proyectos de las sectas. Puesto que consta, y una larga experiencia pasada lo ha confirmado, que NO HAY UN CAMINO MÁS EXPEDITO PARA APARTAR A LOS PUEBLOS DE LA FIDELIDAD Y OBEDIENCIA A SUS PRÍNCIPES QUE LA INDIFERENCIA EN MATERIA DE RELIGIÓN PROPAGADA POR LOS SECTARIOS BAJO EL NOMBRE DE LA LIBERTAD RELIGIOSA. Y esto no lo desconocen ciertamente estos nuevos socios de la "Federación Cristiana", ya que si bien declaran no pretender instigar sediciones civiles, con todo confiesen que casi espontáneamente seguirá en Italia la libertad política al derecho, reclamado para cada uno de los fieles de interpretar la Biblia según su propio arbitrio, y de la difusión consecuente entre los italianos de la que llaman omnímoda libertad de conciencia. Y primero y principalmente, Venerables Hermanos, levantemos juntos nuestras manos a Dios y encomendémosle nuestra causa y la de toda la Iglesia con las más humildes y férvidas plegarias, invocando también la intercesión piadosísima de Pedro Príncipe de los Apóstoles y de los demás santos, sobre todos de la Beatísima Virgen María a quien fue dado destruir todas las herejías en el universo mundo.
  
Por último, con efusivo afecto de Nuestro corazón amorosamente os impartimos a todos vosotros, Venerables Hermanos, y a los clérigos y fieles laicos confiados a vuestro cuidado, la Bendición Apostólica, prenda de nuestra ardentísima caridad.
  
Dado en Roma junto a San Pedro, el 5 de mayo de 1844, de Nuestro Pontificado el año décimocuarto. Gregorio XVI.
   
NOTAS
[1] San Jerónimo, Epístola a Paulino, 53, n. 7 (Ep. 53, t. I, edic. Vallarsi; Migne PL. 22, col. 544).
[2] II Pedro 3, 16-17.
[3] Tertuliano, libro De præscriptionibus (contra los herejes), cap. 37. 38.
[4] Concilio de Letrán IV (1215), Inocencio III, cap. XI, que pasó al Corpus Juris Canónici cap. 4 de Magistris (Mansi Collect. Conc. 22, col. 999).
[5] Concilio de Trento, sesión V Cap. I De la reforma. (Mansi, Coll. Conc. 33, col. 29-30).
[6] Concilio de Milán I (1565) parte I, títuo 5°, De la prebenda teologal (Mansi 34, col. 7); Conc. de Milán V (1579) p. III, título 5, Respecto de la colación de beneficios (Mansi 34, col. 447-448); Concilio de Aix (1585) título Sobre los canónigos (Mansi 34, col. 980-981); y en otros muchos concilios.
[7] Concilio Romano (1725), título I, 6-9 (Mansi 34, col. .1855-1857).
[8] Concilio Romano (1725) Carta convocatoria del 24-XII-1724 (Mansi 34, col. 1849).
[9] Benedicto XIII Constitución Pastorális offícii, 19- V-1725 (texto en: Códicis Juris Canónici Fontes, Card. Gasparri, Roma 1926, 1, pág. 623.
[10] Sixto V, Constitución Románus Póntifex, 20-XII-1585 (texto en: Códicis Juris Canónici Fontes, Card. Gasparri, Roma 1926, t. 1, pág. 278 § 1); Benedicto XIV. Constitiución Quod Sancta Sardicensis Synodus 23-XI-1840, título I, Bullarium de Benedicto XIV, y la Instrucción que se encuentra en el apéndice de dicho I tomo (Cod. Jur. Can. Fontes, 1, 666 § 2).
[11] En las tres cartas a la diócecis de Metz, a su obispo y capitulo, asimismo a los abades Cistercienses de Morimond y LaCrest (Cartas 141 y 132 lib. 2; Carta 235 lib. 3 de la edic. Baluti).
[12] Concilio de Tolosa (1229), Cánon 14 (Mansi 23, col. 197).
[13] Cardenal Pacheco, Concilio Tridentino (Pallavicini, Storia del Concilio di Trento, lib. 6, c. 12).
[14] Pío IV. Constitución Domínici gregis. 25-III-1564.
[15] En las reglas del Indice nrs. 3, 4.
[16] En el agregado a la Regla 4 del decreto de la S. Congregación del Indice (17-VI-1713).
[17] Clemente Xl. Constitución Unigénitus. 8-IX-1713, condenación de las proposiciones de Quesnel, nrs. 79-85.
[18] Pío VI. Constitución Auctórem Fidei, 20-8-1794, condenación de las proposiciones del pseudo-sínodo de Pistoya, nro. 67 (texto en: Códicis Juris Canónici Fontes, Card. Gasparri, Roma 1928, t. II, pág.68).
[19] En primer lugar, Carta de la Suprema Congregación de la Propagación de la Fe, 3-VIII-1816 a los Vicarios Apostólicos de Persia, Armenia y otras regiones orientales; Decreto editado por la S. Congregación del Índice, 23-VI-1817, acerca de todas estas versiones. - En este Decreto general se prohibió la obra cuyo título es "Historia sucinta de los trabajos de la Compañía Británica y Extranjera con el Índice de materias concernientes a ella: El que es de Dios, escucha la voz de Dios" (Juan 7, 12), Edit. Agnello Nobile, Nápoles, C. Sta. Brígida 27, 1817; en el mismo Decreto también se prohibieron todas las versiones en cualquier lengua vulgar, A NO SER VERSIONES QUE FUEREN APROBADAS POR LA SEDE APOSTÓLICA, O EDITADAS CON NOTAS TOPADAS DE LOS PADRES DE LA IGLESIA O DE AUTORES DOCTOS Y CATÓLICOS, conforme a los decretos de la Sagrada Congregación del Índice, del 1-VI-1757. Dado en Roma, el 12 de junio de 1817.
[20] Pío VI, Carta del 29-VI-1816.
[21] Pío VI, Carta del 4-IX-1817.
[22] León XII, Encíclica Ubi Primum, 5-V-1824 (Ver Bullarium Romanum Cont., tomo 16, pág. 45-49)
[23] Estas reglas están en el aviso añadido al decreto de la Sagrada Congregación del Índice del 7-I-1836, que añadimos aquí: 
"Por cuanto llegaron noticias a la Sagrada Congregación en el sentido de que en algunos lugares se editan en lengua vulgar los libros de la Biblia, sin que se observen las leyes saludabilísimas que al respecto están en vigencia; por cuanto, además, ha de temerse que exista una conspiración de hombres perversos, especialmente en estos tiempos, de sugerir maliciosamente errores encubiertos por el manto de la divina Palabra, la S. Congregación juzgó oportuno volver a recordarles a todos lo que en otros tiempos se decretó, o sea, que las versiones en lengua vulgar no deben permitirse, a no ser que fuesen aprobadas por la Sede Apostólica o editadas con anotaciones, sacadas de los Santos Padres de la Iglesia o de varones doctos y católicos (del Decreto de la Sagrada. Congregación del Índice, 17-VI-1757, en el Apéndice de las reglas del Índice), debiendo, sobre todo insistirse en lo que por la regla cuarta del Índice y, después, por mandato de Clemente VII fue establecido al respecto".
[24] Mt. 13, 25 y 39.
[25] De mandato de León XIII, publicado por la S. Congregación del Índice, 26-III-1825.