Este 
artículo escrito por Arnaldo 
Xavier da Silveira para BONUM CERTAMEN (en una posición a la cual 
no adherimos por obvias razones teológicas, personales ni editoriales), fue traducido en 2012 por Antonio Moiño Muniz para AMOR DE LA VERDAD. Lo traemos a actualidad porque según fuentes confidenciales, Fernando Ocáriz Braña, encargado por el Vaticano para los diálogos con el fellayanismo, sería el próximo prelado del Opus Dei.
  
“EL GRAVE ERROR TEOLÓGICO DE MONS. OCÁRIZ”
  
En el 
Osservatore Romano del 2 del pasado diciembre, Mons. Fernando Ocáriz Braña, Vicario General del Opus Dei, un experto de la Santa Sede en las discusiones teológicas con la Sociedad de San Pío X, ha publicado un artículo titulado  “
Sobre la adhesión al Concilio Vaticano II”. El artículo expresa  plenamente la posición ahora dominante en ciertos círculos, que aceptan el Concilio Vaticano II, incluso en los pasajes citados como contrarios a la tradición, invocando para ello una  infalibilidad del Magisterio ordinario, o la obligación de un asentimiento “interno regulado por la virtud de la ‘obediencia’”. 
 
  
Fernando Ocáriz Braña, Vicario General de la Prelatura de la Santa Cruz y
 Opus Dei. Fue ordenado en 1971 con el rito Montiniano (por tanto, desde
 la Oración y Creencia tradicional, NO ES SACERDOTE CATÓLICO) 
    
El  asentimiento interno según Mons. Ocáriz 
El ilustre prelado escribe:
“El Concilio Vaticano II no definió ningún dogma, en el sentido de que no
propuso mediante acto definitivo ninguna doctrina. Sin embargo, el hecho de que
un acto del Magisterio de la Iglesia no se ejerza mediante el carisma de la
infalibilidad no significa que pueda considerarse ‘falible’ el sentido de que
transmita una ‘doctrina provisional’ o bien ‘opiniones autorizadas’. Toda
expresión de Magisterio auténtico hay que recibirla como lo que verdaderamente
es: una enseñanza dada por los Pastores que, en la sucesión apostólica, hablan
con el ‘carisma de la verdad’ (Dei Verbum, n. 8), ‘revestidos de la autoridad de Cristo’ (Lumen géntium, n. 25), ‘a la luz del Espíritu Santo’ (ibid.).
   
 
Este carisma, autoridad y luz ciertamente estuvieron presentes en el Concilio
Vaticano II; negar esto a todo el episcopado cum Petro y sub
Petro, reunido para enseñar a la Iglesia universal, sería negar algo de la
esencia misma de la Iglesia (cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe,
Declaración Mystérium Ecclésiæ, 24-VI-1973, nn. 2-5)”. 
 
  
Poco después, Monseñor Ocáriz añade:
“Las afirmaciones del Concilio Vaticano II que recuerdan verdades de fe
requieren, obviamente, la adhesión de fe teologal, no porque hayan sido
enseñadas por este Concilio, sino porque ya habían sido enseñadas 
infaliblemente
como tales por la Iglesia, mediante un juicio solemne o mediante el 
Magisterio
ordinario y universal. […] Las demás enseñanzas doctrinales del Concilio
 requieren de los fieles el
grado de adhesión denominado ‘religioso asentimiento de la voluntad y de
 la
inteligencia’. Un  asentimiento ‘religioso’, por lo tanto no fundado en
motivaciones puramente racionales. Tal adhesión no se configura como un 
acto de
fe, sino más bien de obediencia no sencillamente disciplinaria, mas 
enraizada en
la confianza en la asistencia divina al Magisterio y, por ello, ‘en la 
lógica y bajo el impulso de la obediencia de la fe’ (Congregación para 
la Doctrina de la
Fe, Instrucción Donum veritátis, 24-V-1990, n. 23). Esta obediencia al
Magisterio de la Iglesia no constituye un límite puesto a la libertad; al
contrario, es fuente de libertad. Las palabras de Cristo: ‘Quien a vosotros escucha, a mí me escucha’ (Lc 10,16) se dirigen también a los sucesores
de los Apóstoles”. 
 
  
Cerca del final, mons. Ocáriz dice:
“En cualquier caso, siguen siendo espacios legítimos de
libertad teológica para explicar de uno u otro modo la no contradicción con la
Tradición de algunas formulaciones presentes en los textos conciliares y, por
ello, para explicar el significado mismo de algunas expresiones contenidas en
esas partes”. 
 
  
Los caminos de Dios no son los nuestros 
Jesucristo podría, por supuesto, haber dado a San Pedro y a sus 
sucesores el carisma de la infalibilidad absoluta. Esta  podría, en 
teoría, cubrir cualquier pronunciamiento doctrinal de los papas y 
concilios, además de las resoluciones canónicas, litúrgicas, etc. E 
incluso podría cubrir las decisiones pastorales y administrativas. El 
problema no es si la asistencia del Espíritu Santo  con un alcance 
absoluto y general, sería en principio posible. Por supuesto que sí. 
  
En realidad, sin embargo, Nuestro Señor no quiso dar a San Pedro, al 
Colegio de los Obispos con el Papa, a la Iglesia en fin, la asistencia 
en términos tan absolutos. Los caminos de Dios no siempre son los 
nuestros. La barca de Pedro está sujeto a tempestades. En resumen, la 
teología tradicional  dice que consta en la revelación  que la 
asistencia del Espíritu Santo de Dios no fue prometida, y por lo tanto 
no fue asegurada, sin restricciones en todos los casos y circunstancias.
 
   
Esta asistencia garantizada por nuestro Señor cubre sin restricciones 
las definiciones extraordinarias, tanto  papales como conciliares. Sin 
embargo, las monumentales obras teológicas, sobre todo las de  la edad 
de plata de la escolástica, ponen de manifiesto que puede haber errores e
 incluso herejías, en los pronunciamientos papales y conciliares no 
garantizados por la infalibilidad. 
  
La doctrina es más matizada de lo que quieres, Mons. Ocáriz
El documento sostiene, como absoluto e incondicional, el principio de 
que incluso las enseñanzas no infalibles del Magisterio papal o 
conciliar necesariamente requieren el asentimiento interno de los 
fieles. Ahora bien, los grandes autores  neoescolásticos  establecen 
salvedades importantes a esta teoría, demostrando que no se puede tomar 
de modo tan simplista, como una norma que no admite excepciones. 
  
En efecto,
- Franz Diekamp declara que la obligación de adherirse a la enseñanza 
infalible del Papa  “puede comenzar a cesar” en el caso rarísimo de que 
un experto, después de un examen diligentísimo, “llegue a la convicción 
de que el error se introdujo en la declaración” (Theologíæ Dogmáticæ Manuále, I, 72).
- Christian Pesch SJ admite  tal asentimiento “hasta que se aclare que
 hubo un error positivo en el decreto de la Curia Romana  o del Papa” (Prælectiónes  Dogmáticæ, I, 314 / 315).
- Benedictus Merkelbach OP  enseña que la doctrina propuesta de forma 
no infalible,  accidentalmente y en circunstancias excepcionales, puede 
admitir la suspensión del asentimiento interno (Summa Theologíæ Morális, I, 601).
- Hugo Hurter dice que ante  declaraciones no  infalibles, puede ser 
legítimo “el miedo al error, el asentimiento condicional, o la 
suspensión del juicio” (Theologíæ Dogmáticæ compéndium, I, 492).
- Sixto Cartechini SJ sostiene que el asentimiento interno a  las 
decisiones no infalibles se puede negar si los fieles “tienen la 
evidencia de que algo ordenado es ilegal,  pudiendo en esta hipótesis 
suspender el asentimiento (…) sin miedo y sin pecado ” (Dall’Opinione al Dogma, 153-154)
- El abad Paul Nau OSB explicó que el asentimiento puede ser 
suspendido o negado si hay “una oposición entre un preciso texto de 
encíclica  y otros testimonios de la tradición” (Une source doctrinale: les encycliques, 84). 
  
Absolutizando indebidamente el concepto de  ayuda divina
Aquí está el grave error, con consecuencias muy graves e incluso 
gravísimas, en que incide el ilustre y venerando Vicario General del 
Opus Dei. Él entiende que el Magisterio, asistido por el  divino 
Espíritu Santo, sería omnímodamente y necesariamente inmune a cualquier 
desviación doctrinal. Ahora bien, así como el Magisterio Ordinario de 
todos los tiempos, aunque asistido por el Espíritu Santo, no siempre 
está garantizado por la infalibilidad, así  también  el Magisterio de 
hoy en día aunque cuenta con la ayuda divina,  sin embargo no está 
asegurado por  la exención absoluta de error. Por lo tanto, algunas  
enseñanzas del Magisterio Ordinario pueden diferir de la Tradición, 
incluso en casos graves. Es lo que lógicamente fluye de la carta 
apostólica “Tuas Libénter”, en la que Pío IX  describe las 
diversas condiciones necesarias para que el magisterio ordinario goce de
 infalibilidad,  condiciones que el Vaticano I,  no las distingue 
claramente ya que resume toda esta doctrina  con la expresión 
“Magisterio Ordinario universal” (esta cuestión requeriría un estudio 
más profundo que, tengo la intención de desarrollar en el corto plazo). 
   
Las nuevas doctrinas del Concilio Vaticano II que se señalan como 
divergentes de la tradición –la libertad religiosa, la colegialidad, 
ecumenismo, etc.– pueden ser una enseñanza diferente (“si quis áliter docet”,
 I Timoteo 6, 3), sin que se pueda decir que ha fallado la ayuda del 
Espíritu Santo y que se ha herido la indefectibilidad de la Iglesia. 
   
“Todos los días hasta el fin del mundo”
Así que no podemos decir, sin más, que existe  infalibilidad absoluta en
 los pronunciamientos papales y conciliares. Sea en nombre de la 
infalibilidad del magisterio, bien en nombre de la obediencia de los 
fieles a Pedro, o en nombre de una  aceptación de  supuesta seguridad 
ante la aceptación de todos los pronunciamientos del Magisterio 
auténtico no infalible, o en nombre de cualquier otra doctrina teológica
 o parateológica que  pueda ser excogitada, la verdad es que en la 
revelación nada garantiza que los pronunciamientos no infalibles sean  
infalibles de una forma o de otra. Aquí, de nuevo, la tesis del  
eminente mons Ocáriz se alejan del buen camino 
   
Examinemos con lupa esta cuestión. No hay duda, que hay documentos de la
 Sede Apostólica y de la teología tradicional que dicen, sin distinción,
 que todas las enseñanzas doctrinales de los papas y los concilios deben
 ser acogidas por los fieles, aunque no sean infalibles, y por tanto no 
dotados del  carisma de la infalibilidad. Aquí se incluyen las sutilezas
 de la hermenéutica en general y en particular en la exégesis de lo 
sagrado: Así como no podemos tomar de manera  monolítica  el “No 
matarás” del Decálogo, porque esto implica excepciones, por ejemplo, en 
caso de defensa propia, así no  se puede tomar como principio absoluto  
siempre y en todos los casos, la aceptación sin rechistar de la 
enseñanza del carisma de la infalibilidad. El interés de los préstamos 
fue prohibido, después fue admitido, y  se sometió a miles de 
vicisitudes. La aceptación de los ritos chinos tuvo las mismas 
vacilaciónes. 
   
La otra cara de la moneda: el Papa hereje y el papa cismático
Esta moneda tiene dos caras. Si, por un lado, la doctrina tradicional 
admite la posibilidad de error en la enseñanza no infalible del Supremo 
Magisterio, sin lugar a dudas, por otra parte, en paralelo, también 
admite, sin ningún tipo de connotación sedevacantista, la posibilidad de
 un Papa hereje y un Papa cismático. 
  
Acerca de un Papa  hereje, San Roberto Belarmino, San Francisco de 
Sales, Francisco Suárez, Domingo de Soto Domingo, Marie Dominique Bouix,
 Matteo Conte da Coronata y muchos otros entre los más grandes maestros 
de la escolástica admiten la teoría de que un Papa puede caer en la 
herejía. Pietro Ballerini, cuyos estudios fueron importantes para la 
definición de infalibilidad en el Concilio Vaticano I, veía en la 
hipótesis de un Papa herético “un peligro inminente para la fe, entre 
todos el más grave”, ante el cual cualquier fiel debería  “resistirle en
 su  cara, refutarlo, y si fuere necesario, interpelarlo e instarlo al 
arrepentimiento”, “para que todos pudiesen guardarse de él”. (De potestáte ecclesiástica Summórum Pontíficum et Concilórum generálium, 104-105). 
  
Acerca del Papa cismático, es indiscutible que la edad de plata de la 
escolástica y neoescolástica dejó en claro que, en períodos de crisis 
religiosa profunda, es en principio posible que un Papa, sin perder su 
puesto de inmediato, se separara de la Iglesia, incidiendo en el 
entretanto en el  cisma. Esto es lo que sucede si el Sumo Pontífice 
“subvirtiera todas las ceremonias eclesiásticas”, “desobedeciera  la ley
 de Cristo”, “ordenara lo que es contrario al derecho natural o divino”,
 no “tuviera en cuenta lo que fue ordenado, por los concilios 
universales o por  la Santa Sede,  especialmente en relación al culto 
divino”, “no observara  el rito universal del culto eclesiástico”, o 
“dejara de observar con pertinacia lo que se estableció para el orden 
común de la Iglesia”, lo que  finalmente, pudiera permitir  a los fieles
 e incluso obligar en conciencia  “a resistirle a la cara”. Tanto es 
así,  que en estos casos el Cardenal Cayetano dice, sin ninguna  
connotación sedevacantista, que “ni la Iglesia estaría en él, ni tampoco
 él en la Iglesia” (II – II, q. 39, a. 1, n. VI).
  
Someto  respetuosamente estas razones al reverendo vicario general del 
Opus Dei y, en la medida que la Iglesia lo prescribe, a  la Sede de 
Pedro, columna y baluarte de la verdad, objeto de todo mi amor y 
devoción desde la época en que como congregante mariano aprendí a 
venerar la sagrada doctrina de la Iglesia Católica Apostólica y Romana. 
También las someto  a los teólogos tradicionales de nuestros días. Por 
las brillantes razones que muchos de estos vienen proclamando, y por las
 mías propias, considero que no hay nada en la teología dogmática que nos obligue  moralmente a asentir a las nuevas doctrinas del Concilio Vaticano II  [énfasis del traductor] que, incluso en palabras de mons. Ocáriz, “fueron y
siguen siendo objeto de controversias sobre su continuidad con el Magisterio
precedente, o bien sobre su compatibilidad con la Tradición”.
  
COMENTARIO DE FRAY EUSEBIO DE LUGO OSH
Me temo que tanto uno (Ocáriz) como otro (da Silveira) coinciden en sus errores, y por las 
mismas razones. Está visto que esta cuestión sobre la posibilidad de que
 el Papa pueda errar cuando enseña a toda la Iglesia sobre la Fe y las 
costumbres es una de las más importantes y controvertidas de los últimos
 siglos, por la multitud de implicaciones que conlleva.
   
Reservándome para un estudio más largo, como promete el mismo autor, me limitaré a unos breves comentarios:
   
Recordar en primer lugar que si bien las verdades de Fe son en sí 
mismas inmutables, su comprensión por parte de los cristianos puede 
pasar por visicitudes bastante variadas. Por ejemplo, el culto a las 
imágenes nos viene de los tiempos apostólicos, y sin embargo, llegado a 
cierta época, por influencia judaica, esa necesidad del culto de las 
imágenes fue olvidada u oscurecida en el alma de muchos cristianos. Sin 
llegar a negarla, muchos se vieron contaminados por las posiciones 
heréticas de los iconoclastas, y sostuvieron que las imágenes eran 
adecuadas para la instrucción de los iletrados, pero que no debían ser 
veneradas. Llegaron incluso a crear imágenes voluntariamente feas o 
repulsivas para evitar que se les diera culto y veneración. Y aunque 
luego la Iglesia venció, restableciendo plenamente la veneración a las 
imágenes, quedaron miasmas de la antigua herejía que previnieron ciertas
 mentes contra ellas hasta el día de hoy.
  
Otras veces ocurre que verdades de Fe creídas desde el principio van 
apagándose en la conciencia cristiana cuando los teólogos no consiguen 
encontrar fórmulas para explicarlas adecuadamente. Es el caso de la 
Inmaculada Concepción, que fue una verdad absolutamente clara en el 
Oriente del primer milenio, como lo atestigüan los textos litúrgicos, 
pero que luego se fué olvidando, por no conseguir explicar su relación 
con la Redención universal. Lo mismo le pasó a santo Tomás, que empezó 
sosteniéndola, más tarde dudando, para, al final de su vida, volver a 
aceptarla.
   
Con la infalibilidad pontificia ha pasado algo parecido: Todos los 
cristianos del primer milenio sostuvieron en pacífica posesión que los 
sucesores de Pedro eran inmunes al error, sin necesidad de precisar más.
  
Pero cuando los teólogos se vieron obligados a precisar las formas y 
condiciones del Magisterio y su infalibilidad, empezaron los problemas, y
 esta importante verdad empezó a oscurecerse en numerosos espíritus. Los
 mismos defensores de la infalibilidad se vieron afectados por las 
objeciones de sus enemigos, y poco a poco, fueron aceptando, aunque a 
regañadientes, la posibilidad de que el papa pudiese enseñar el error a 
toda la Iglesia. Esos son los teólogos de la segunda escolástica cuyos 
argumentos repiten sin cesar los partidarios de la falibilidad del papa.
   
Apuntar además que éstos tienen disculpas porque los herejes 
procuraron probar a través de la falsificación de la historia que se 
habían dado casos de papas herejes e incluso de papas que habían 
intentado enseñar el error a la Iglesia, siendo incluso condenados como 
herejes por sus sucesores. Los sostenedores actuales de esas fábulas ya 
no tienen esa disculpa, porque ya hace mucho tiempo que buenos 
historiadores han demostrado la falsedad de esas calumnias.
   
Los Papas pueden enseñar de varios modos, pero siempre son infalibles.
  
Se  distinguen dos modos principales:
- El Magisterio extraordinario o solemne, cuando el Papa quiere 
expresar o definir de manera más precisa y obligar a los fieles de modo 
más estricto a guardar una determinada verdad de Fe.
- El magisterio ordinario, de todos los días, por medio de Enciclicas, Bulas, y otros documentos dirigidos a la Iglesia.
Si ese Magisterio es compartido con el resto de los obispos dispersos 
por el mundo, se le llama Magisterio Ordinario y Universal.
  
Desgraciadamente, ciertos teólogos, imitando los retruécanos de 
galicanos y jansenistas, intentaron distinguir entre un Magisterio 
Ordinario Infalible, y otro, de menor entidad, falible, que llamaron 
Magisterio meramente auténtico.
   
Esto fue posible porque los mismos eclesiásticos fueron perdiendo el 
sentido sobrenatural, que nos indica que es el Espíritu Santo el que 
impide que el Papa pueda enseñar el error, así como el sentido de la 
autoridad, que sabe que es Dios quien gobierna, a pesar de la fragilidad
 de las autoridades que Él asiste.
   
Los teólogos se dividieron entre aquellos que negaban la 
infalibilidad del Magisterio ordinario universal, para restringirlo 
solamente a las definiciones solemnes, aquellos que siguieron afirmando 
que el Papa era siempre infalible en su enseñanza, mientras que otros 
tomaron una vía media.
   
Así vemos que Mons. Ocáriz  admite que tanto el Magisterio 
extraordinario como el ordinario son infalibles, pero admite un tercero 
que no es ni carne ni pescado: No sería de suyo infalible, pero tampoco 
sería falible: Aquí tenemos nuestro magisterio meramente auténtico. De 
lo más curiosa es la afirmación de que los tres tipos de Magisterio 
pueden coincidir en los textos de un mismo Concilio, por lo que 
tendríamos que hacer encaje de bolillos para saber cuál es cada uno.
   
Mantiene esa contradicción por unos motivos bien concretos:
- Tiene que afirmar que el Concilio no ha podido equivocarse, si quiere
 seguir forzando la adhesión de los fieles, pero al mismo tiempo, debe 
dejar una puerta abierta a que pueda reconocerse algún error en el 
Concilio, sin que pueda decirse que la autoridad infalible ha errado.
- Puede así reclamar obediencia al Concilio y a los Papas conciliares, sin cerrarse ninguna salida…
El señor da Silveira no parece haber entendido la postura media, 
diplomática,  adoptada por Mons. Ocáriz, sino que lo coloca en el grupo 
de los sostenedores de lo que él llama infalibilidad “absoluta” del 
Papa. Por lo dicho más arriba, comete un grave error teológico, aunque 
opuesto al que él achaca a Mons. Ocáriz.
  
Los dos saben que con la tesis tradicional, que ellos llaman 
absoluta, los errores presentes en el magisterio conciliar y 
posconciliar llevarían a negar la legitimidad tanto del Concilio como de
 las presuntas autoridades conciliares, y eso es lo que quieren evitar a
 toda costa, como dice Silveira, “sin ningún tipo de connotación 
sedevacantista”, eso es lo que les obsesiona.   
   
Y como se han dado cuenta de que los católicos se tragan cada vez 
menos aquello de que el magisterio conciliar no tiene ninguna 
discontinuidad (en cristiano: error o herejía), van aceptando la 
presencia de esas discontinuidades, pero precisando que no afectarían la
 infalibilidad, y por lo tanto legitimidad, de los prebostes 
conciliares, porque pertenecerían a ese famoso magisterio meramente 
auténtico no infalible…
   
Eso arregla a Roma, que no pone en peligro ni su pretensión de seguir
 siendo la Iglesia de Cristo, y no una falsificación usurpadora de la 
verdadera Iglesia de Cristo, y también arreglaría a la FSSPX, que podría
 volver al seno de la Iglesia conciliar, sin reconocer que lleva 
enseñando una doctrina gravemente errónea sobre la infalibilidad de la 
Iglesia desde hace decenios, mientras persigue a los que perseveran en 
creer y enseñar la verdad siempre creída, así como en sacar las 
consecuencias prácticas que se imponen.
   
Según Mons. Ocáriz, resulta que el Magisterio puede renunciar a su 
infalibilidad, sin llegar a ser falible. Han suprimido el limbo de los 
niños, y lo han trasladado al ámbito de las enseñanzas doctrinales, 
ellas también Ni-Nis: Ni infalibles, ni falibles…diría Perogrullo. Pues 
en mi pueblo, o lo uno o lo otro…
   
Supone además que la infalibilidad es como una prenda de ropa, que
 se puede poner o quitar a voluntad. Pues no. No está en manos del Papa o
 del Concilio renunciar a lo que fundamenta su poder de obligar en 
conciencia a los fieles. Si éstos asienten con mente y voluntad a lo 
propuesto por sus pastores, es porque saben que los ampara Dios que ni 
se engaña ni nos engaña. De otro modo ni siquiera la Iglesia podría 
pretender ligar nuestra conciencia.
   
Como la generalidad de los teólogos después de 1870, parece haber 
olvidado que el Papa no es infalible sólo en sus declaraciones solemnes,
 sino también en su Magisterio ordinario, así como en otros actos en los
 que se pone en juego la Fe y el bienestar espiritual de los cristianos.
 Por lo que no existe un Magisterio Pontificio auténtico pero falible.
   
El Papa es igualmente infalible bien sea que se exprese mediante 
una definición solemne, como la de la Inmaculada Concepción de 1854, o 
bien se exprese en unas Bulas como las de Sixto IV a fines del S. XV.
  
Lo que cambia es el valor de obligación de la doctrina expresada: 
Alguien que negase la Inmaculada Concepción en el s. XV no podía ser 
declarado hereje, el que negara la definición de 1854, sí.
   
En cuanto a los Obispos, nunca son infalibles de por sí, es el 
Papa el que puntualmente y en algunas raras ocasiones los asocia a ese 
carisma que él posee como cosa propia, por ejemplo, cuando aprueba las 
Actas de un Concilio ecuménico. Podría ocurrir que el Papa convocara un 
Concilio, en su transcurso los obispos se rebelaran contra él no 
queriendo aceptar sus correcciones; todos caerían en el error, menos el 
Papa, que se mantendría, sólo, en la verdad.
   
Los teólogos dan a veces la impresión de caer en una especie de 
positivismo, cuando no de rabinismo teológico, en el que solo existirían
 los textos del Magisterio, sin otra cosa que permitiese interpretarlos 
rectamente.
  
Tenemos todo el Humus de la Tradición y la Escritura, y tenemos las 
advertencias y condenaciones de todos los Concilios y Papas anteriores. 
Ellos mismos nos mandan infinitas veces rechazar enérgicamente a los 
contradictores de sus decretos. Por lo que si en el V2 aparecen 
afirmaciones claramente contradictorias, nuestro deber es rechazarlas, 
no por opinión subjetiva, sino por obediencia. Es verdad que muchos 
textos del Concilio son voluntariamente ambiguos, y cuesta más descubrir
 su discontinuidad con la doctrina católica, pero también lo es que 
otros textos son claramente revolucionarios. Pero si advertimos que los 
mismísimos principios rectores de esa asamblea no son católicos, es todo
 lo demás lo que debe ser rechazado.
   
El mismo Ocáriz reconoce que existen novedades. Y lo nuevo se 
define como lo que antes no existía. Y si no existía, mal puede 
demostrar continuidad con lo anterior. Menos puede aún si es nuevo 
precisamente porque lo contradice. En la doctrina católica, no hay 
generación espontánea. Ni la colegialidad, ni la libertad religiosa, ni 
la revolución litúrgica pueden reivindicar precedente alguno en 2000 
años de historia de la Iglesia. Al revés, fueron condenadas muchas 
veces.
   
Quizás pudiera caber la posibilidad de que el Magisterio enseñara 
una novedad absoluta, siempre que ésta fuese compatible con la 
Tradición, por ejemplo, cuando tratase de fecundación in vitro, cosa que
 las generaciones pasadas ni imaginaron. Pero lo que no puede hacer 
jamás es enseñar algo contrario a esa Tradición y claramente condenado.
   
Si ésto ocurriera, el Papa Pablo IV nos ha dado la solución: Los 
presuntos Pastores han resultado no ser tales, sino usurpadores. Y en el
 caso del Papa, nunca ha sido legítimo. No hablan en nombre de Dios, 
sino del Enemigo. La prueba está precisamente en que intentan obligarnos
 a renunciar al principio de no contradicción, como veíamos al 
principio. E intentan esclavizar nuestra mente exigiendo una sumisión 
indebida.  Es peor aún que un abuso de autoridad, es demostrar que la 
han perdido, o que jamás la han tenido.
   
El mismo Pablo IV es claro: Debemos rechazar ese falso Magisterio y
 esas falsas autoridades sin ninguna angustia de conciencia, firmemente 
asentados en lo enseñado y no susceptible de ser corrompido, hasta que 
podamos volver a tener verdaderos Papa y obispos, que no podrán sino 
condenar a los usurpadores.