Tratado de Pedro J. Barreto II. Traducción propia.
¿LOS CLÉRIGOS POSTERIORES A 1968 SON VERDADERAMENTE SACERDOTES Y OBISPOS?
Examen católico sobre la validez sacramental llevado por discusión con un sacerdote católico ordenado antes de 1960.
Este tratado tiene como finalidad alentar el estudio y la reflexión seria.
Se urge a los lectores a consultar las fuentes primarias y la teología tradicional para entender la gravedad de la cuestión.
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Actualmente hay una pregunta teológica grave: «¿Los hombres ordenados en el rito posterior a 1968 son verdaderamente sacerdotes y obispos de la Iglesia Católica Romana?».
Esto no es un juicio personal contra los individuos, sino una investigación objetiva sobre la validez sacramental, con base en la teología católica enseñada antes de las reformas modernas.
1.º ¿QUÉ HACE VÁLIDO A UN SACRAMENTO?
La Iglesia Católica siempre ha enseñado que todo sacramento requiere tres elementos esenciales:
- Materia: Signo físico
- Forma: Palabras esenciales
- Intención: Voluntad de hacer lo que hace la Iglesia.
Si alguno de estos elementos es defectuoso, el sacramento es inválido, lo que significa que simplemente no tuvo lugar.
Este principio es universalmente enseñado en los manuales de teología escolástica y moral.
2.º LA IGLESIA DEFINIÓ LA FORMA DE LAS ÓRDENES SAGRADAS
En 1947, la Constitución Sacraméntum Órdinis, promulgada por el Papa Pío XII, determinó definitivamente la forma esencial para:
- La ordenación de los sacerdotes, y
- La consagración de los obispos
Él aclaró que la forma debe significar claramente:
- La potestad para ofrecer el Sacrificio, y
- La potestad para perdonar los pecados
Estas no son ideas teológicas opcionales, sino la misma esencia del sacerdocio católico.
3.º EL CAMBIO INTRODUCIDO EN 1968
En 1968, Pablo VI promulgó un nuevo rito de ordenación con la constitución Pontificális Románi Recognítio.
Esta reforma alteró las palabras usadas en el Sacramento de las Órdenes Sagradas.
4.º EL PROBLEMA CON EL NUEVO RITO
A. Consagración episcopal (Obispos)
El rito tradicional confería explícitamente:
- La plenitud del sacerdocio,
- La potestad para ordenar, y
- La autoridad para ofrecer el Sacrificio.
El nuevo rito remplaza esta claridad con expresiones referentes a:
- Un “espíritu de gobierno”, y
- Un papel pastoral o administrativo.
Estas expresiones son ambiguas, y no significan claramente la potestad sacramental.
B. Ordenación sacerdotal
El rito tradicional expresaba claramente:
- La potestad de ofrecer el Santo Sacrificio de la Misa, y
- La potestad para perdonar los pecados.
El rito revisado remueve u oscurece estos elementos sacrificiales esenciales.
5.º ¿POR QUÉ IMPORTA LA AMBIGÜEDAD?
La Iglesia ya había sentenciado en una forma similar.
En la bula Apostólicæ Curæ, el Papa León XIII declaró las ordenaciones anglicanas «Absolutamente nulas y completamente inválidas» ¿Por qué? Porque:
- La forma era ambigua, y
- La intención era defectuosa.
Un sacramento debe expresar claramente lo que este realiza. Si no lo hace, falla.
6.º LA CONSECUENCIA LÓGICA
Si el nuevo rito de consagración episcopal es inválido:
- Los obispos no son verdaderos obispos,
- No pueden ordenar sacerdotes, y
- La sucesión apostólica no continúa por medio de ellos.
Por consiguiente:
- Los sacerdotes ordenados por tales obispos no son sacerdotes, y
- Los sacramentos que atentan conferir son inválidos.
Esto lleva a la grave conclusión que tales clérigos son laicos realizando ceremonias religiosas, y no verdaderos ministros de Cristo.
7.º LA CRISIS PREDICHA
Muchos católicos ven esta situación a la luz del mensaje de las apariciones de Nuestra Señora de Fátima:
- Una gran apostasía en la Iglesia, y
- Una pérdida de la Fe en muchos lugares.
Esta crisis se entiende no solamente como moral o disciplinaria, sino sacramental en su raíz.
8.º ACLARACIÓN: NO ES UN JUICIO PERSONAL
Esta posición no juzga
- La sinceridad,
- Las intenciones, ni
- La santidad personal
de los individuos en el clero moderno.
En cambio, plantea una pregunta estrictamente teológica: «¿El sacramento fue válidamente conferido?». Si no lo fue, entonces el individuo sigue siendo un laico, a pesar de las apariencias.
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La cuestión se basa en un principio fundamental: «La Iglesia no puede cambiar la forma esencial de un sacramento instituido por Cristo». Si tal cosa ocurriera, cesará de existir el sacramento.
Por tanto, el debate no es sobre preferencias o disciplina. Atañe a la misma realidad del sacerdocio y los sacramentos.
REFERENCIAS
- Documentos magisteriales
- Sacraméntum Órdinis (Definición de la forma esencial de las Órdenes Sagradas).
- Pontificális Románi Recognítio (Introducción de los nuevos ritos de ordenación).
- Apostólicæ Curæ (Sobre las formas sacramentales inválidas).
- Principios teológicos
- Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, parte III, cuestiones 60–65 (Sobre los sacramentos).
- Manuales estándar de teología sacramental anteriores al Vaticano II.
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Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)