LATÍN
«Lex est constitútio pópuli, qua majóres natu simul cum plébibus áliquid sanxérunt.
[…]
Erit áutem lex honésta, justa, possíbilis, secúndum natúram, secúndum consuetúdinem pátriæ, loco tempórique convéniens, necessária, útilis, manifésta quóque, ne áliquid per obscuritátem in captiónem contíneat, nullo priváto cómmodo, sed pro commúni cívium utilitáte conscrípta».
TRADUCCIÓN
«La ley es constitución del pueblo, según la cual los mayores por el nacimiento, juntamente con la plebe, han establecido alguna cosa.
[…]
La ley ha de ser honesta, justa, posible, conforme a la naturaleza y a la costumbre patria, conveniente al lugar y al tiempo, necesaria, útil, manifiesta para que no contenga nada que sea capcioso por oscuridad, y debe ser dada no para ninguna comodidad particular, sino para utilidad común de los ciudadanos».
SAN ISIDORO DE SEVILLA. Etimologías, libro quinto (De las Leyes y los tiempos), caps. X “Qué es la Ley” y XXI “Cómo debe ser la Ley”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios deberán relacionarse con el artículo. Los administradores se reservan el derecho de publicación, y renuncian a TODA responsabilidad por el contenido de los comentarios que no sean de su autoría. La blasfemia está estrictamente prohibida, y los insultos a la administración es causal de no publicación.
Comentar aquí significa aceptar las condiciones anteriores. De lo contrario, ABSTENERSE.
+Jorge de la Compasión (Autor del blog)
Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)