Vexílla Regis

Vexílla Regis
MIENTRAS EL MUNDO GIRA, LA CRUZ PERMANECE

LOS QUE APOYAN EL ABORTO PUDIERON NACER

LOS QUE APOYAN EL ABORTO PUDIERON NACER
NO AL ABORTO. ELLOS NO TIENEN LA CULPA DE QUE NO LUCHASTEIS CONTRA VUESTRA CONCUPISCENCIA

NO QUEREMOS QUE SE ACABE LA RELIGIÓN

NO QUEREMOS QUE SE ACABE LA RELIGIÓN
No hay forma de vivir sin Dios.

ORGULLOSAMENTE HISPANOHABLANTES

ORGULLOSAMENTE HISPANOHABLANTES

domingo, 8 de marzo de 2026

GREGORIO PALAMÁS Y SU CULTO: ESTUDIO DE CASO


En anterior oportunidad, exponíamos ser inconveniente e ilícito para un católico latino acudir a los ritos orientales. Ello no solo por las dudas en la apostolicidad de estos ritos (recuérdese que Constantinopla alteró los ritos orientales en aras de una uniformidad que ni siquiera en Roma se pensó), sino también porque, en el caso de los uniatos, estos fueron alterados según el espíritu del Novus Ordo. Pero otro elemento que se debe considerar es que se esté expuesto a las falsas doctrinas y los santos del cisma, uno de ellos el caso de Gregorio de Palamás.
   
Gregorio Palamás († 1359) fue uno de los promotores del Hesicasmo, una práctica espiritual consistente en el silencio y la repetición constante de jaculatorias como «Señor Jesucristo, Hijo de Dios, ten piedad de mí, que soy pecador» a fin de alcanzar la “Luz del Tabor” (en griego Φῶς τοῦ Θαβώρ; en ruso Фаворский свет; en georgiano თაბორის ნათება), una unión mística con Dios. El problema está en que el hesicasmo palamita, además de parecerse al quietismo, presentaba una división entre la esencia (οὐσία) y las operaciones (ἐνέργεια) de Dios en el que la primera era incognoscible, y la segunda se adquiría mediante el silencio de la oración contemplativa (ὴσυχία), lo cual causó álgido debate entre los ortodoxos, pero al final la causa palamista se impuso en Constantinopla por la victoria de Juan XI Cantacuceno en la II Guerra Civil Paleóloga, siendo canonizado en 1368 por el patriarca ortodoxo Filoteo I Kokkinos de Constantinopla, y su fiesta establecida para el 14 de Noviembre y el segundo domingo de la Gran Cuaresma (que en el antiguo Leccionario ortodoxo de Jerusalén, como encontró el clérigo y académico ortodoxo Job Getcha, correspondía al Domingo del Hijo Pródigo –recuérdese que los griegos denominan los domingos por el Evangelio y no por el Introito como los latinos–).

Antes de continuar, conviene distinguir cinco acepciones del Hesicasmo como son:
  1. El ascetismo de los primeros anacoretas en Egipto (aunque la palabra Hesicasta se usaba en el ascetismo de Palestina, como recoge el hagiógrafo Cirilo de Escitópolis);
  2. La práctica de la oración mental como método para la unión del alma con Dios, más allá de las cosas sensibles;
  3. La búsqueda de la vía unitiva mediante el rezo de jaculatorias como la Oración de Jesús ;
  4. La práctica de ejercicios psicosomáticos (respiración y posturas físicas) en combinación con las jaculatorias (siendo similar al jikr de los sufíes o el yoga en las religiones índicas), enseñada por Nicéforo Hesicasta, Arsenio de Creta y Gregorio del Sinaí; y
  5. La teología palamita sobre la 
El caso de Palamás permaneció durmiendo durante varios siglos, especialmente cuando el Sínodo de la Unión de Brest de 1596, que entre sus disposiciones estableció la reforma de los libros litúrgicos. Reforma que se emprendió después del Sínodo provincial grecocatólico de Zamość, en el año 1720, el cual emitió una prohibición contra el culto de Palamás:
«Geórgium [sic] Palámam non solum uti Sanctum coli, aut festo die celebrári, verum étiam eum in nostra Ecclésia nominári deínceps prohíbet Sancta Sýnodus sub pœnis contra schismáticos præscríptis [El Santo Sínodo no solamente prohíbe el culto de Jorge [sic] Palamás en cuanto santo o celebrar el día de su fiesta, sino también prohíbe nombrarlo en nuestra Iglesia, bajo las penas prescritas contra los cismáticos]» (Sýnodus provinciális Ruthenórum habíta in civitáte Zamósciæ anno MDCCXX, título XVII, in fine. Roma, Imprenta de la Sagrada Congregación de Propaganda Fide 1724 pág. 123).
Como el decreto del Sínodo (que fue aprobado por Benedicto XIII con la constitución apostólica “Apostolátus Offício” del 19 de Julio de 1724) tenía una errata al mencionar a “Jorge Palamás”, el metropolita Atanasio Sheptysky, quien fundó la Imprenta del Monasterio estudita de Univ en 1732 e inició la estandarización de los libros litúrgicos grecocatólicos rutenos, envió una carta circular al clero en 1738 ordenando: «Se debe eliminar todo el oficio a Gregorio Palamás, y en su lugar celebrar el oficio del santo que sea ese día». Prohibición que se reflejó en el calendario litúrgico grecocatólico de 1879 y en la 1.ª edición vaticana de la Liturgia Rusa de 1940, como reconoció incluso el mismo Yves Congar:
«La Iglesia Católica ha introducido, pues, en una edición oficial de su liturgia de rito bizantino-eslavo, santos que murieron y han sido canonizados después de la separación. Ella se ha mostrado en esto más generosa y más “católica” que la Iglesia Ortodoxa. En el decreto promulgado por el Patriarcado de Moscú el 16 de Junio de 1936 para la admisión en la Iglesia ortodoxa de Monseñor Winnaert y de su comunidad, se lee, en efecto: “5.º La comunidad adoptará en su calendario todos los santos honrados por la Iglesia de Oriente, y deberá guardar aquellos de los santos venerados en Occidente cuya beatificación sea anterior a la separación de Roma de la Iglesia Ortodoxa (Texto en L'unité spirituelle, 1938, pág. 8)”. Por otra parte, el decreto no dice desde qué fecha se dio la separación. De hecho, la fecha de 1054 ha sido indicada y seguida.
   
Así, las exclusiones realizadas hasta ahora por la Iglesia Católica dicen respecto, a lo que parece, a los personajes históricamente dudosos o a los santos ortodoxos por los cuales existen razones graves para creer que rechazaron personalmente la comunión con Roma. Es por esta razón también que Gregorio Palamás está excluido del calendario, como vimos antes con el Sínodo de Zamość. Marcos de Éfeso y Focio el Grande, está igualmente excluidos del calendario católico griego» [Artículo “A propos des saints canonisés dans les églises orthodoxes”. En Revue des Sciences Religieuses 22 (año 1948), pág. 255. Traducción propia].
Apenas fue hasta fines del siglo XIX y comienzos del siglo XX que la influencia de Palamás reapareció en el ámbito ortodoxo, y del lado católico hasta la década de 1930 con autores de tendencia modernista como Congar o Daniélou, que propugnaron por rehabilitar el culto a Gregorio Palamás y la práctica hesicasta. Pero fue el propio cardenal José Slipyjm arzobispo mayor con ínfulas patriarcales de los grecocatólicos ucranianos quien se dedicó de lleno a esa empresa, alentado por el Decreto sobre el Ecumenismo del Vaticano II.
   
Después del Vaticano II la Congregación para las Iglesias Orientales decidió realizar una nueva edición del Antologion en griego, y entonces surgió la cuestión de los textos litúrgicos del segundo domingo de Cuaresma: el Triodion (libro litúrgico para la Gran Cuaresma) de Constantinopla prescribe celebrar en este día la memoria de Gregorio Palamás. Teniendo algunas dudas, el prefecto de la Congregación para las Iglesias Orientales, el cardenal Maximiliano von Fürstenberg, decidió dirigirse en este asunto al cardenal Franjo Šeper, entonces prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Šeper, por su parte, le consultó al cardenal grecocatólico de Kiev-Galicia  José Slipyj, del cual el historiador estadounidense Jaroslav Jan Pelikan Bužek (un ortodoxo ruso convertido del protestantismo) señala: 
«Para la tradición oriental, la liturgia fue, esto lo dijo Slipyj en una carta publicada en enero del último año de su vida, maestra de nuestra fe. Y este no fue un aporte exclusivamente ucraniano, y menos aún exclusivamente ucraniano católico, como Slipyj tuvo oportunidad de aclarar cuando el arzobispo de Zagreb se dirigió a él con una pregunta sobre su visión sobre la legitimidad de la veneración, expresada por católicos de rito oriental ante santos ortodoxos, que no recibieron canonización occidental-católica. Él citó el precedente del Sínodo de San Petersburgo de los católicos orientales de 1917, que había aprobado tal veneración. Concretamente, él expresó la opinión de que la veneración de San Gregorio Palamas era justificada, aunque él no fue canonizado y de hecho fue condenado en la Iglesia Romano-Católica; Slipyj basó esta interpretación de la teología de Palamas en las obras de los eruditos ortodoxos Georgy Florovsky y John Meyendorff. Este fue un argumento y precedente que él pudo citar bien en muchos otros lugares» (J. Pelikan. Confesor de la fe entre Oriente y Occidente. Retrato del cardenal ucraniano José Slipyj. Kiev 1994, pág. 269).
El intercambio epistolar fue publicado por Víctor Zhukovski como anexo de su artículo “Святий Григорй Палама і його легітимізація в УГКЦ” (San Gregorio Palamás y su legitimación en la Iglesia Grecocatólica Ucraniana), en la revista Apuntes Científicos de la Universidad Católica Ucraniana, tomo I (Serie Teología, n.1. Leópolis, Editorial de la Universidad Católica Ucraniana 2009. Cartas que por primera vez traemos en su totalidad al español:
  
ANEXO 1: Carta del Cardenal Franjo Šeper al Cardenal José Slipyj, 30 de Marzo de 1971.
A Su Eminencia Reverendísima
Sr. Cardenal José Slipyj
Arzobispo Mayor de Leópolis de los ucranianos
  
Roma, 30 de Marzo de 1971
  
Señor Cardenal,
  
la Sagrada Congregación para las Iglesias Orientales está preparando la publicación del “Antologio” griego, que contiene la Oficiatura divina para uso de los sacerdotes diocesanos y de las parroquias, utilizado también en el rito greco-ortodoxo. En el segundo volumen, en el segundo Domingo de Cuaresma, la mencionada Sagrada Congregación tendría la intención de insertar la memoria del Obispo ortodoxo Gregorio Palamás, conmemorado en el mismo Domingo por la Iglesia ortodoxa. La introducción de la fiesta de Gregorio Palamás se remonta al año 1368 y se debe al Patriarca de Constantinopla Filoteo Kokkinos, quien compuso también el oficio del Santo. Ahora bien, la primera edición romana del “Antologio” Griego, aparecida en 1738, suprimió la memoria y el oficio de Gregorio Palamás y así también la edición de 1879. No se trataría, por tanto, de introducir un nuevo Santo en el oficio griego, sino de hacer cesar una omisión hecha en las ediciones romanas anteriores.
  
Dada la naturaleza discutida de las doctrinas teológicas de Gregorio Palamás y la cuestión, de si un miembro de una Iglesia separada puede ser reconocido como Santo por la Iglesia Católica, este Sagrado Dicasterio desea conocer la opinión de Vuestra Eminencia Reverendísima sobre la oportunidad o no de reinsertar la memoria de Gregorio Palamás en el “Antologio” que está a punto de ser publicado. Además, si Vuestra Eminencia tuviera conocimiento también de los motivos por los cuales esta memoria fue suprimida en las ediciones anteriores, Le estaría agradecido de ser informado.
  
Con sentimientos de profunda veneración, me declaro
de Vuestra Eminencia Reverendísima
devotísimo
  
(Fdo.) Franjo card. Šeper
  
Archivo Patriarcal de Santa Sofía en la vía Boccea (Roma), [t. 40], doc. 2016/04.
ANEXO 2: Carta del Patriarca José Slipyj al Cardenal Šeper, 6 de Abril de 1971.
A Su Eminencia Reverendísima e Ilustrísima 
Sr. Cardenal Franjo Šeper.
CIUDAD DEL VATICANO.

Vaticano, 6 de abril de 1971.

Eminencia Reverendísima.

Respondo a su estimada carta del 30 de marzo pasado, prot. N.º 563/70, pidiendo ante todo disculpas a su Eminencia Reverendísima por no haber podido elaborar un voto exhaustivo respecto al Obispo Ortodoxo Gregorio Palamás, ya que estoy completamente absorbido por el trabajo para nuestra Iglesia perseguida y abandonada. A pesar de esto, respondo, aunque brevemente, sobre la cuestión propuesta señalando que la dificultad surge no tanto por parte de la veneración de Gregorio Palamás como santo, sino más bien por parte de su incriminación herética (Hesicasmo) [ver: Jugie, Candal, Florovsky, Meyendorff, Schultze]. En el transcurso del Sínodo provincial de 1351, las teorías de Gregorio Palamás fueron atacadas por Barlaam y Gregorio Acindino, mientras que, tras su muerte ocurrida el 14 de noviembre de 1359, en el Sínodo de 1368 el Patriarca Filoteo Kokkino confirmó la doctrina de Palamás canonizándolo.
  
Desde la Unión de Brest de 1595/6 hasta el Sínodo de Zamość de 1720, en la Iglesia Católica de Ucrania la cuestión de Palamás no había sido planteada. Fue precisamente el Sínodo de Zamość el que prohibió la mención de Gregorio Palamás.
  
En 1868, el jesuita Martinov (Аnnus ecclesiásticus Græco-Slávicus, Bruselas 1868) relata las duras palabras de Alacio (De consensu  II, cap.  XII) contra Palamás: «hóminem exsecrábilem, non tantum sacerdótio spoliátum et perpétuæ dispositióni subjéctum, sed et ferro dignum… improbitátis auctórem perditíssimum» [hombre indigno, no solo privado del sacerdocio y excluido para siempre del rango, sino también tal que merece ser castigado (con fuego y) espada… un autor reprobísimo de deshonra]. Cfr. Diácono Basilio OSBM; Leónidas Fiodoroff, Roma 1966 págs. 227-28. Finalmente, cabe señalar que muchos manuales de Teología Dogmática lo acusan de herejía.
  
En cuanto a la veneración de Gregorio Palamás como Santo, considero que remóta incriminatióne hæréseos (eliminada la incriminación de herejía) no hay dificultades ya que:
1) muchos Santos son venerados comúnmente por católicos y ortodoxos;
2) la Unión de Brest, de 1595/6, permitió venerar a todos los Santos venerados por nuestra Iglesia antes de la propia Unión;
3) el Sínodo de San Petersburgo de 1917, celebrado bajo la presidencia del Metropólita Andrés Sheptytsky OSBM, permitió, con los cánones 5, 6, 7 y 8, la veneración de los Santos venerados por los rusos ortodoxos, salvo prohibición explícita de la Santa Sede (cfr. “Opera Omnia Kir Josephi (Slipyj-Kobernyckyj-Duckovskyj) Archiepiscopi Majoris et Cardinalis”, Vols. III-IV. Roma 1970, págs. 75-83”).
  
Según mi modesto parecer, se podría insertar en el “Antologio” griego el oficio litúrgico de Palamás con la anotación «venerado por los ortodoxos», sin por esto entrar en el mérito de su doctrina. Pero valdría la pena estudiar más profundamente la cuestión y aclarar las dificultades.
  
Pido a Su Eminencia Reverendísima acoger los sentimientos de mi profunda veneración.

(Fdo.) José Card. Slipyj
  
P.S. = La Administración de la Universidad Católica Ucrania allega dos libros a la presente carta.
  
Referencia al archivo: Archivo Patriarcal de Santa Sofía en la vía Boccea (Roma), tomo 40, doc. 090-091.
Así, Šeper informó a los editores del Antologion que la Congregación para la Doctrina de la Fe no tenía objeciones a la inclusión del servicio a Gregorio Palamás en la recopilación, y en 1974 se publicó en Roma el segundo volumen del Antologion, que ya contenía los textos de este servicio para el segundo domingo de Cuaresma. Y diez años más tarde, Juan Pablo II, hablando en una reunión de ortodoxos y católicos, mencionó las obras de Palamás, llamándolo San Gregorio

Slipyj alude la observación del jesuita ruso Iván Mijaílovich Martýnov al 14 de Noviembre en las Acta Sanctórum, Octubre, tomo XI, París y Roma, Víctor Palmé 1868, pág. 280:
«Quum in Tábulis Græco-Moscis figurátis ad hunc diem invenísset Gregórium, epíscopum, indígenam esse putávit Papebróchius, sibi omníno ignótum, cujus loco idcírco substítuit S. Josáphatum, archiepíscopum Polocénsem et mártyrem. Non indígenam, sed Græcum hóminem esse státuit Kulcínius, ingénue addens eum in libris suis non reperíri. Tandem Gregórium, epíscopum Constántiæ, in Cypro, intelligéndum esse pronuntiávit Assemánus, ea potíssimum ductus ratióne quod in Fastis Græco-Moscis Gregórii omnes epíscopi, præter hunc descrípti cernúntur. Kal., t. V, pag. 353. Verum non Constántiæ epíscopus cernítur ibi, nec indígena áliquis, sed famósus us hǽresis et schísmatis fáutor Gregórius Paláma, archiepíscopi Thessalonicénsis, quem Fasti Græcórum et Russórum recentióres (pro nefas!) inter sanctos suos non ínfimæ notæ recénsent; síquidem præter hanc diem celébrant quóque domínica secúnda quadragésimæ, et ínsuper die 5 Augústi, ut observátum est a me eo die. Hóminem nempe, ut fert condemnatiónis tomus, apud Allátium éditus (De Consénsu Utriúsque Ecclésiæ, l. II, caр. XL, pag. 815), execrábilem, non tantum sacerdótio spoliátum et perpétuæ depositióni subjéctum, sed et igne férroque dignum: Palámam dénique, improbitátis auctórem perditíssimum, Palámam, cujus vel sola recordatióne ánimus simul ei mens expiánda est, talem hóminem, dolens dico, populáres mei, Græcis dúcibus, cultu ecclesiástico, condecórant ignorántiæ an malæ fidei culpándi. Ut vera esse probéntur, quæ de magístris eórum Græcis pronuntiáverat Gennádius, patriárcha: viros scílicet quámvis flagitiosíssimos, si solum advérsus Latínos dixérint, inter sanctíssimos ab eis collocári, láudibus extólli, festis solémnibus celebrári. Horum e número fuit sane Paláma, qui multa advérsus fidem Cathólicam scripsit; jamprídem a Bessarióne, cardináli, confutátus in Apología advérsus Gregórium Palámam pro Joánnis Veccæ, patriárcha Constantinopolitáni, libro advérsus responsiónes Græcórum de processióne Spíritus Sancti; cujus exémplar exstat manuscríptum in códice Vaticáno, signáto 1428, vérsio vero latina in codex 3526, teste auctóre anónymo Commentárii De vita et rebus gestis Bessariónis, card. Nicænipolitano, Romæ 1777» [Cuando encontró indicado para este día a Gregorio, el obispo, en las Tablas greco-moscovitas, figurado para este día, Daniel Papebroch​ pensó que era un nativo, completamente desconocido para él, y en su lugar, por lo tanto, sustituyó a San Josafat, arzobispo Polocense y mártir. Ignacio Kulczyński decidió que no era un nativo, sino un hombre griego, añadiendo francamente que no se encontraba en sus libros. Finalmente, José Assemani declaró que debía entenderse Gregorio, obispo de Constanza en Chipre, guiado principalmente por la razón de que en los Fastos Greco-Moscovitas se ven descritos todos los obispos de nombre Gregorio, excepto él  (Calendario, tomo. V, pág. 353). Pero no se ve allí al obispo de Constanza, ni a ningún nativo, sino al famoso partidario de la herejía y el cisma, Gregorio Palamás, arzobispo de Tesalónica, a quien los Fastos más recientes de los griegos y rusos (¡para mal!) enumeran entre sus santos no el menos notable. De hecho, además de este día, también lo celebran el segundo domingo de Cuaresma, y ​​además el 5 de agosto, como recordé ese día. Un hombre, a saber, como se indica en el volumen de condenación, publicado por León Alacio (De Consenso, 1. II, cap. XL, pág. 815), un hombre aborrecible, no solo despojado del sacerdocio y sujeto a deposición perpetua, sino también digno de fuego y hierro: Palamás, finalmente, el más perdido autor de la impiedad, Palamás, cuya mente y alma deben ser expiadas incluso con su mero recuerdo, tal hombre, digo con pesar, mis compatriotas, los líderes griegos, lo adornan con el culto eclesiástico, culpando a la ignorancia o la mala fe. Para que se compruebe la veracidad de lo que el patriarca Genadio había pronunciado sobre sus maestros griegos: a saber, que los hombres, por muy infames que fueran, si solo hablaban contra los latinos, eran colocados por ellos entre los más santos, ensalzados con alabanzas y celebrados con solemnes festividades. Entre ellos se encontraba sin duda Palamás, quien escribió mucho contra la fe católica; y ya fue refutado por el cardenal Basilio Besarión en la Apología de Juan XI Veccos, patriarca de Constantinopla, contra Gregorio Palamás, un libro contra las respuestas de los griegos sobre la procesión del Espíritu Santo; una copia del cual existe en el manuscrito del Código Vaticano, firmado en 1428, la versión latina en el Código 3526, como atestigua el autor anónimo de los Comentarios de la Vida y obras de Besarión, cardenal de Nicea, Roma, 1777].
Por otro lado, ¿en qué consistía la herejía de Palamás? En que él decía que no podía conocerse la divina esencia, y las operaciones solo se podían adquirir por la oración contemplativa (siendo así un precursor del quietismo que siglos después predicaría Miguel de Molinos). Y en esto de dividir la Esencia y las Operaciones de Dios, lo cual contradice a la Escritura («Dios es Caridad». 1.ª Juan IV, 8), a San Agustín («Lo que Dios tiene, esto es Él». La Ciudad de Dios, lib. XI, cap. X, 1) y a Santo Tomás de Aquino («Solo Dios es acto puro. Por tanto, solo en Dios su sustancia es su ser y su obrar». Suma Teológica, parte 1., cuestión 54, art. 1.), Palamás es de idéntico parecer a Gilberto de Poitiers, que había sido condenado en el Sínodo de Réims:
«La aceptación de una distinción real (distinctio realis) llevaría a la aceptación de una composición en Dios y, de este modo, a la disolución de la Divinidad. En el año 1148, un sínodo en Reims, en presencia del Papa Eugenio III, condenó, por ejemplo, a pedido de San Bernardo de Claraval, la doctrina de Gilberto de Poitiers, que, según la acusación de sus oponentes, ponía una distinción real entre Dios y la Divinidad (Deus–Divínitas), entre las Personas Divinas y Sus propiedades (Pater–patéritas) y, de acuerdo con los relatos de sus oponentes, también, entre la Esencia Divina y los Atributos Divinos. Esta acusación difícilmente puede ser demostrada por los escritos de Gilberto.

Contra esta doctrina, el Sínodo afirmó la identidad factual de Dios con la Divindad, que está con la Naturaleza Divina y las Personas, así como con Dios y Sus Atributos: “Crédimus et confitémur símplicem natúram divinitátis esse Deum nec áliquo sensu cathólico posse negári, quin divínitas sit Deus et Deus divínitas… crédimus, nonnísi ea sapiéntia, quæ est ipse Deus, sapiéntem esse, nonnísi ea magnitúdine, quæ est ipse Deus, magnum esse est.” [“Creemos y confesamos que Dios es una naturaleza simple de divinidad y que en ningún sentido católico puede negarse que la divinidad es Dios y que Dios es divinidad…  creemos que es sabio sólo con aquella sabiduría que es el mismo Dios; que es grande sólo con aquella grandeza que es el mismo Dios”] (Denzinger 389).
  
El Concilio de Unión de Florencia explicó en el Decreto para los jacobitas (1441): “[En Dios] todo es uno, donde no obsta la oposición de relación”» (Denzinger 703)” [Ludwig Ott, Fundamentals of Catholic Dogma, pág. 28].
  
Y la condena del hesicasmo no es exclusiva en la Iglesia Católica Romana. También en la Iglesia Copta Ortodoxa han habido muchas preocupaciones por el hesicasmo en cuanto práctica de la oración mental y cuanto ejercicio psicosomático:
  • El hieromonje Mateo el Pobre (en el siglo José Iskandar) señaló en su libro Vida de oración ortodoxa: el camino interior (Crestwood, NY: Imprenta del Seminario de San Vladímir, 2003), pág. 209 que el hesicasmo eliminó la simplicidad del concepto de la oración incesante en la vida monástica, desplazando «su posición ascética como una práctica humillante en sí misma a una posición mística, con programas, estipulaciones, bases técnicas y mecánicas, grados, objetivos y resultados».
  • En 2016, el obispo Bishoy (en el siglo Makram Iskander) Nicola de Damietta, jefe del departamento de teología del Instituto de Estudios Coptos y secretario del Sínodo de la Iglesia Ortodoxa Copta desde 1985 hasta 2012, criticó la distinción entre esencia y energía y rechazó el palamismo.
  
En conclusión, el culto de los grecocatólicos ucranianos a Gregorio Palamás, aparte de deberse a la preferencia particular del cardenal Slipyj, es un síntoma de la deriva doctrinal que se dio en ocasión del Vaticano II, que empezó a reconocer santidad fuera de la Iglesia Católica, e incluso CONTRA la misma Iglesia Católica que había condenado los errores de Palamás aun antes de él formularlos, por lo que antes del Vaticano II se prohibió su culto.
   
Y como contra los malos ejemplos hay que oponer los buenos, sea la oportunidad de reivindicar y promover a San Josafat Kuntsevich, cuyo celo apostólico y martirio por la causa de la Unidad en la Verdad Católica obtuvo la conversión de Melecio Smotritski, quien había sido su mayor perseguidor. Que por su intercesión nos conceda Dios que pronto se dé el retorno de los cismáticos y los uniatos deuterovaticanos a la Unidad en la Sana Doctrina y la Espiritualidad Auténtica que es la verdadera Iglesia Católica.
  
D. JORGE RONDÓN SANTOS S. Ch. R
8 de Marzo de 2026 (Año “Combate por la Cruz”).
Domingo de la III Semana de Cuaresma. Fiesta de San Juan de Dios, Confesor.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios deberán relacionarse con el artículo. Los administradores se reservan el derecho de publicación, y renuncian a TODA responsabilidad civil, administrativa, penal y canónica por el contenido de los comentarios que no sean de su autoría. La blasfemia está estrictamente prohibida, y los insultos a la administración constituyen causal de no publicación.

Comentar aquí significa aceptar las condiciones anteriores. De lo contrario, ABSTENERSE.

+Jorge de la Compasión (Autor del blog)

Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)