Vexílla Regis

Vexílla Regis
MIENTRAS EL MUNDO GIRA, LA CRUZ PERMANECE

LOS QUE APOYAN EL ABORTO PUDIERON NACER

LOS QUE APOYAN EL ABORTO PUDIERON NACER
NO AL ABORTO. ELLOS NO TIENEN LA CULPA DE QUE NO LUCHASTEIS CONTRA VUESTRA CONCUPISCENCIA

NO QUEREMOS QUE SE ACABE LA RELIGIÓN

NO QUEREMOS QUE SE ACABE LA RELIGIÓN
No hay forma de vivir sin Dios.

ORGULLOSAMENTE HISPANOHABLANTES

ORGULLOSAMENTE HISPANOHABLANTES

viernes, 6 de marzo de 2026

LUXEMBURGO APRUEBA LA “LIBERTAD” PARA ABORTAR

   
Luxemburgo aprobó una reforma constitucional introduciendo la llamada “libertad” de abortar, convirtiéndose así en el segundo país del mundo en constitucionalizar el aborto después de Francia (que lo “constitucionalizó” en respuesta al fallo “Dodds vs. Jackson” que revocó la sentencia “Doe vs. Wade” en Estados Unidos), informó LifeSiteNews.
  
La Cámara de Diputados (Parlamento unicameral) aprobó el pasado 1 de Marzo la reforma con 48 votos a favor, seis en contra y dos abstenciones, superando así la mayoría de dos tercios necesaria desde 2003 para modificar la Constitución del país. Aun así, el proyecto está para segunda votación en el mes de Junio.
   
La iniciativa fue promovida inicialmente en 2024 por el diputado Marc Baum (tal vez lo recordéis por la película de 2004 “Venezuela” y hasta ahí llegó) del partido opositor Déi Lénk (“La Izquierda”), y presentada formalmente en Mayo de 2025, siendo revisada por el Consejo de Estado (un órgano consultor) luxemburgués el mes siguiente.

Durante el proceso, se produjo un intenso debate sobre la formulación del texto constitucional, dado que partidos como el gobiernista Partido Popular Social Cristiano (que al final aprobó el proyecto de enmienda) se opusieron a que erigiese el aborto como un “derecho” porque entonces se seguiría el “deber” del Estado para garantizarlo, optándose después acoger la fórmula “libertad de abortar”, una expresión que consagra la legalidad del aborto en la Constitución, aunque permite mantener determinadas limitaciones legales.

En Luxemburgo el aborto es actualmente legal hasta las 12 semanas de embarazo. Sin embargo, en los últimos años se han introducido modificaciones que han ampliado el acceso a esta práctica, como la eliminación en 2005 del periodo obligatorio de reflexión de tres días y la sesión de asesoramiento previa al aborto, o la posibilidad de abortar en etapas más avanzadas del embarazo cuando el feto presenta lo que la ley denomina “anomalía fetal fatal”.

Durante el debate parlamentario también se planteó ampliar el plazo legal del aborto hasta las 14 semanas, así como introducir en la Constitución un supuesto “derecho a la anticoncepción”, aunque ambas propuestas fueron finalmente rechazadas.

Un grupo de académicos y juristas internacionales, entre ellos profesores de universidades como Harvard y Oxford, firmó una carta abierta dirigida a los legisladores luxemburgueses advirtiendo que la inclusión en la Constitución de la “libertad” de abortar podría terminar siendo interpretada por los tribunales como un derecho subjetivo, ampliando su alcance jurídico en el futuro.
  
Luxemburgo es una monarquía constitucional, pero el jefe de Estado, el Gran Duque Guillermo V de Borbón-Parma y Mestre, tiene hoy un papel muy limitado en el proceso legislativo, desde que en 2008 su padre Enrique I de Borbón-Parma y Nasáu-Veilburgo se negó a sancionar la ley que legalizaba la eutanasia. Tras aquel episodio, el Parlamento decidió eliminar el derecho de asentimiento del monarca para que su firma en las leyes tuviera únicamente un carácter formal, como en 2023, cuando la Cámara de Diputados aprobó y legalizó el uso de la marihuana, siendo el segundo país de la Unión Europea en hacerlo, después de Malta (aunque a diferencia de esta, no posee un marco legal para los clubes de consumo de marihuana, debido al estricto marco regulatorio de la Unión).

Hasta el momento, no se conoce pronunciamiento del cardenal de Luxemburgo, el arzobispón Jean Marc Hollerich Wester SJ. Pero ni hace falta tampoco, dado que no servirá de nada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios deberán relacionarse con el artículo. Los administradores se reservan el derecho de publicación, y renuncian a TODA responsabilidad civil, administrativa, penal y canónica por el contenido de los comentarios que no sean de su autoría. La blasfemia está estrictamente prohibida, y los insultos a la administración constituyen causal de no publicación.

Comentar aquí significa aceptar las condiciones anteriores. De lo contrario, ABSTENERSE.

+Jorge de la Compasión (Autor del blog)

Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)