Traducción del Comentario de los Padres de TRADITIO. Por “Indulto” se entiende a todas aquellas sociedades fundadas en torno y/o con posterioridad al Indulto “Quáttuor abhinc annos”, que liberalizó la “Misa” de 1962 (la “Forma Extraordinaria del Rito Romano” de la que habla el Motu)
Las sociedades “indultadas” de la neo-iglesia, como la Fraternidad Sacerdotal San Pedro (FSSP), son lobos vestidos de ovejas.
Ellos no tienen sacerdotes válidos, porque no fueron ordenados por obispos válidamente consagrados, sino por neo-obispos inválidos y protestantizados bjo el inválido y protestantizado Ordinal de 1968.
Por eso, aun con materia, forma e intención válidas, sus sacramentos son inválidos, como los de los protestantes.
Queridos Padres de TRADITIO: ¿Los clérigos asociados en las sociedades pseudotradicionales “indultadas” de la iglesia conciliar como la Fraternidad Sacerdotal San Pedro (FSSP) y el Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote (ICRSS) tienen la intención válida requerida por la Iglesia Católica cuando intentan confeccionar los Sacramentos? (Joe).
Respuesta de los Padres de TRADITIO:
Como tú sabes, para confeccionar válidamente un Sacramento, un sacerdote usa la forma y materia adecuadas y tiene una intención válida ante el Sacramento. Todas tres deben ser válidas para la validez del Sacramento. Así, la iglesia conciliar no tiene un sacerdocio válido porque usan una forma protestantizada bajo el Ordinal de 1968 para “instalar” (no ordenar) “presbíteros-ministros”, no sacerdotes. La Deuterovaticanidad no tiene una Misa válida porque, entre otras razones, usa la materia inválida de galletas y Kool-Aid en lugar de pan de trigo simple e inalterado.
Adicional a la forma, materia e intención válidas, la mayoría de los Sacramentos (excepto en raros casos el Bautismo y el Matrimonio) requieren un sacerdote para su validez. Con las organizaciones del “Indulto”, uno no tiene que especular sobre la intención válida, porque no tienen sacerdotes válidos, sino presbíteros-ministros novusordianos inválidos. Por tanto, no pueden válidamente celebrar Misa, aun si usan de forma, materia e intención válidas. Además, los mismos obispos que están instalando (no ordenando) estos presbíteros-ministros no están válidamente consagrados como obispos, sino meramente “instalados” bajo el inválido Ordinal de 1968.
Para más información sobre este tema, hacer clic en FAQ03: ¿Debería asistir a las Misas “ordinarias” o “extraordinarias” de la Iglesia Conciliar? en la Biblioteca de Archivos de TRADITIO Network (Departamento de Preguntas frecuentes y Apologética Tradicional), en la sección “Cinco reglas prácticas para tratar con la Secta Novus Ordo”.
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Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)