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martes, 12 de abril de 2022

SEMINARISTAS DE GUADALAJARA CELEBRANDO LA CENA PASCUAL JUDÍA

El obispón auxiliar de Guadalajara (México) Ramón Salazar Estrada, hizo celebrar el séder (cena pascual) judío en el Seminario Mayor de su diócesis (fotos tomadas de su cuenta personal de Facebook):
   
Captura de pantalla de la publicación.
   


Y para más inri, lo hace justificar como algo PEDAGÓGICO:
«La Cena Judía
    
​Somo [sic] herederos de una tradición judeocristiana muy antigua. El Antiguo Testamento es parte de la Revelación que hemos recibido. Nuestro Señor Jesucristo dijo: “No he venido a abolir la ley ni los profetas sino a darles cabal cumplimiento” (Mt. 5, 17), por lo que sabemos que su enseñanza parte de lo anunciado y celebrado. La vida de fe y la vida celebrativa de la Sagrada Familia tuviveron como base la tradición judía, la cual reconocemos y valoramos. La Última Cena de Nuestro Señor fue el contexto de oración, meditación de la Palabra y celebración donde instituyó Nuestra Eucaristía, por lo que conocer y realizar este rito, con el debido respeto, pretende profundizar algo de lo origenes de la Liturgia cristiana. Ha sido un elemento PEDAGÓGICO que no quiere menguar nuestra riqueza Eucarística ni anhelar un rito que Jesucristo dejó en buena parte en el pasado y estableció para su Iglesia la celebración de su propio sacrificio en la Cruz: “Hagan esto en conmemoración mía”».
Pues para ser algo “pedagógico”, incurrieron en anacronismo, porque la kipá (en hebreo כִּפָּה‎, literalmente «cúpula, parte superior») no era usada por los judíos hasta el siglo XVII y en Europa central (por ende, era algo asquenazí). Y ni siquiera entre los mismos judíos hay acuerdo en esta cuestión, porque si en los asquenazíes es obligatorio (el tratado Sabbat 156b, 6 del Talmud dice que es para que el temor de Dios esté siempre presente sobre quien la porta, y en el tratado Kidushín 31a, 3 dice que el rabino Huna ben Josué no caminaba cuatro codos –6,6 pies, o 2 metros– con la cabeza descubierta), los sefardíes lo consideran una midat hasidut, una medida de piedad adicional (incluso, el otrora Rabino Jefe sefardí de Israel, Abdías José, decía que era símbolo de pertenecer a la observancia religiosa). Además, siempre según el Talmud, la cobertura de la cabeza era solo para los judíos casados, como se infiere del tratado Kidushín 29b, 16:
HEBREO
מִשְׁתַּבַּח לֵיהּ רַב חִסְדָּא לְרַב הוּנָא בִּדְרַב הַמְנוּנָא דְּאָדָם גָּדוֹל הוּא אֲמַר לֵיהּ כְּשֶׁיָּבֹא לְיָדְךָ הֲבִיאֵהוּ לְיָדִי כִּי אֲתָא חַזְיֵיהּ דְּלָא פָּרֵיס סוּדָרָא אֲמַר לֵיהּ מַאי טַעְמָא לָא פָּרֵיסַתְּ סוּדָרָא אֲמַר לֵיהּ דְּלָא נְסֵיבְנָא אַהְדְּרִינְהוּ לְאַפֵּיהּ מִינֵּיהּ אֲמַר לֵיהּ חֲזִי דְּלָא חָזֵית לְהוּ לְאַפַּי עַד דְּנָסְבַתְּ
TRADUCCIÓN
«Con respecto al matrimonio, la Guemará relata: El rabino Ḥisda alababa al rabino Hamnuna ante el rabino Huna diciendo que es un gran hombre. El rabino Huna le dijo: “Cuando él venga a visitarte, envíalo a mí. Cuando el rabino Hamnuna vino ante él, el rabino Huna vio que no cubría su cabeza con un lienzo, como los estudiosos de la Torá lo hacían. El rabino Huna le dijo: “¿Cuál es la razón por la que no cubres tu cabeza con un lienzo?”. El rabino Hamnuna le dijo: “La razón es que no estoy casado, y no era la costumbre para los hombres no casados cubrir su cabeza con un lienzo”. El rabino Huna apartó su rostro de él en reprensión, y le dijo: “Mira que no veas mi rostro hasta que te cases”».
Pero desde el punto de vista católico, el uso de prácticas cultuales y consuetudinarias judías está prohibido y condenado por el Concilio de Jerusalén del año 51 (cuyo procedimiento y resolución está consignado en el cap. XV de los Hechos de los Apóstoles), y por el Concilio de Florencia, que en la Bula Cantáte Dómino señala que la Iglesia Católica 
«Firmemente cree, profesa y enseña que las legalidades del Antiguo Testamento, o sea, de la Ley de Moisés, que se dividen en ceremonias, objetos sagrados, sacrificios y sacramentos, como quiera que fueron instituidas en gracia de significar algo por venir, aunque en aquella edad eran convenientes para el culto divino, cesaron una vez venido nuestro Señor Jesucristo, quien por ellas fue significado, y empezaron los sacramentos del Nuevo Testamento. Y que mortalmente peca quienquiera ponga en las observancias legales su esperanza después de la pasión, y se someta a ellas, como necesarias a la salvación, como si la fe de Cristo no pudiera salvarnos sin ellas».

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Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)