Noticia tomada de GLORIA NEWS.
El ex obispón de Solsona, Xavier Novell y Gomà, quien dimitió en agosto, ha solicitado un matrimonio civil.
El 7 de octubre presentó una solicitud en el Registro Civil de Súria. Todas las personas que conozcan algún impedimento legal para ese matrimonio están ahora invitadas a declarar en un plazo de quince días, hasta el 22 de octubre.
Hace unas semanas, Novell fue visto asistiendo a “Misa” en el Monasterio de Montserrat con su amante, Silvia Caballol.
Recientemente se supo que él “confirmó” a Caballol, de 38 años, dos meses antes de su dimisión, llevándola a la parroquia de Biosca (222 habitantes), donde estaba prevista la Confirmación de dos niñas de 14 años.
Sin embargo, el presbítero de la localidad, Fermí Manteca Rodríguez, de 71 años, uno de los opositores más públicos de Novell, no recordaba nada dos meses después.
El/la Sr./a. XAVIER NOVELL GOMÀde 52 años de edad, natural de OSSO DE SIÓNacido el 20/04/1969, vecino de SOLSONA (BARCELONA)Con domicilio en [tachado, dice Palacio Episcopal de Solsona]Hijo del Sr. JUAN NOVELL BALAGUERÓY de la Sra. LOURDES GOMÀ GABERNETyEl/la Sr./a. SILVIA CABALLOL CLEMENTEde 38 años de edad, natural de SÚRIANacida el 26/07/1983, vecina de SÚRIA (BARCELONA)Con domicilio en [tachado]Hija del Sr. JOAN CABALLOL PRATY de la Sra. ANGELS CLEMENTE NAVARROLos cuales han acudido al Registro Civil para solicitar poder contraer MATRIMONIO CIVIL de acuerdo con las leyes vigentes.En cumplimiento con lo establecido en el artículo 246 del Reglamento del Registro Civil, y normas concordantes del Código Civil, invito a todas las personas que conozcan algún impedimento legal de los comprendidos en los artículos 46 y 47, con el 48 del Código Civil para la celebración de este matrimonio civil, que lo manifiesten por escrito o de palabra a este Juzgado, en el término de QUINCE DÍAS.En Súria, a 7 de octubre de 2021.(Sell.) Registro Civil Súria.(Fdo. y Sell.) JAIME BRANSUELA ALSINA, Juez de Paz.(Fdo. y Sell.) JENIFER MONTAÑO TENA, Secretaria suplente.
Si bien él puede casarse civilmente, como clérigo incurre en suspensión a divínis latæ senténtiæ según el canon 1394 wojtyliano, sin perjuicio de la remoción ipso jure del oficio a tenor del canon 194 § 1, numeral 3.º, además de otras sanciones hasta la reducción al estado seglar (del cual, objetivamente, JAMÁS SALIÓ, porque en el Novus Ordo no hay clérigos sino laicos disfrazados con sotana –o clériman– simulando sacramentos inválidos).
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios deberán relacionarse con el artículo. Los administradores se reservan el derecho de publicación, y renuncian a TODA responsabilidad por el contenido de los comentarios que no sean de su autoría. La blasfemia está estrictamente prohibida, y los insultos a la administración es causal de no publicación.
Comentar aquí significa aceptar las condiciones anteriores. De lo contrario, ABSTENERSE.
+Jorge de la Compasión (Autor del blog)
Jorge Rondón Santos (Editor colaborador)